Esquel

   

Audio 1 Fiscal Martín Zacchino, describe los hechos

 

Audio 2: Defensor Omar Lopez, pide aplicación de la Probation y Fiscal rechaza

 

Audio 3: Uno de los daminificados manifiesta su postura

 

 

EL LUNES LA JUEZ DECIDIRÁ SI OTORGA LA PROBATION A LA IMPUTADA

La Fiscalía pidió la apertura del juicio oral en la causa que investiga una serie de hechos enmarcados en el delito de Defraudación por administración fraudulenta, contra una ex empleada de un centro de salud de Esquel. En la audiencia preliminar el Defensor solicitó que se aplique el beneficio de la PROBATION a la imputada, ya que esta reúne todos los requisitos que prevé la ley. La Fiscalía y las víctimas se opusieron y reclaman que la causa llegue a juicio. El lunes próximo a las 7:15 hs. se conocerá la resolución de la magistrada.

Según el planteo del Dr. Martín Zacchino, existen pruebas para responsabilizar a la imputada de ocho hechos irregulares, cometidos cuando se desempeñaba como empleada administrativa de CEDEIM Salud.

Hecho I

Ocurrió probablemente entre los meses de noviembre y diciembre de 2007. A criterio del acusador, la imputada habría defraudado a una fonoaudióloga al “recibir de la Obra Social Camioneros los siguientes cheques: nº 76549264 y 76549200 de la Cta. Cte. Nº 20800491/86 del Banco de la Nación Argentina, por un valor de PESOS TRESCIENTOS VEINTE ($ 320,oo) cada uno en concepto de prestaciones médicas. Para ello extendió a la obra social las facturas nº 0001-00000265 y 254 respectivamente, entregándole a la médica los importes en dinero “efectivo” recién cuando ésta reclamara los caratulares, sin poder justificar por qué no entregaba los cheques y en su caso, cómo y en qué cuenta fueron depositados, aduciendo tan solo que le habían sido abonados en dinero efectivo”.

Hecho II

Entre diciembre de 2007 y marzo de 2008, la imputada habría defraudado a la médica psiquiatra de la organización, “al recibir de la nombrada la suma de pesos CUATROCIENTOS OCHENTA ($ 480,oo.-) en cuatro veces -es decir, pesos ciento veinte ($ 120) por mes- con el objeto de que le hiciera a la doctora los aportes jubilatorios correspondientes a los períodos DIC-2007, ENE-2008, FEB-2008 y MAR-2008... omitiendo en dichas ocasiones realizar los depósitos bancarios pertinentes que le habían sido encomendados. “

Hecho III

El 7 de febrero de 2008 la perjudicada fue una vez mas la fonoaudióloga. La imputada habría recibido “de la Obra Social Camioneros el cheque nº 76549302 de la Cta. Cte. Nº 20800491/86 del Banco de la Nación Argentina, por un valor de PESOS TRESCIENTOS VEINTE ($ 320,oo) en concepto de prestaciones médicas… Para ello extendió a la obra social la factura nº 0001-00000269, sabiendo que dichas prestaciones no se habían realizado, que la fonoaudióloga no había trabajado en esa época, y adulterando su firma para obtener el cheque. Todo ello, a sabiendas de que tenía a su cargo la administración de intereses pecuniarios ajenos, logrando de tal modo y para sí, un lucro indebido. La factura referida fue confeccionada dejando en blanco su duplicado en el que se insertaron otra fecha -17 de enero de 2008-, otro paciente, otros valores ($ 34) otros conceptos -honorarios- y se estampó otra firma ilegible.

Hecho IV

Ocurrió el 4 de marzo de 2008. En este caso la defraudada fue la Kinesióloga. La imputada habría recibido un cheque de la Obra Social Camioneros “por un valor de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA ($ 480,oo) en concepto de prestaciones médicas… Para ello extendió a la obra social la facturas nº 0001-00000227, sabiendo que dichas prestaciones no se habían realizado, que la kinesióloga no había trabajado en esa época, y adulterando su firma para obtener el cheque.

