Hector Amuleo fue condenado a 4 años y 6 meses de prisión de efectivo cumplimiento tras un juicio abreviado. La jueza Marcela Perez Bogado, recientemente incorporada a la jurisdicción de Puerto Madryn, avaló el acuerdo de pena arribado entre la fiscal Miriam Pazos y la defensora Angélica Leyba, luego que Amuleo reconociera su participación en los delitos por los cuales lo acusaban desde el Ministerio Público Fiscal. En este caso, fue condenado por robo, tenencia de arma y encubrimiento. Por su parte, Amuleo, que fue "conocido" luego que saliera a la luz la decisión del magistrado Gustavo Castro de trasladar al detenido desde Trelew a Puerto Madryn para que hable por teléfono con su familia -medida que luego fue derogada-, además deberá afrontar una unificación de pena por una causa cometida en la ciudad de Bahía Blanca, como también deberá ser juzgado en Rio Negro por un robo cometido en dicha provincia.
Juicio abreviado. El juicio abreviado es un proceso rápido ya que el imputado se declara culpable de los delitos por los cuales es acusado. De esta forma, la condena queda automáticamente firme y no puede ser impugnada por la defensa. Asimismo, entre los beneficios -además que el proceso es más breve que en el juicio tradicional y se llega a una condena rápidamente- se exime a los testigos y a las victimas de deponer en el juicio.
Robo. El delito de robo está reprimido en el articulo 164 del Código Penal con una pena de entre un mes y 6 años de prisión "para el que se apoderare ilegitimamente" de una cosa ajena "con fuerza en las cosas o violencia fisica en las personas".
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