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A pedido de la fiscalía no puede publicarse el rostro del imputado hasta que se haga una rueda de reconocimiento

SE DISPUSO LA PRISIÓN PREVENTIVA POR TREINTA DÍAS

Lo decidió la Juez Carina Estefanía, en relación a la persona imputada como autor de cuatro robos ocurridos en la ciudad de Esquel. La magistrada aclaró que su resolución tiene en cuenta los mismos elementos que se contemplan en cualquier otra causa, mas allá de que en este caso se trate de personas por todos conocidas en la comunidad, tanto en el caso de las víctimas como el imputado. La medida restrictiva de la libertad se fundó en la probabilidad de entorpecimiento de la investigación. A pedido de la Defensa mañana, viernes, se realizaría una nueva audiencia de revisión presidida por otros dos Jueces.

“Antes de emitir la resolución eminentemente técnica, quiero señalar que esta causa tiene algunas aristas que merecen que quién habla haga esta salvedad”, indicó la Juez al abrir su alocución. “No hay duda que esta causa ha tenido, no por la magnitud de los hechos, lo que no quiere decir que no sean importantes… porque en realidad lo que se ha afectado es el derecho de propiedad y hemos presenciado en nuestra ciudad y hemos tenido que juzgar, o hemos tenido que intervenir en hechos mucho mas graves que el que en esta causa se está revisando. Obviamente que esta repercusión tiene que ver con las víctimas aquí afectadas, personas conocidas por toda la población, y también por el conocimiento que del imputado tiene la sociedad. Como lo ha dicho el Ministerio Público Fiscal, el señor pertenece a una familia oriunda de la ciudad de Esquel, o al menos instalada hace muchos años acá y que es una familia conocida. Ello obviamente ha generado esta mayor repercusión.” Con esta introducción la Dra. Estefanía indicó que más allá de esto, la resolución se adoptará como en todos los casos teniendo en cuenta cual es el derecho que se debe aplicar. Destacó también la importancia del proceso oral que se implementó en la ciudad hace casi dos años, ya que da la posibilidad a la sociedad de enterarse de los pormenores de los procesos y a las víctimas de hacer saber cuales son sus sentimientos frente al delito que los afectó directamente.   El análisis de la situación

La Jueza explicó su análisis en torno de los delitos que se imputan, de los elementos existentes para presumir que el imputado haya sido efectivamente el autor y de la gravedad del daño producido a las víctimas. Entendiendo que por estas cuestiones está habilitada la aplicación de una medida de coerción, Estefanía ponderó la existencia de peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación, en tanto requisitos previstos por el Código Procesal para dictar una medida de prisión preventiva.

El arraigo y el daño

Para considerar si existe o no riesgo de fuga, la ley plantea que el imputado debe contar con arraigo, es decir con lazos familiares, afectivos y laborales suficientes como para pensar que no intentará evadir el proceso, yéndose del lugar, sin importarle cortar esos lazos. La Jueza entendió que en este caso existe un arraigo fuerte. Respecto del daño causado a las víctimas, se contempla el daño material y el daño moral. La magistrada consideró que las declaraciones de las víctimas, realizadas en la primera parte de la audiencia fueron lo suficientemente elocuentes en este sentido, y dan cuenta de un daño importante en ambos aspectos.

La reiteración delictiva

Aclarando que es difícil prever lo que puede llegar a suceder en el futuro, que en esta audiencia se haya formalizado la investigación por cuatro causas y que la Fiscalía enumerara una cantidad mayor de legajos de investigación en relación a otros hechos que podrían tener por protagonista al mismo imputado, fue considerado como un elemento para pensar que el sujeto, de permanecer en libertad, seguirá delinquiendo. Pero esto, por sí solo “no basta para dictar la prisión preventiva”.

Entorpecimiento de la investigación

Este elemento fue la base de la decisión judicial de dictar la prisión preventiva. La Jueza comprendió que se trata de una investigación compleja, por la cantidad de hechos que se están investigando y que el imputado, en caso de permanecer en libertad durante los primeros días de tal investigación, podría entorpecer la producción de la prueba. Para la magistrada no sería suficiente darle una prisión domiciliaria ya que los medios tecnológicos modernos podrían permitirle de todos modos actuar en ese sentido. Por eso dispuso la medida por un plazo de treinta días a partir del momento de la detención (miércoles), a cumplir en alguna de las Comisaría de la ciudad, dependiendo del cupo disponible. La decisión deberá ser comunicada al psiquiatra del imputado, ya que este lleva a cabo un tratamiento psiquiátrico que no debería interrumpir. El Defensor solicitó la revisión de la decisión por otros dos Jueces, lo que debería hacerse mañana viernes.

Audio de un tramo de la resoluciónd de la Dra. Estefanía en la causa abierta por cuatro robos realizados en la ciudad de Esquel.

