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Por aplicación del beneficio de la duda el juez Quiroga dicto la absolución del sargento ayudante acusado de amenazar a dos ex soldadas voluntarias

Por aplicación del beneficio de la duda el juez Ariel Quiroga absolvió al sargento ayudante del Ejército Argentino llevado a juicio por amenazas contra dos ex soldadas voluntarias

En la sala de audiencias de la oficina judicial, se desarrolló una audiencia de lectura del veredicto. En la ocasión, el juez Ariel Quiroga, dispuso dictar la absolución del sargento ayudante Pablo Ernesto Franco (46) (imputado por la fiscalía como presunto autor del delito de amenazas coactivas agravadas), por aplicación del beneficio de la duda.

El magistrado, consideró, que, si se pudo acreditar las amenazas realizadas contra las subalternas del acusado. También, se refirió a las consecuencias y daños psicológicos, padecidos por las dos mujeres.

 En tanto, sostuvo que la fiscalía, no logró acreditar, con la certeza necesaria, que Pablo Franco, fue el autor de estos hechos.

En este contexto, el magistrado hizo lugar al pedido de nulidad absoluta efectuado por la Defensa Pública, respecto de la pericia caligráfica. En este sentido, observó que existieron serias deficiencias en este acto, debido que no se notificó a los abogados defensores, sobre la realización de la diligencia.  

En este marco, el magistrado, enunció los argumentos y fundamentos -de manera sintética- referidos a las bases de su decisión.

Con respecto a la materialidad de los hechos, Quiroga, consideró que merced a las declaraciones de las dos víctimas de la causa, los mismos han quedado acreditados. También, destacó el enorme daño psicológico, que habían sufrido las ex soldadas voluntarias.

En tanto, sobre el análisis de la autoría de las amenazas, el juez, refirió que está convencido que se trata de una persona con una enorme dosis de perversión, que se delita con el sufrimiento ajena y que se cree con derecho a dirigir la vida de los demás, a través de injurias y amenazas.

A ello, agregó, que la cuestión en este punto, es determinar si existen condiciones de afirmar, quién fue la persona que provocó estas amenazas.

Por otra parte, señaló que los principales testigos, aportaron información muy débil para centrar las sospechas contra el imputado.  Otra consideración del presidente del tribunal, estuvo vinculada al móvil del delito. En este contexto, sostuvo que, durante el juicio, no se pudo conocer cuál habría sido el motivo, que llevó al imputado, a reaccionar con tanta furia, contra esas dos mujeres.

Por otra parte, respecto a la pericia caligráfica realizada en el área de Criminalísticas de la fiscalía, sostuvo que no se pudo acreditar que el imputado haya recibido la información necesaria, que le permitiera decidir libremente, si sometía o no, al acto que finalmente culminó con su imputación.

En este orden, aseguró que tampoco se acreditó que la Defensa Pública, haya sido notificada de este acto. En consecuencia, hizo lugar al pedido de nulidad absoluta, solicitado por los asesores técnicos del acusado.  

Así las cosas, indicó que la fiscalía no ha podido acreditar con el nivel de certeza, la autoría responsable en el acusado. Por ende, sostuvo que no tuvo otra alternativa, que absolver al imputado, por aplicación del beneficio de la duda.

Por último, desde el Ministerio Público Fiscal, adelantaron que utilizaran el recurso de impugnación respecto de la decisión del magistrado.

En representación del Ministerio Público Fiscal, asistieron la Procuradora de Fiscalía Marisol Sandoval y el abogado Alexis Ubilla. El acusado, en tanto, recibió el asesoramiento de los abogados de la Defensa Pública, Marcelo Catalano y Gustavo Oyarzun.

El caso

La causa se tramito en las oficinas del Ministerio Público Fiscal, a raíz de la situación ocurrida el 21 de septiembre de 2017, a las 05:00, en el alojamiento femenino, ubicado en la Guarnición Militar de esta localidad. Según los investigadores, en esa oportunidad, el sargento Franco, amedrentó a una soldada voluntaria, que cumplía funciones en la misma batería.  

