RECHAZARON LA APERTURA DE INVESTIGACION CONTRA LA JUEZA MARIEL SUAREZ
El juez de Trelew José Alberto García, resolvió no habilitar el inicio de la investigación penal preparatoria de juicio, contra su colega de Comodoro Rivadavia, Mariel Alejandra Suarez (42). El Ministerio Publico Fiscal, representado por el fiscal Herminio González Meneses, presento una pieza de inicio de investigación, donde solicitaba una apertura de la investigación, a los fines de determinar la autoría de los delitos de incumplimiento de los deberes del funcionario público y violación de secretos, en los que podría haber incurrido la magistrada.
Los hechos que la parte acusadora pretendía investigar, ocurrieron en la Universidad Nacional la Patagonia San Juan Bosco (UNPSJB) en Comodoro Rivadavia, en noviembre del 2012, cuando Mariel Suarez en calidad de auxiliar docente, dejo a los alumnos cursantes de la materia "Practica Profesional II" de la carrera de abogacía, un juego de copias en la fotocopiadora del centro de estudiantes.
En esa documentación, se revelaba públicamente, las identidades y las pruebas de un legajo de investigación; por una caso de atentado contra la integridad sexual de una menor de 18 años.
Asimismo, la fiscalía intentaría analizar la conducta de la magistrada en relación a la publicación del decisorio del caso, que realizo en un sitio web de acceso público.
Esa difusión se efectuó sin suprimir, anonimizar o inicializar los datos identificatorios de victima e imputado.
En el marco de la cooperación judicial, se realizo una audiencia de apertura de investigación, mediante el sistema de video conferencia desde las oficinas judiciales, de Sarmiento, Comodoro Rivadavia y Trelew.
El acto judicial fue presidido por el Juez José García. Allí también se encontraba la jueza Mariel Suarez, asistida por su abogado particular Romero. La parte acusadora estuvo representada por el fiscal Gonzales Meneses desde Sarmiento. Las víctimas, en tanto, participaron desde la oficina judicial de Comodoro Rivadavia.
En la oportunidad, Meneses dio lectura al pieza de inicio de la investigación describiendo los hechos y señalando que la calificación legal provisoria escogida fue la presunta autora de los delitos de incumplimiento de los deberes del funcionario publico, en concurso real con violación de secretos (Arts.248, 55,157 y 45 del Código Penal).
En este marco, solicito un plazo de seis meses para concluir la investigación preparatoria de juicio.
A su turno, el abogado defensor se opuso al pedido, indicando que la imputación adolece de serias falencias , en función de que solo se limitaba a describir los hechos y no realizaba una distinción que permita establecer en que calidad de funcionario público, habría incumplido sus deberes la jueza denunciada.
Asimismo, considero que con respecto a la violación de secreto, tampoco se indicaba cual era la ley que disponía que tipo de datos deberían permanecer en secreto.
En este contexto, manifestó que al no existir las especificaciones necesarias, se vería afectado el derecho de defensa.
Así las cosas, sostuvo por la insuficiencia de la imputación presentada, la misma debería ser reformulada por la fiscalía y peticiono que se rechace el pedido de formalización.
Finalmente, el magistrado explico que le asistía razón al planteo de la defensa, por lo que resolvió no habilitar el inicio de la investigación.