Hecho V

El 13 de marzo de 2008 una vez más fue perjudicada la fonoaudióloga. La imputada habría recibido otro cheque de la Obra Social Camioneros en concepto de prestaciones médicas. “Extendió a la obra social la factura nº 0001-00000271, sabiendo que dichas prestaciones no se habían realizado, que la fonoaudióloga no había trabajado en esa época, y adulterando su firma para obtener el cheque… La factura referida fue confeccionada dejando en blanco su duplicado.”

Hecho VI

Sucedió el 19 de marzo de 2008, la imputada habría recibido también un cheque de la Obra Social Camioneros por un valor de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA ($ 480,oo) en concepto de prestaciones médicas. “Para ello extendió a la obra social las facturas nº 0001-00000239, sabiendo que dichas prestaciones no se habían realizado, que la kinesióloga no había trabajado en esa época, y adulterando su firma para obtener el cheque. La factura referida fue confeccionada dejando en blanco su duplicado.”

Hecho VII

Entre el 19 de abril de 2008 y el 12 de mayo de 2008 -probablemente el 5 de mayo-, la imputada habría perjudicado al médico pediatra. Recibió sesenta pesos en concepto de honorarios pagados por dos pacientes, extendió el recibo “C” nº 0001-00000298, dejando en blanco el duplicado (donde consignó Pesos treinta -$ 30- y una fecha diferente -2 de mayo- sin referencia al paciente) conociendo además que el médico se encontraba de vacaciones y que dichas consultas pagadas no se habían realizado.

Hecho VIII

Entre el 19 de abril de 2008 y el 12 de mayo de 2008 -probablemente el 5 de mayo- fue perjudicado también el médico pediatra. La acusada habría percibido “la suma de pesos CIENTO CINCUENTA ($ 150,oo.-) en concepto de "honorarios"” correspondientes a dos pacientes de la obra social OSECAC, entregando los recibos "C" nº 0001-00000299 dejando incompleto el duplicado (donde consignó pesos treinta -en letras- en cocepto de "consulta médica"), en una fecha diferente (2 de mayo) y sin referencia al paciente; y "C" nº 0001-00000300 dejando incompleto el duplicado (donde consignó pesos ciento veinte en concepto de "honorarios" cuando en el original indicó cuatro consultas médicas anteriores -que el médico decidió en su oportunidad no "cobrar" a los pacientes- sin fecha y sin referencia alguna al paciente. Todo ello, a sabiendas de que tenía a su cargo la administración de intereses pecuniarios ajenos, logrando de tal modo y para sí, un lucro indebido, dado que el profesional nunca percibió aquellos valores.

Pedido de Probation

El Dr. Omar López, Defensor público, solicitó que se otorgue el beneficio de la Suspensión de juicio a prueba a su representada, ya que se dan todos los requisitos formales que establece la ley para habilitarlo. A criterio del letrado, la Fiscalía solo puede realizar el control de que tales exigencias se cumplen, pero no puede oponerse por otras cuestiones que serían, a su criterio, contrarias a la política criminal.

Rechazo

El Dr. Zacchino se opuso al pedido, acompañando la negativa de las víctimas por considerarla debidamente fundada. El acusador consideró fundamental que se dilucide en juicio la existencia o no de las irregularidades investigadas, ya que de no hacerse esto podría volverse en contra de las víctimas en una potencial demanda laboral, ya que la imputada se reservó los derechos de demandar indemnizaciones y otros conceptos por el despido que oportunamente se produjo. Zacchino sostuvo que justamente este rechazo se funda en uno de los criterios de política criminal, como lo es el interés público en la continuidad de la causa.

En espera de la resolución

Luego de extensos cruces entre las partes en los que se debatió en profundidad la procedencia del beneficio, y de escucharse a uno de los damnificados que pidió que se tengan en cuenta los derechos de las víctimas y no solo los de la imputada – manifestaciones acompañadas por el resto de los damnificados presentes -, la Dra. Anabel Rodríguez fijó fecha para el lunes 20 a las 7:15 hs. para leer su resolución. En caso de rechazar el pedido de la Defensa, en esa misma audiencia continuará el trámite de la audiencia preliminar con vistas al juicio que debería presidir un Tribunal Unipersonal.