Para la fiscalía, el objetivo del sargento del Ejército Argentino, era lograr que la mujer deje su lugar de trabajo y abandone la ciudad. Asimismo, indicaron que el sospechoso era superior jerárquico de la víctima.  

En otro orden, sostienen que, para lograr su cometido, Franco, utilizó una carta manuscrita, ocultando su identidad. En esa misiva, el imputado, amenazaba a su subalterna. Algunas frases de la carta expresaban “… vos no aprendes más, me vas a pagar el no haberte ido de Sarmiento....cuídate bien de todo, porque donde te encuentro y te descuides, te hago desaparecer del mapa, ji, ji, ji..."

Este mensaje provoco mucho temor en la víctima. Por ello, efectuó la denuncia correspondiente y puso en conocimiento de la situación a sus superiores.

 En este marco, se indicó que con su accionar, el imputado, no solo logró amedrentarla y causarle temor, sino que, además, la mujer solicitó el traslado de destino, hasta que finalmente pidió la baja de la institución.  

En tanto, el 23 de septiembre de 2017, un hecho de características similares, se registró en el Comando de la IX Brigada de Infantería, ubicado en la Avenida Rivadavia y calle Mitre de Comodoro Rivadavia.

En esa ocasión, la víctima había sido trasladada a esa dependencia-en forma temporal- a fin de proteger su integridad física, con motivo de las amenazas recibidas por parte del acusado.

En tanto, en la tarde del sábado 23 de septiembre de 2017, a las 17:30, en el estacionamiento de visitas ubicado en la calle Mitre, el imputado dejó un nuevo mensaje manuscrito.

El método elegido fue enganchar un sobre en la compuerta trasera del vehículo de la denunciante.

En este escrito (anónimo), el procesado, expresó nuevas amenazas.  Algunas de las más importantes fueron:”. yo me voy a encargar de que te amargues ahí adentro y la pases muy mal en cualquier lado que te mande ese bigotudo, que se cree general". Luego agregó "...nadie te cree y nadie se va a preocupar por vos…no vales la pena y ojalá nunca te recibas y te cagues de hambre por covachera, ji, ji, ji."

En esta línea de investigación, los representantes del Ministerio Público Fiscal, afirman que la víctima tuvo conocimiento del lugar en el que se encontraba la carta, debido que su pareja recibió un mensaje de la red social Facebook. A través del sistema Messenger, una persona- con el perfil social falso bajo el nombre de "Mocha Pocha"-, le refirió donde había dejado ubicado el sobre.     

Asimismo, el tercer hecho, ocurrió el 29 de septiembre de 2017. Esta vez, la carta de amenazas, fue hallada en el garaje de la familia de la segunda víctima, que también se desempeñaba como soldada voluntaria en la Guarnición Militar de Sarmiento.

En esta misiva, -entre varios insultos y amenazas- el procesado le habría expresado "...cuídate bien vos y a tus pobres hijitos, ellos no tienen la culpa, pero la madre si...no voy a descansar, ya me saqué de encima a tu amiguita, y con vos va a ser más fácil, porque sé que queres más a tus hijos que a tu trabajo...no me importa que tu papito sea principal…hacemela fácil y ándate de una vez si no queras pasarla mal..." En esta carta, también estaba escrita la onomatopeya “ji,ji,ji”.

Ficha de la audiencia

Juez: Ariel Quiroga

Ministerio Público Fiscal: Fiscal Andrea Vázquez - Abogado de Fiscalía Alexis Ubilla

Ministerio Público de la Defensa: Abogados Gustavo Oyarzun y Marcelo Catalano.

Imputado: Pablo Alberto Franco.

Fecha del hecho: septiembre de 2017

Calificación legal: Amenazas coactivas agravadas por ser anónimas y con el propósito de obligar a una persona) a dejar su lugar de trabajo; y por ser anónima y con el propósito de obligar a una persona a dejar su lugar de trabajo y su residencia habitual, dos hechos (tres hechos en concurso real), en carácter de autor material (Artículos 45, 55, 149 ter inciso 1° y 149 ter inciso 2° "b" del Código Penal.

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