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ARRESTO DOMICILIARIO PARA EL IMPUTADO

La medida se cumplirá a partir del momento en que la Defensa ofrezca un domicilio en el que su representado pueda cumplir la medida y una persona que se haga responsable de tal cumplimiento. Mientras tanto el sujeto permanecerá detenido en la Comisaría. Se trata de la persona vinculada al robo que tuvo lugar el sábado a la madrugada en una vivienda de la calle 9 de Julio al 200 de Esquel. La Fiscalía había solicitado la prisión preventiva por peligro de fuga y de entorpecimiento para la investigación. Se fijó un plazo de dos meses para concluir la investigación.

La audiencia de control de la detención y formalización de la investigación, se realizó este mediodía a las 13:30 hs. La Dra. Ruth Monge, Funcionaria Fiscal, describió el hecho investigado sosteniendo que la noche del sábado, un matrimonio salió dejando a sus dos hijos de 6 y 7 años al cuidado de una empleada. La mujer, sacó un momento el perro y al entrar olvidó poner llave a la puerta. La ocasión fue aprovechada por un sujeto que ingresó portando un cuchillo, tomó a la nena de 6 años y, con una actitud amenazante, le pidió a la mujer que le dé el dinero que había en la casa. La chiquita logró zafarse de la situación cuando la empleada se dirigió a la habitación y le entregó el dinero, paralelamente la mujer se encerró en el cuarto junto con los dos menores. El sujeto siguió amedrentándolos, punzando la puerta con el cuchillo, tomó una filmadora, una notebook, un alhajero con dos relojes de oro, una pulsera de oro, anillos, llaves, una mochilla y aproximadamente $90 y se retiró del lugar. La calificación provisoria fue de robo agravado por uso de arma.

Pedido de prisión preventiva

La Funcionaria Fiscal solicitó que se dicte la prisión preventiva por tratarse de una persona sin arraigo en la ciudad, por la gravedad del hecho, la expectativa de pena y por la posibilidad de que entorpezca la investigación. La Fiscalía considera que este imputado podría estar vinculado también al robo ocurrido el lunes al mediodía en un comercio de Esquel, efectuado a mano armada (con arma blanca). Por esta causa se dispuso la realización de nuevos allanamientos. Esta posibilidad fue ponderada también por la Fiscal como un elemento mas para fundamentar el pedido de prisión preventiva, entendiendo que podría entorpecer la otra investigación.

La Defensa rechazó el pedido, sosteniendo que su defendido sí cuenta con arraigo y que ya no hay motivos para considerar que pueda entorpecer la investigación. Respecto de la segunda causa, relacionada con el robo de un comercio, la Dra. Saulo indicó que aun no hay nada que vincule al imputado con ese hecho.

Arresto domiciliario

La Juez actuante entendió que el arraigo no fue suficientemente probado por el imputado, ya que no acreditó ni relaciones familiares, ni laborales que hagan pensar que pesarán más que la probable intención de evadirse del proceso. En relación a la gravedad del hecho, la magistrada compartió con la Fiscalía que se trata de un hecho grave cuya pena en expectativa habilitaría establecer una prisión preventiva, pero que esto solo no es suficiente para fijar una medida tan grave. En sus fundamentos la Dra. Carina Estefanía señaló en relación al peligro de entorpecimiento de la investigación, que lo mas importante que resta producir es la rueda de reconocimiento, fuera de esto solo quedarán por realizar entrevistas que no pueden demorar demasiado tiempo en concluirse. “Entiendo que la medida mas apropiada en este caso sería una medida sustitutiva de la prisión preventiva, esto es el arresto domiciliario, por entender que la prisión preventiva es la última alternativa que le Código prevé” en relación a casos como el que se está investigando, indicó “que si bien el hecho es grave, existe un arraigo débil, el aseguramiento de la comparecencia del señor al proceso podría garantizarse con una medida sustitutiva como es el arresto domiciliario”, decidió la Juez.

Por ahora, a la Comisaría

La magistrada dispuso que el sujeto permanecerá en prisión preventiva, en Comisaría, hasta que la Defensa acerque un lugar en el que fijará domicilio y ofrezca una persona que realice la custodia y asuma el compromiso para que él se aloje en ese lugar. Si en las próximas 24 hs. la Defensa acerca toda esta información, el imputado deberá hacer una promesa formal de acercarse al Tribunal cuando sea citado y de permanecer en el domicilio en el que deberá cumplir el arresto domiciliario “haciéndole saber que no podrá salir del mismo, salvo con autorización judicial”.

AUDIOS de la audiencia en la que se dispuso prisión domiciliaria al imputado de un robo a mano armada a una vivienda de Esquel.   AUDIO 1 Fiscal Dra. Ruth Monge descripción del hecho Audio 2 Fiscal, pedido de prisión preventiva  Audio 3 Defensa, Dra. Nora Saulo, rechazo a la prisión preventiva  Resolución, Juez Carina Estefanía -->
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