AUDIENCIA PRELIMINAR DE JUICIO POR PORTACION DE ARMA DE FUEGO
El Juez Alejandro Rosales, dicto el auto de elevación a juicio oral y público contra Leandro Gabriel Bejarano(22), imputado como autor de los delitos de por el delito de portación de arma de fuego y resistencia a la autoridad.
En la sala de audiencias de la Oficina Judicial, se realizo una audiencia preliminar de juicio. El acto judicial, fue presidido por el Juez Alejandro Rosales. Por la Fiscalía, asistió la Fiscal Laura Castagno. Mientras, el imputado, recibió el asesoramiento jurídico del abogado de la Defensa Publica, Gustavo Oyarzun.
En la oportunidad, la representante de la parte acusadora, relato los hechos investigados indicando que el 15 de noviembre de 2015 a las 21:00 , dos empleados policiales llegaron a la intersección de la Avenida 9 de Julio y calle Pellegrini , en función de un llamado que requería la presencia policial.
En ese lugar observaron un automóvil Ford Falcón, color gris, con al menos tres ocupantes en su interior, transitando por la zona.
Asimismo, informo que la policía dio la orden al conductor para que detenga su marcha, a fin de ser identificados. En ese momento, observan que desciende un joven ,que emprende su huida en dirección a la Avenida 9 de Julio.
Uno de los agentes, bajo del móvil policial con intención de atrapar al sospechoso, que se había dado a la fuga. En el trayecto, el policía pudo observar al imputado, cuando se descartaba de diferentes elementos que tenía entre sus prendas. Finalmente el joven fue detenido e identificado como Leandro Bejarano.
En este contexto, agrego que los investigadores secuestraron: una vaina de cuero color marrón, una bolsa de nylon conteniendo una sustancia de origen vegetal de color pardo verdusca; un cuchillo y un arma de fuego tipo revólver, calibre 22 largo, conteniendo 4 cartuchos a bala, calibre 22. En este marco, afirmo que Bejarano no contaba con la debida autorización legal, para portar el arma.
Luego, Castagno detallo y fundamento los medios de prueba testimoniales y documentales, que propuso para presentar en las audiencias de debate oral y público.
Con respecto a la calificación legal escogida por los investigadores, sostuvo que se acusa a Bejarano, como presunto autor del delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, en concurso real con resistencia a la autoridad, en calidad de autor(Articulo 189 bis, inciso 2do, párrafo. 3°, 239, 55 y 45 del Código Penal).
A su turno, Oyarzun, no formulo objeciones a la pieza de acusación publica y tampoco las evidencias documentales y testimoniales ofrecidas por el Ministerio Publico Fiscal, En tanto su oposición se centro en la calificación jurídica.
Finalmente, Rosales resolvió dictar el auto de elevación a juicio oral y público, la causa judicial contra Leandro Bejarano, en orden al delito endilgado por la Fiscalía. También hizo lugar a los medios de prueba propuestos y dio intervención a la Oficina Judicial, a los fines de designar el Tribunal Unipersonal de Juicio.
Lic. Jorge Manuel Juárez
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