Sarmiento

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Juicio por abuso sexual y violencia de género. Alegatos y veredicto

Juicio por abuso sexual agravado y violencia de género. Alegatos y veredicto

El tribunal colegiado de juicio, integrado por los jueces Ariel Francisco Quiroga, Martín Montenovo y Ricardo Rolón, emitió el veredicto, en el marco del juicio oral y público contra una persona acusada como autor de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda y aprovechándose de la convivencia preexistente. Asimismo, la fiscalía, lo acusó por lesiones leves agravadas por ser cometidas en contexto de violencia de género.

En este contexto, los magistrados, expusieron (de manera sintética) los fundamentos y premisas de su veredicto. En este sentido, iniciaron la lectura, destacando que durante las audiencias de debate, se logró evidenciar la situación de vulnerabilidad de la victima.

Luego, sobre el análisis del hecho de abuso sexual agravado, el tribunal, por unanimidad, entendió que corresponde absolver libremente al acusado, por aplicación del beneficio de la duda. Asimismo, señalaron la falta de acreditación y contradicciones, de los testimonios referidos a la imputación por lesiones leves, en contexto de violencia de género.

A ello, agregaron que no encontraron forma en que una hipotesis, se imponga sobre la otra, respecto a como ocurrieron los hechos.

En consecuencia, refirieron que los jueces, no tuvieron otra alternativa, que disponer la libre absolucion del imputado. Así las cosas, ordenaron la inmediata libertad de la persona que fue llevada a juicio.

Por otra parte, indicaron a la representante de la Asesoria de Menores, que procure las gestiones necesarias para implemnetar medidas de protección en favor de la adolescente. Por último, desde el Ministerio Público Fiscal, adelantaron que impugnaran el veredicto.     

 Por tratarse de abuso sexual intrafamiliar, preservar la identidad de la victima impide dar a conocer la del agresor. Las vivencias a las que son sometidas las víctimas de abuso sexual infantil tienen un impacto muy profundo que va mas allá del ultraje a su cuerpo, implica un daño en la psiquis muy complejo de sanar.

Cuando una niña, niño o adolescente se anima a decir o dar a entender lo que le está pasando es fundamental que sea escuchado y que se activen los mecanismos de protección que prevé el ordenamiento legal. El abuso se produce y se sostiene en base al secreto y este merced a amenazas que causan efecto para amedrentar a la víctima, entramparla, doblegar su voluntad y forzar su silencio.

 El Ministerio Público Fiscal, fue representado por la fiscal Laura Castagno y el funcionario Ezequiel Castro Albornoz. El detenido, en tanto, recibió el asesoramiento técnico del abogado del Ministerio de la Defensa Pública, Gustavo Oyarzun. También participó la abogada Gabriela Francisco, cumpliendo funciones para la Asesoría de Menores.  

Alegatos finales

En su alegato final, la fiscal Laura Castagno, consideró que al concluir la etapa de producción de prueba, se logró acreditar el hecho de lesions agravadas por ser cometidas en contexto de violencia de género.

En este sentido, repasó los testimonios de funcionarios policiales y profesionales del Hospital de Sarmiento, quines confirmaron las lesiones y la denuncia presentada por la familia de la victima. También valoró los dichos de la victima mediante el método de Cámara Gesell.   

Respecto al contexto de violencia de género, refirió la relación de asímetria entre el acusado y la menor de edad.  Por otra parte, sobre la imputación por el delito de abuso sexual, mencionó los indicadores, explicados por los licenciados en psicología, que fueron citados como testigos en el juicio.

Finalmente, la representante del Ministerio Público Fiscal, requirió al tribunal que dicte un veredicto contra el acusado, como autor penalmente responsible de los delitos endilgados por la parte acusadora.   

A su turno, el abogado defensor Gustavo Oyarzun, señaló que se cumplió la premisa inicial de la defensa, respecto a que todo el caso del Ministerio Público Fiscal, es sumamente cuestionable.

En este marco, sostuvo que la fiscalía no pudo acreditar, con el grado de certeza requerido en esta etapa, el delito de lesiones leves y el contexto en el que habrían ocurrido los hechos. En consecuencia, indicó que se impone la absolución del segundo hecho.