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Se resolvió en una audiencia a pedido de la Fiscalía. La causa ya había sido encuadrada en el tipo especial de investigaciones complejas. En este caso se pidió una prórroga para finalizar con una serie de pericias que se encuentran en trámite, una de las cuales requiere de cooperación de una nación extranjera. La Defensa del único imputado solicitó el sobreseimiento por considerar que no se pudo avanzar en los elementos que lo vinculan con el hecho. La solicitud fue rechazada. Darío Prócer...


Esquel

 

Audio 1: Martín Zacchino, Fiscal, pide prórroga

 

Audio 2: Defensor Hugo Cancino, pide sobreseimiento

Audio 3: Juez, Jorge Criado

LOS INVESTIGADORES CUENTAN CON UN AÑO MAS DE PLAZO

Se resolvió en una audiencia a pedido de la Fiscalía. La causa ya había sido encuadrada en el tipo especial de investigaciones complejas. En este caso se pidió una prórroga para finalizar con una serie de pericias que se encuentran en trámite, una de las cuales requiere de cooperación de una nación extranjera. La Defensa del único imputado solicitó el sobreseimiento por considerar que no se pudo avanzar en los elementos que lo vinculan con el hecho. La solicitud fue rechazada.

Darío Prócer era comerciante y remisero de la localidad de Lago Puelo. Una madrugada su cuerpo sin vida fue hallado en el interior de su local. La muerte se produjo por asfixia por ahorcamiento, sin embargo, desde el primer momento se sospechó de un homicidio, y no de un suicidio, ya que la víctima tenía sus manos atadas en la espalda.

Causa compleja

El Dr. Martín Zacchino asistió a la audiencia en representación de la Fiscalía y detalló una serie de pruebas realizadas y otras en trámite. A la autopsia, se agregaron estudios histopatológicos a concretarse en el Poder Judicial de la Nación. También se realizó una gran cantidad de entrevistas en busca de hacerse de prueba testimonial, parte de ellas estuvieron encuadradas en una autopsia psicológica que se encuentra en trámite, pericia que por primera vez se realiza en la provincia. Por otra parte se trabajó con rastros decadactilares con la colaboración de la Policía Federal y se espera realizar cotejos con registros de aproximadamente cien personas de nacionalidad extranjera, a partir de datos que guían una de las hipótesis de investigación. Para obtener esos registros se solicitó colaboración a una embajada y el trámite se sigue por al vía diplomática, con plazos algo extensos.

Pedido de sobreseimiento

Hugo Cancino Defensor del, por ahora, único imputado en la causa, solicitó que se dicte el sobreseimiento de su representado. Según él, ninguno de los datos que recabó la Fiscalía permite reforzar la hipótesis de que su defendido fuera el autor intelectual del crimen. También señaló que la información en trámite es dudoso que pueda llegar a buen puerto y, menos aun, vincularse esta con el imputado de modo preciso. El letrado señaló que correspondería cambiar la calificación de homicidio a suicidio asistido, a partir de un informe preliminar de la autopsia psicológica que se está realizando.

Un año

Jorge Criado, Juez de la causa, rechazó el pedido de la Defensa por considerarlo extemporáneo. La normativa procesal establece que recién cuando concluye la etapa preparatoria, es decir cuando se vence el plazo para la investigación, el Fiscal debe formular una acusación pública si cuenta con elementos incriminantes suficientes o bien pedir el sobreseimiento del imputado, en caso contrario. El magistrado otorgó la prórroga de un año solicitada y en ese plazo la Fiscalía debería concluir con la tarea investigativa que está en marcha. Para el Juez tampoco corresponde que se modifique la calificación de la causa en este momento con los argumentos dados por la Defensa, y aunque el cambio si produjera también cabría el plazo especial solicitado, con lo cual no correspondería tampoco el sobreseimiento -->

