Sarmiento

Sarmiento

Solicitan aplicación de suspensión de juicio a prueba por lesiones leves y violencia de género

Solicitan aplicación de suspensión de juicio a prueba en un caso por lesiones leves y violencia de género

Por pedido de los representantes del Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa, el juez Francisco Quiroga, hizo lugar a la aplicación del beneficio de suspensión de juicio a prueba para Damián Jonathan Villarroel (30). Asimismo, le impuso el cumplimiento de reglas de conducta por el plazo de un año. Con respecto a la reparación económica ofrecida, la víctima, propuso que el dinero sea otorgado al hogar de ancianos “Marí Marí Peñí”.

 

Al inicio del acto judicial, el abogado Marcelo Catalano, de la Defensa Pública, explicó que, al analizar la acusación pública presentada por la fiscalía, advirtieron que el imputado carece de antecedentes penales computables. Asimismo, agregó que, en caso de llegar a juicio, y que su asistido sea declarado culpable, recibiría una pena de prisión en suspenso.

En consecuencia, consideró que se daban las circunstancias para incorporar al acusado al beneficio de suspensión de juicio a prueba. Por otra parte, sostuvo que aplicar una suspensión de juicio a prueba, en casos de violencia de género, no implica negar los compromisos del estado argentino y chubutense, respecto de la adhesión a obligaciones de normas internacionales.

Luego, explicó que corresponde imponer el período de prueba, por el término de un año. Entre las reglas de conducta a cumplir, señaló que Villarroel, debe presentarse cada tres meses ante el cuerpo de delegados. Sobre el fin resarcitorio de reparación económica, propuso que el acusado entregue la cifra de cinco mil pesos.

Asimismo, peticionó al magistrado, que disponga una prohibición de contacto personal y por todo medio (redes sociales, llamados telefónicos, entre otras) durante el período de prueba. Por último, propuso requerir al servicio de salud mental, una consulta previa, a los fines de que se evalué la necesidad de que Jonathan Villarroel concurra a un espacio terapéutico.

A su turno, la procuradora de fiscalía, Marisol Sandoval, manifestó que, en la acusación pública, el Ministerio Público Fiscal, había solicitado la pena de siete meses de prisión de ejecución condicional. A ello, agregó que mantuvo una entrevista con la víctima, quien le confirmó que había finalizado la relación de pareja con el imputado. Asimismo, indicó que el acusado y la víctima, no tenían hijos en común.

Por otra parte, Sandoval, informó que la denunciante, le había manifestado su conformidad con la aplicación del instituto, a los fines de poner fin a la causa.

En otro orden, la representante de fiscalía, refirió que la víctima, propuso que la reparación económica sea destinada a una institución de bien público. Así las cosas, solicitó al magistrado que haga lugar al pedido realizado por el abogado defensor.  

En este contexto, el juez Quiroga, explicó al acusado, los alcances y obligaciones, comprendidas dentro de este instituto.

Con respecto a la resolución, dispuso suspender a prueba el proceso penal por el término de un año. Asimismo, señaló que Villarroel, debe presentarse de manera trimestral ante la agencia de supervisión.

También debe depositar cinco mil pesos en favor del hogar de ancianos y mantener actualizado el domicilio.

Por último, le advirtió que no puede cometer delitos y concurrir al área de salud mental, a los efectos que se determine si es necesario acudir a una intervención especial.

 

El caso

El caso ocurrió el 17 de octubre de 2021, a las 06:00, en una vivienda ubicada sobre la calle 25 de mayo de esta localidad. Según los investigadores, en esas circunstancias, Villarroel, comenzó a insultar a su pareja. Luego, la agredió físicamente, provocándole lesiones de carácter leve.

Asimismo, los investigadores, sostienen que en la pareja existía una relación desigual de poder, marcada por la violencia permanente y por un ciclo de reconciliaciones.

Con respecto a la calificación legal provisoria, refirieron que la conducta que se atribuye al imputado es constitutiva del delito de lesiones leves agravadas por ser contra la persona con quien se mantenía una relación de pareja y por mediar violencia de género, en calidad de autor.

Nuestras Visitas

  Hoy 6458

  Ayer 9034

  Esta semana 32993

  Este mes 237374

  Total histórico 22015123

©2024 Ministerio Público Fiscal del Chubut. Todos los derechos reservados.