Puerto Madryn

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Causa Concejo Deliberante: Se conoció la resolución del juez Castro

El juez Gustavo Castro resolvió que Ricardo Lázaro pague 8 mil pesos de multa y requirió al Concejo Deliberante que manifieste si acepta el ofrecimiento reparatorio de 5 mil pesos extras y el pedido de disculpas del ex viceintendente. En caso afirmativo, deberá hacerse por medio del “diario de mayor circulación” de la zona.

Pasadas las 13 horas del miércoles, el juez Gustavo Castro notificó vía mail su resolución de declarar su competencia “para seguir interviniendo en el presente legajo” y que una vez “firme que sea la presente, a los fines de lo dispuesto en el artículo 64 del Código Penal, deberá abonar el imputado dentro del quinto día el 20% de la multa prevista en el artículo 262 del Código Penal". Además, el magistrado resolvió “requerir al Consejo Deliberante de esta ciudad que manifieste si acepta o no el ofrecimiento reparatorio y las disculpas ofrecidas, y en caso afirmativo deberá hacerse efectivo dentro del decimo día de notificada tal decisión y las disculpas se realizara por intermedio del diario de mayor circulación de nuestra zona, durante un día”.

Hay que recordar que en la audiencia anterior, el defensor particular Fabián Gabalachis había solicitado la extinción de la acción penal de su representado previo pago voluntario del mínimo de la multa que prevé el Código Penal -8 mil pesos-, ofreciendo además el pago de cinco mil pesos extras en concepto de indemnización de los perjuicios causados como así también un pedido de disculpas dirigidos al Concejo Deliberante de esta ciudad. En cambio, desde la Fiscalía se opusieron a esto, entendiendo que la reparación ofrecida debe ser integral, en este caso, de más de 40 mil pesos.

Castro resaltó el desinterés de la víctima aunque afirmó que sigue abierta la vía civil

En su resolución, el juez resaltó el desinterés de la víctima, en caso, el Concejo Deliberante, en su momento presidido por Lázaro; aunque añadió que igualmente quedaba abierta la vía civil. “Y en ese sentido –expresó Castro en su resolución- considero que la oferta realizada por el Señor Ricardo Lázaro en concepto de pago de los daños causados, si bien no es el monto malversado, es razonable, pues como bien afirma la jurisprudencia, el artículo 64 del Código Penal no apunta a su satisfacción integral, pues deja expedita a los agraviados la vía civil para plantear lo reclamos que en tal sentido, máxime si se tiene en cuenta además que el damnificado en ningún momento se constituyo como actor civil, ni ha tenido una intervención activa en el presente proceso que permita vislumbrar su voluntad de accionar en reclamo de los daños causados por el accionar culposo del imputado”. Añadiendo el magistrado que “se ha evidenciado la falta de interés en este ámbito del damnificado en procurar dicha reparación, que no obstante ello, su derecho no se ve frustrado, pues queda expedita la acción civil indemnizatoria”. 

 

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Resolución de Castro

 pdf Resolucion_juez_Castro.pdf

 

 

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