Audiencia de impugnación de sentencia por el homicidio culposo de Rocío Navarro
El pasado miércoles 27 de mayola Cámara Penalde la ciudad de Comodoro en un caso de mala praxis médica que resultó en el homicidio culposo de Rocío Navarro, declaró nula la sentencia del juez de primera instancia, Jorge Odorisio, en razón de su deficiente fundamentación y ordenó realizar nuevamente el juicio oral y público.
Se recuerda que como resultado del juicio se había condenado a Sebastián Leguiza a la pena de tres años de prisión y seis años de inhabilitación, tras haber sido declarado penalmente responsable del delito de “homicidio culposo en concurso real con falsedad ideológica”. Asimismo María Alejandra Reyes fue condenada a la pena de un año y seis meses de prisión en suspenso ya que fue declarada penalmente responsable del delito de “falsedad ideológica”.
Los defensores acudieron ala Cámaraplanteando la nulidad de la sentencia ya que el fallo no reunía los requisitos mínimos exigidos porla Leyy solicitaron consecuentemente, la absolución de sus defendidos, Reyes y Leguiza.
La decisión dela Cámara, aún cuando aparece correcta a primera vista, no está exenta de dificultades en la medida en que la realización de un nuevo juicio apareja una nueva molestia para los testigos con el consecuente deterioro del relato por el transcurso del tiempo.
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