LA FISCALÍA AGRAVÓ LA IMPUTACIÓN
La decisión fiscal se basó fundamentalmente en el informe final de autopsia, en la declaración anticipada del único testigo presencial del dramático suceso y la posterior rueda de reconocimiento. Estos elementos brindaron información detallada y permitieron a la Dra. Révori cambiar la calificación provisoria de homicidio simple a homicidio calificado por alevosía.
El 23 de octubre de este año, aproximadamente a las 10:50 hs. Julián Abel Millanahuel llegó en su camioneta a un sector del predio por el que su familia y la familia del imputado, mantienen un conflicto de límites y convivencia, ubicado en el Paraje Costa de Ñorquinco Sur. No llegaba solo, sino que estaba acompañado de un alambrador ya que en ese lugar, días atrás, había dejado varillas, postes y herramientas preparadas para comenzar las tareas de levantamiento del alambrado divisorio de acuerdo a la Resolución 248/11 del IAC. Un día antes el imputado y su hermano habían tenido una actitud agresiva con el alambrador por eso Millanahuel había decidido suspender esa tarea y fue al lugar para cargar las varillas y retirarse. El peón levantaba las varillas y las cargaba en la caja mientras Millanahuel iba moviendo paulatinamente la camioneta. Al ver estos movimientos el imputado se hizo presente en el lugar, comenzó a discutir con la víctima, insultándola y manifestando que saque los materiales porque sino los quemaba y que lo mataría, mientras seguía a pie los movimientos de la camioneta.
En determinado momento Millanahuel intentó bajarse de su vehículo y tropezó cayendo de espaldas al piso. El imputado, aprovechando el estado de indefensión, extrajo de entre sus ropas un cuchillo y comenzó a propinarle cortes en diversas partes de su cuerpo con la intención de darle muerte mientras le decía “…¿esto era lo que querías ?”. Millanahuel intentó defenderse tomando el cuchillo por la hoja, procuró incorporarse pero no lo logró seguramente a causa de la cantidad de heridas que tenía en su cuerpo. Se cayó nuevamente, de costado casi boca abajo, y el imputado aprovechó a propinarle las estocadas finales que en definitiva le provocaron la muerte.
Los hechos fueron calificados como constitutivos del delito de homicidio agravado por alevosía, y supletoriamente como homicidio simple.
Los riesgos
Por estas particularidades del imputado, Fernanda Revori consideró que también existe riesgo de entorpecimiento para la investigación ya que podría procurar influir en los testigos.
Daniel Sandoval, defensor particular del imputado, negó los hechos y rechazó la medida solicitada por la Fiscalía, proponiendo su sustitución por un arresto domiciliario. Sostuvo que los fundamentos dados son insuficientes y presentó los testimonios de dos familiares del imputado que se ofrecieron como garantes de una medida a cumplir en el domicilio.
El juez valoró todos los argumentos y decidió prolongar la prisión preventiva hasta la audiencia preliminar por contar con elementos objetivos que le permiten presumir riesgo de fuga y entorpecimiento.
Sandoval solicitó que se realice una audiencia de revisión, la que será fijada para este viernes.