“El deber de investigar los hechos denunciados, la protección de los niños, los derechos que les asisten, existían al momento del hecho, en función los compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino”
Conforme el pedido de la Fiscal de Rawson Florencia Gomez, la jueza de garantías, Karina Breckle, resolvió declarar admisible la acusación presentada por la fiscal Gómez y no hacer lugar al planteo de nulidad impetrado por la defensa pública.
Breckle también autorizo la apertura de juicio por los hechos descriptos por la fiscal Florencia Gómez, encuadrado en la figura de abuso sexual con acceso carnal, en carácter de autores respecto de los imputados. Un tribunal colegiado deberá actuar en el juicio oral.
También declaro admisible toda la prueba ofrecida por las partes, debiendo oportunamente las mismas ser citadas bajo su responsabilidad.
La fiscal de Rawson había pedido que el caso sea elevado a Juicio, entre varias argumentaciones, expuso que se “debe respetar el derecho de la víctima a un proceso justo y el derecho de esa niña a ser oída, evitando la impunidad de este tipo de delitos”.
Tras una audiencia preliminar que se realizó el pasado día lunes 5 de diciembre, que fuera presenciada por la víctima, acompañada por el Servicio de Asistencia a la Víctima de la ciudad de Rawson. La fiscal general de Rawson, Florencia Gómez, relato los hechos ocurridos en el invierno del año 2009, sin precisar día exacto, en horas de la madrugada, en la villa balnearia de Playa Unión. Cuando dos sujetos, sabiendo lo que hacían, conociendo la significación que su conducta poseía, abusaron sexualmente de la menor de 17 años de edad.
En circunstancias en la que la menor se apersonó a dicho domicilio invitada a una reunión de amigos, consumió un vaso con vino, minutos después, la menor pierde el control de su cuerpo sin perder la conciencia, y es conducida a una de las habitaciones en el segundo piso de la propiedad. Aprovechándose de esa situación, primero L. L. y posteriormente L. R.
Posturas legales
La defensa Penal privada de L L no planteo oposiciones a la acusación Fiscal. La defensa pública representada por el Dr. Miguel Moyano, en cambio, planteo la prescripción del delito que se está imputando, atento al transcurso del tiempo, y la oposición de la elevación a Juicio de la investigación.
Por su parte, la fiscalía, representada por Florencia Gomez, ante dicho planteo, expuso que “una niña víctima de abuso sexual, es un sujeto especialmente vulnerable a quien el Estado Argentino le debe obligatoriamente deberes especiales de protección. Su voz no pude ser neutralizada por la normativa interna, cuando la niña menoscabada en su dignidad, acude ante la autoridad para recibir una respuesta respecto a algo que le sucedió y no tuvo posibilidad de expresar.
Las niñas víctimas, no siempre pueden hablar en los tiempos y formas que determina la justicia.
Producido por el Área de Comunicación Institucional de la Procuración General Rawson