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Esquel

  1: Fiscal, Martín Zacchino. Imputación y pedido de prisión preventiva   2: Defensor, Omar López, rechaza     3: Juez, Carina Estefanía resuelve   ARRESTO DOMICILIARIO PARA EL IMPUTADO

El Fiscal había solicitado la prisión preventiva en Comisaría por al menos, 15 días. El planteo se fundamentó en el peligro de entorpecimiento de la investigación. La magistrada entendió que la medida más adecuada en esta situación es el arresto domiciliario y la prohibición de cualquier tipo de contacto con el damnificado y su familia, vecinos del imputado. Si desobedeciere de alguna manera lo dispuesto, la Juez señaló que se le revocará la medida y deberá cumplirla en la Comisaría como lo solicitó el Fiscal.

Se trata del hecho ocurrido la medianoche del sábado en un barrio de El Hoyo. El imputado, un joven de 30 años, atacó a su vecino con una motosierra encendida. La envestida ocasionó heridas cortantes desgarrantes en la víctima, en el tórax y el cuello. Para el Fiscal Martín Zacchino, la característica de las heridas, su ubicación y el elemento utilizado para producirlas, permiten suponer que la intención del imputado fue la de dar muerte a su vecino. Por este motivo se le imputó provisoriamente el delito de homicidio en grado de tentativa, y subsidiariamente el de lesiones graves.

Resistencia

Un familiar del damnificado llamó a la policía, cuando los uniformados se hicieron presentes en el lugar, se toparon con el imputado que, según la descripción de la policía, estaba exaltado y esgrimiendo un hierro con punta los amenazó para evitar que tomaran algún tipo de intervención en el hecho. Luego de esto pudo ser aprehendido y trasladado al Hospital de la localidad para su revisación. Por este hecho se le imputó el delito de Atentado contra la autoridad.

Pedido de prisión preventiva

El Fiscal solicitó que se aplique la prisión preventiva por un plazo de, al menos, 15 días, para permitir que avance la investigación y la Fiscalía pueda hacerse de los datos relevantes para esclarecer el suceso. Zacchino indicó que su pedido se funda en el peligro procesal de entorpecimiento a la investigación, teniendo en cuenta la violencia del hecho y la posibilidad de que se amedrente a testigos.

Oposición de la Defensa

El Defensor Público, Omar López, resaltó elementos descriptos por el propio Fiscal para fundamentar sus serias dudas respecto de la responsabilidad de su representado en los hechos, indicando que podría ser él la víctima, justamente porque tiene algunas heridas en su cuerpo y también hay signos de violencia contra su casa. Por estos y otros fundamentos, el letrado indicó que no hay elementos suficientes para sostener una imputación tan grave en contra de su defendido. López rechazó el pedido de prisión preventiva y solicitó que se lo reemplace por medidas menos gravosas.

Resolución

La Dra. Carina Estefanía consideró que, tal como lo señaló la Fiscalía, existen elementos para suponer que el imputado puede intentar amedrentar a los testigos. En este sentido se refirió exclusivamente al damnificado y sus familiares. La magistrada entendió que este riesgo puede evitarse disponiendo un arresto domiciliario y una prohibición de acercamiento y contacto de cualquier tipo, con los testigos. A pedido de Zacchino, la Juez le aclaró al imputado que aunque él se encuentre en el patio de su casa y desde allí pueda ver a alguno de los miembros de la familia vecina, no puede comunicarse de ninguna manera con ellos. En caso de desobedecer lo dispuesto perdería el beneficio del arresto domiciliario y debería cumplir el plazo de la detención en la comisaría. La medida se dispuso por quince días. Al cabo de ese plazo el Fiscal analizará si continúan vigentes riesgos procesales y en tal caso solicitaría una nueva medida. -->

  1: Fiscal, Martín Zacchino. Imputación y pedido de prisión preventiva   2: Defensor, Omar López, rechaza     3: Juez, Carina Estefanía resuelve   ARRESTO...

Esquel

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