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Juicio por jurados: la Defensa pidió que se suspenda el juicio que ya se hizo

Ocurrió durante la audiencia de discusión de la pena a imponer luego del veredicto de culpabilidad por abuso sexual simple, dado por el jurado popular. La Fiscalía pidió la imposición de una pena de tres años de ejecución condicional e inhabilitación perpetua para el ejercicio de la profesión, entre una serie de medidas. Al momento de hacer su pedido de pena, la Defensa sorprendió planteando requiriendo la Suspensión de Juicio a Prueba. Este instituto que es aplicable a los delitos que prevén pena de ejecución condicional, establece reglas a ser cumplidas por el plazo de la suspensión y en caso de incumplirse continúa el proceso hasta llegar a la instancia de juicio. Solo que en este caso, esa instancia concluyó el día anterior con el veredicto de un jurado popular. La Fiscalía se opuso. La víctima se manifestó en contra de esa resolución. La decisión del juez técnico se conocerá en cinco días hábiles.  

La fiscal Rita Barrionuevo abrió el debate por la pena indicando que la escala penal disponible para el abuso sexual simple, va de los 6 meses a 4 años de prisión. En un análisis de las condiciones del caso, solicitó que se imponga tres años de prisión de ejecución condicional. Para fundamentarlo habló de la relación asimétrica de poder, de la condición de género, de la calidad de médico del autor que se valió de su profesión para realizar la conducta de abuso sexual. Se refirió a la particular vulnerabilidad de la víctima por encontrarse dolorida y habérsele diagnosticado que tenía un quiste. Barrionuevo se refirió a la extensión del daño psicológico causado, a la autodeterminación del imputado, resaltando sus condiciones personales: es una persona instruida, padre de familia, mayor de edad.

Como reglas de conducta la acusadora requirió que Manuel Ángel Flores Delgado, fije residencia, informe cualquier cambio de domicilio, que se presente ante el patronato de presos y liberados, se mantenga la prohibición de acercamiento y contacto con la víctima por el plazo de la condena. Que se diagnostique la necesidad de un tratamiento psicoterapéutico y en caso de ser preciso se lleve a cabo. Finalmente pidió que se imponga la pena de inhabilitación perpetua para ejercer la medicina porque cometió el hecho en el ejercicio de su profesión.

La Defensa tuvo reparos en relación al veredicto, los que fueron rápidamente rechazados por el juez porque el veredicto respondió a una de las fórmulas típicas admitidas por la propia Defensa, previo a la deliberación. Luego requirió la Suspensión de Juicio a Prueba, citando un antecedente de una sentencia de Cámara Penal del año 2015. Pidió que la suspensión sea por el plazo de 1 año y 6 meses, durante el que el imputado deba realizar presentaciones cada tres meses, fijar domicilio, ofrecer una reparación para la víctima en los términos de la ley, además de afrontar el costo de tratamiento psicoterapéutico de la víctima ella por el tiempo que ella requiriera. Respecto de Flores Delgado, someterse a capacitación en temas de género y abuso, tratamiento psicoterapéutico, prohibición de contacto y acercamiento por el tiempo de la SJP.

Luego de hacer el planteo, para el caso de ser rechazado, se refirió a la pena a imponer. Los defensores pidieron al juez que la pena que aplique no sea superior a diez meses de prisión de ejecución condicional.

 

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