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CONDENAN A UN HOMBRE POR ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE 

El delito fue en perjuicio de una niña de 12 años, en la ciudad de Rawson, que se produjo durante los meses de verano del año 2016.

La jueza de garantías, Ana Karina Breckle en primera instancia, resolvió declarar penalmente responsable a E.A.C. por un hecho configurado como abuso sexual gravemente ultrajante. En los días próximos se realizará la audiencia de cesura de pena donde se discutirá los años de condena que deberá cumplir el responsable. El juicio se desarrolló en la Oficina Judicial de Rawson. La fiscalía estuvo representada por el fiscal jefe, Fernando Rivarola, quien estuvo escoltado por la Procuradora Fiscal Eugenia Dominguez.

El caso

Durante el debate, el fiscal indicó, que el abuso sexual, ocurrió durante el año 2016, en época de verano, durante la tarde, cuando la víctima, una niña  de 12 años, se encontraba junto a su familia en la chacra de un tío, ubicada sobre la ruta 25. Estando la menor jugando, el imputado le pidió que lo acompañe a cambiar una bomba de agua en un lugar un poco alejado de la chacra, cerca del río Chubut. La menor acepto y se subió a la camioneta de su tío. El hermano de la niña también quiso ir, pero su tío se enojó y le dijo que se quedara. Tras esta situación, la niña le pidió ir en la parte trasera de la camioneta, pero nuevamente le dijo que no, que se suba adelante con él. La niña se sentó  junto a su tío, mientras conducía y cuando llegaron al lugar del destino, la niña de 12 años, atino a bajar de la camioneta pero no pudo, su tío le dijo que no y le cerró la puerta de la camioneta. La niña volvió a preguntarle si podía bajar, pero nuevamente se lo negó y comenzó con el abuso. Tras esta situación volvieron al lugar donde estaban los padres de la niña sin decir nada al respecto del hecho ocurrido.

La Asesoría de Familia

Por su parte, la Dra Rios, en representación de la Asesoría de Familia, adhirió en su totalidad a los hechos descriptos por el fiscal Fernando Rivarola en el juicio

La defensa

La ejerció el doctor Romano Cominetti, durante sus alegatos defensistas, refirió que los elementos de cargo que trajo el Ministerio Público Fiscal no son medios de prueba suficiente para destruir el beneficio de la duda que pesa en favor de su asistido y pidió su sobreseimiento.

El sustento legal

La Cámara Gessel tiene coherencia interna y externa, y la información que se obtuvo fue ratificada por los testimonios producidos en audiencia y se contó con la conclusión de la Lic. Carrizo. Además de ello, no se advirtió ningún tipo de conflicto que pudiera hacer entender que la niña  invento el relato, entendiendo de esta forma que la teoría del caso representada se encuentra acreditada, indicó la magistrada del juicio.

Producido por el Área de Comunicación de la Procuración General Rawson

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