JUICIO CONTRA BRUNO NEHIUAL POR AMENAZAS
El Juez Jorge Novarino dio por clausurado el debate contra Bruno Emanuel Nehiual (25), juzgado como presunto autor del delito de coacción y se retiro a deliberar. Asimismo convoco a las partes para el próximo lunes a la audiencia de lectura dl veredicto. La Fiscal Laura Castagno solicito que declare la responsabilidad penal del acusado y le imponga la pena de tres años de prisión y la declaración de reincidencia.
En la sala de audiencias de la Oficina Judicial, se realizo la última audiencia de la etapa de debate en el marco del juicio realizado contra Bruno Nehiual, acusado como presunto autor del delito de amenazas. El acto judicial fue presidido por el Juez Jorge Novarino. El Ministerio Publico Fiscal, estuvo representado por la Fiscal Laura Castagno. Mientras que el imputado, fue asistido por el Defensor Público Gustavo Oyarzun.
En el momento de los alegatos finales, la representante de la parte acusadora considero que mediante las pruebas rendidas en el debate, se pudo acreditar que el acusado fue quien cometió el delito de coacción por el que fue llevado juicio.
Por este motivo requirió que se lo declare autor penalmente responsable delito de coacción ( Artículos 45 y 149 inciso "a", ley 26939 del Código Procesal Penal).
Con respecto a la imposición de pena, Castagno postulo como agravantes los motivos por los cuales Nehiual amenazo a la victima para que se hiciera cargo del hecho.
Para la Fiscalía, el acusado buscaba desvincularse del proceso con el objetivo de obstruir el accionar de la justicia.
También menciono los antecedentes penales computables que registra Nehiual, indicando que aun habiendo cumplido parcialmente su condena en causas anteriores, continua cumpliendo delitos en claro desprecio por la ley. Sobre los atenuantes considero que tendría en cuenta su edad y su escasa instrucción.
Así las cosas pidió la aplicación de una pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo, y la declaración de reincidencia.
Por parte de la Defensa Publica, Oyarzun ratifico su posición inicial de pedir la absolución de su asistido.
Para el abogado defensor, los acusadores no pudieron acreditar con el grado de certeza necesaria requerido en esta etapa, la autoría y la materialidad del hecho imputado a Nehiual.
Asimismo, sostuvo que en caso de que el magistrado dicte un fallo condenatoria requirió que se aplique la pena mínima.
Finalmente, Novarino dio por clausurado el debate, se retiro a deliberar y convoco a las partes para la audiencia de lectura de su fallo que tendrá lugar el próximo lunes al mediodía.
LOS HECHOS
El 22 de julio del año pasado, en horario de la mañana en el sector de calabozos de la comisaría local, se encontraban detenidos el acusado y el denunciante, a la espera de una audiencia de control de la detención.
Según relato la víctima, fue el acusado quien le indico que declarara lo que acordaron y que se hiciera cargo de la causa.
La propuesta del imputado se basaba en que su compañero de causa- quien no registraba antecedentes penales computables - se responsabilizara del hecho por el que fueron detenidos. Su especulación se basaba que en caso de ser hallado autor penalmente responsable, la pena que le podía recaer a la victima seria menor.
En este contexto, Nehiual le habría dicho que sino cumplía con la estrategia, “ sos boleta”. Según manifestó el denunciante , en su amenaza el sospechoso agrego “ te voy a hacer re cagar cuando salga”.
Lic. Jorge Manuel Juárez
Oficina de Comunicación Institucional
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