En tanto, sobre la acusación por abuso sexual agravado, el representante del Ministerio de la Defensa Pública, refirió que no está claro como fue el develamiento del caso. A ello, agregó que hay un deficit dogmático en los agravantes propuestos por los acusadores.

Por ultimo, Oyarzun, peticionó a los jueces del tribunal, la absolución de su defendido, por la deficiencia de la acusación y por las propias contradicciones en las que incurrió el acusador público.  

Abuso sexual: Qué hacer frente a un abuso

Los distintos centros de salud de la provincia cuentan con un dispositivo médico legal para dar inmediata atención a las personas que se presentan luego de haber sido víctimas de un abuso sexual. El dispositivo se implementó mediante un convenio entre el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio de Salud. Su correcta y oportuna implementación, garantiza derechos básicos de la víctima vinculados a su salud sexual y reproductiva y la eficiente obtención de material biológico fundamental para lograr la sanción penal del autor.

Los abusadores buscan la impunidad amedrentando a sus víctimas para que no denuncien, para que guarden el secreto. Ese silencio se sostiene por temor y a costa del sufrimiento, la confusión y la desazón de la víctima. Muchos casos son denunciados recién a partir de la evidencia de un embarazo. Otros son denunciados mucho tiempo después, e incluso algunos nunca llegan al conocimiento de la justicia. 

La prueba

La prueba es muy difícil de obtener. Suelen jugar muchos intereses, fundamentalmente en el abuso sexual intrafamiliar. La experiencia indica que los miembros de la familia suelen tomar partido por alguno de los involucrados. Incluso la madre de la víctima no siempre acompaña el proceso.

Sin lugar a dudas la prueba más clara es el ADN que puede obtenerse mediante la aplicación del Dispositivo de Abuso Sexual disponible en todos los hospitales de la provincia, así como la prevención del embarazo y de enfermedades de transmisión sexual. Sin embargo, esto solo es posible cuando la denuncia es inmediata a la producción del abuso o bien cuando a raíz del abuso se produjo un embarazo.

Estos hechos ocurren entre cuatro paredes. Los indicios cobran fuerza en relación al relato de la víctima, son datos que parecen no tener significación propia, que no aportan la evidencia de un testigo directo, pero que permiten corroborar circunstancias, conductas, costumbres alteradas, cambios en la personalidad y/o en el rendimiento escolar.

El abusador suele ser el referente de la víctima en distintos ámbitos, se muestra como el adulto que se ocupa de sus cosas y de este modo se asegura el control del secreto. El abusador detecta el estado de vulnerabilidad y de este modo elige a su víctima.

El relato

En todos los casos la investigación se activa por la denuncia. La declaración de la víctima es central para la investigación. El relato se realiza en cámara Gesell, procurando que la víctima declare por única vez en ese momento. Algunas veces se puede hacer rápido, pero en muchas otras no. La víctima debe estar preparada anímicamente para pasar por esa instancia y son los profesionales del SAVD quienes sugieren el momento más oportuno para hacerlo.

La psicóloga forense toma la declaración y realiza la pericia psicológica. Esta pericia evalúa si el relato es creíble, si detecta o no una tendencia a la fabulación, si se advierte algún interés, si se evidencia un relato armado, entre otros aspectos. Esta pericia valida el relato de la víctima.

Actualmente en los Tribunales, las Cámaras Gesell se realizan con la presencia en la retro cámara –ubicada tras un vidrio que se convierte en espejo al interior de la cámara- de los jueces, el fiscal, el defensor y el imputado. El SAVD y los fiscales sostienen que hay que avanzar hacia una metodología que permita a defensa controlar el desarrollo de la declaración sin que la víctima sienta que detrás del vidrio está el imputado mirándola.

La Fiscalía propicia la implementación un circuito cerrado de televisión, sistema que se usa habitualmente en los juzgados de familia y que varios protocolos señalan como el más adecuado. Esta modalidad consiste en conectar dos salas distantes, mediante circuito cerrado de televisión, en una sala están la entrevistadora y la víctima, y en otra, retirada, los demás actores del proceso.

El valor de la confesión

Al conocimiento de los jueces de juicio llega ese relato de la víctima, filmado. Sin embargo, algunas víctimas deciden participar del debate. Por ejemplo, en juicios abreviados para escuchar de boca de su abusador el reconocimiento del abuso. Que diga “si, es verdad, yo lo hice”.

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