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Alto Río Senguer: Condena a seis meses de prisión por abuso sexual simple

Alto Río Senguer: Condena a seis meses de prisión por abuso sexual simple

 

El juez Jorge Novarino, dictó una sentencia condenatoria contra Ariel Eusebio López quien fue declarado como autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple. En este marco, el tribunal impuso al acusado la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional. Asimismo, López deberá cumplir reglas de conducta por el término de dos años.

Durante ese período, el condenado tiene que presentarse regularmente al control delcuerpo de delegados de la Oficina Judicial. También debe que abstenerse del uso de estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas. Por ultimo, el magistrado dicto una orden de prohibición de acercamiento y contacto en todo lugar y por todo medio del procesado con la victima.

En la sala de audiencias de la oficina judicial de Sarmiento se desarrolló un juicio oral y público contra Ariel Eusebio López (41) acusado como presunto autor del delito de abuso sexual simple en calidad de autor. El hecho ocurrió el 17 de marzo de 2018 en una vivienda del barrio “33 viviendas” de Alto Río Senguer. La Fiscalía solicitó la imposición de una pena de dos años de prisión en suspenso.   

La audiencia de debate fue presidida por el juez Jorge Novarino. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por la fiscal Laura Castagano. El acusado, en tanto, recibió el asesoramiento legal del abogado de la Defensa Pública, Marcelo Catalano.

Durante la audiencia de juicio prestaron declaración empleados policiales que tomaron intervención en el hecho, la psicologa del cuerpo medico forense y testigos propuestos por las partes.

 

En los alegatos finales, la fiscal Castagno solicito al tribunal de juicio que declare al acusado autor penalmente responsable del hecho que le endilgo la fiscalía. En tanto, requirió al magistrado la imposición de una pena de dos años de prisión. También peticionó al magistrado que dicte al imputado una orden de prohibición de contacto por todo medio con la victima por el plazo de duración de la pena.

Por su parte, al abogado defensor consideró que la parte acusadora no logro probar su teoría del caso. En consecuencia, peticionó la absolución de su asistido por la aplicación del beneficio de la duda razonable. En caso de que el tribunal declare la responsbalidad del imputado, peticiono que se le imponga el mínimo de la pena (seis meses).  

 Abuso sexual: Qué hacer frente a un abuso

Los distintos centros de salud de la provincia cuentan con un dispositivo médico legal para dar inmediata atención a las personas que se presentan luego de haber sido víctimas de un abuso sexual. El dispositivo se implementó mediante un convenio entre el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio de Salud. Su correcta y oportuna implementación, garantiza derechos básicos de la víctima vinculados a su salud sexual y reproductiva y la eficiente obtención de material biológico fundamental para lograr la sanción penal del autor.

Los abusadores buscan la impunidad amedrentando a sus víctimas para que no denuncien, para que guarden el secreto. Ese silencio se sostiene por temor y a costa del sufrimiento, la confusión y la desazón de la víctima. Muchos casos son denunciados recién a partir de la evidencia de un embarazo. Otros son denunciados mucho tiempo después, e incluso algunos nunca llegan al conocimiento de la justicia. 

La prueba

La prueba es muy difícil de obtener. Suelen jugar muchos intereses, fundamentalmente en el abuso sexual intrafamiliar. La experiencia indica que los miembros de la familia suelen tomar partido por alguno de los involucrados. Incluso la madre de la víctima no siempre acompaña el proceso.

Sin lugar a dudas la prueba más clara es el ADN que puede obtenerse mediante la aplicación del Dispositivo de Abuso Sexual disponible en todos los hospitales de la provincia, así como la prevención del embarazo y de enfermedades de transmisión sexual. Sin embargo, esto solo es posible cuando la denuncia es inmediata a la producción del abuso o bien cuando a raíz del abuso se produjo un embarazo.

Estos hechos ocurren entre cuatro paredes. Los indicios cobran fuerza en relación al relato de la víctima, son datos que parecen no tener significación propia, que no aportan la evidencia de un testigo directo, pero que permiten corroborar circunstancias, conductas, costumbres alteradas, cambios en la personalidad y/o en el rendimiento escolar.

El abusador suele ser el referente de la víctima en distintos ámbitos, se muestra como el adulto que se ocupa de sus cosas y de este modo se asegura el control del secreto. El abusador detecta el estado de vulnerabilidad y de este modo elige a su víctima.

El relato

En todos los casos la investigación se activa por la denuncia. La declaración de la víctima es central para la investigación. El relato se realiza en cámara Gesell, procurando que la víctima declare por única vez en ese momento. Algunas veces se puede hacer rápido, pero en muchas otras no. La víctima debe estar preparada anímicamente para pasar por esa instancia y son los profesionales del SAVD quienes sugieren el momento más oportuno para hacerlo.

La psicóloga forense toma la declaración y realiza la pericia psicológica. Esta pericia evalúa si el relato es creíble, si detecta o no una tendencia a la fabulación, si se advierte algún interés, si se evidencia un relato armado, entre otros aspectos. Esta pericia valida el relato de la víctima.

Actualmente en los Tribunales, las Cámaras Gesell se realizan con la presencia en la retrocámara –ubicada tras un vidrio que se convierte en espejo al interior de la cámara- de los jueces, el fiscal, el defensor y el imputado. El SAVD y los fiscales sostienen que hay que avanzar hacia una metodología que permita a defensa controlar el desarrollo de la declaración sin que la víctima sienta que detrás del vidrio está el imputado mirándola.

La Fiscalía propicia la implementación un circuito cerrado de televisión, sistema que se usa habitualmente en los juzgados de familia y que varios protocolos señalan como el más adecuado. Esta modalidad consiste en conectar dos salas distantes, mediante circuito cerrado de televisión, en una sala están la entrevistadora y la víctima, y en otra, retirada, los demás actores del proceso.

El valor de la confesión

Al conocimiento de los jueces de juicio llega ese relato de la víctima, filmado. Sin embargo, algunas víctimas deciden participar del debate. Por ejemplo, en juicios abreviados para escuchar de boca de su abusador el reconocimiento del abuso. Que diga “si, es verdad, yo lo hice”.

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