Trelew

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A pesar de buscar medidas sustitutivas posibles se dispuso la prisión preventiva para imputado en caso de violencia familiar

  Durante una audiencia preliminar desarrollada en el tercer piso de los tribunales, tanto el Ministerio Público Fiscal como la defensa pública, buscaron acordar una salida alternativa para un imputado que a raíz de su adicción al alcohol, ha producido hechos que ponen en riesgo a sí mismo y a su propia familia, y más allá de la voluntad demostrada por la jueza, Ivana González, se determinó la prisión preventiva por el término de quince días, sin perjuicio que sea revisada antes de su término.

A juicio oral

  En realidad, la audiencia tenía el objetivo de la elevación a juicio por el delito de lesiones leves, en base a un hecho ocurrido el  11  de agosto de 2012, cuando cerca de las 22,30 la víctima regresaba a su domicilio con sus hijos, encontrando a su pareja junto con algunos amigos, tomando y jugando a las cartas. Allí fue agredida de palabra, y posteriormente, al retirarse los visitantes, la agresión pasó a ser física, optando la mujer retirarse del lugar, junto a sus pequeños, cerca de las 2 de la madrugada.

  A partir de esta situación, considerada como el hecho principal, se desprendieron una serie de alternativas que llevó a la radicación de numerosas denuncias en diferentes ámbitos, derivando esto en medidas que se  fueron dando desde el fuero de familia, pasando luego a tratarse sus violaciones en el fuero penal, donde se impusieron otras prohibiciones de acercamiento, las que tampoco fueron tenidas en cuenta, culminando con episodios ocurridos entre el 17 y 19 de febrero. En la primera de esas fechas, el juez José García dictó una nueva medida de prohibición ante amenazas a la familia y en la posterior se libró orden de detención, tras haber amenazado al propio hijo con una botella.

  El viernes 21 se realizó la audiencia de control y allí el juez Zaratiegui determinó la prisión hasta el momento de la realización de esta preliminar, donde acudieron por el Ministerio Público Fiscal, el fiscal general Omar Rodríguez y ejerciendo la defensa Damián Dantonio.

  La fiscalía pidió la próxima realización de juicio oral ofreciendo la prueba documental y testimonial, mientras la defensa no se opuso a la acusación, elevando también la prueba correspondiente a ser tenida en cuenta para un próximo debate, con la designación de un tribunal unipersonal, ya que el delito imputado es el de lesiones leves, en el marco de violencia familiar, con una pretensión punitiva de un año.

La medida de coerción

  El tema se planteó cuando se trató la imposición de medidas de coerción, dado que el fiscal estimó la necesidad de mantener la prisión preventiva, enumerando las veces en que fueron violadas las diferentes prohibiciones de acercamiento, lo que pone en peligro la marcha del proceso por el entorpecimiento generado en el amedrentamiento a víctimas y testigos. Pero por otro lado se planteó la cantidad de cambios domiciliarios de esta persona de 46 años, lo que hacía imposible lograr una efectiva notificación y lo complicado que ha resultado ubicarlo, inclusive cuando fue declarado en rebeldía.

  El doctor Rodríguez, entre otros aspectos, destacó que las medidas tomadas hasta el momento no han logrado neutralizar los riesgos, pero enfatizó que son las propias víctimas las que se encuentran desprotegidas con este hombre en libertad, teniendo en cuenta su adicción y todo lo que esto produce en su conducta.  A tal fin, solicitó quince días de prisión preventiva, informando que el 7 de marzo a las 10,30 se le efectuará un exámen siquiátrico en Puerto Madryn, con integrantes del cuerpo médico de aquella ciudad y del sector de salud mental del hospital zonal de Trelew.

  Esta posibilidad había sido consensuada en la audiencia anterior, lo que fue destacado por la defensa, que a su vez se opuso a la imposición de una medida tan gravosa, pidiendo la libertad con la posibilidad de firmar libro de oficina de ejecución, o subsidiariamente el arresto domiciliario como última medida, ofreciendo la vivienda de una hermana, a la que se convocaría en forma inmediata para que pudiera expresarse en esta audiencia.

  El Ministerio Público Fiscal, si bien reafirmó sus pretensiones en cuanto a las medidas de coerción, no se opuso a que se brindara la oportunidad de un arresto domiciliario, estando de acuerdo en este sentido la propia víctima, es decir la mujer del imputado, pero preservando las medidas de seguridad adecuadas, tras lo cuál la doctora González dispuso un cuarto intermedio para que sea llamada la interesada, según lo expresó el defensor.

Ofrecen internación

  Sin embargo, luego de cuarenta minutos, el defensor señaló que no se haría presente la hermana, acudiendo la trabajadora social, licenciada Agustina Momo, brindando la alternativa de una internación, prevista en el artículo 332. Refirió Dantonio que un informe del cuerpo médico de Trelew habla de la necesidad de una medida en tal sentido y está presente la voluntad expresa de su defendido para ser tratado de una adicción que pone en riesgo a si mismo y a otras personas. La licenciada Momo explicó que la hermana tiene muy buena voluntad para ayudar a cualquier intento de recuperación, pero negó la residencia en su casa, debido a lo imposible que se hace la convivencia por el apego a la bebida del encartado y la presencia de niños en el lugar, sometiéndolos a un peligro impredecible.

  Ofrecieron el cades, un centro de atención de adicciones que está ubicado en 28 de julio, aunque debería cumplir con algunos requisitos  que tardarían unos dos días en poder cumplimentarlos, además de una entrevista personal para verificar si es posible la mencionada internación. La profesional explicó acerca de los procedimientos y contestó consultas al respecto de la propia jueza.

Diferencias

  El doctor Omar Rodríguez expresó que son dos cosas diferentes las que se están evocando. Por un lado, el código procesal habla de internación, pero no cuando existe voluntad del imputado, sino con el fin de evitar algún tipo de riesgo. No es este el caso, sino que aquí hay voluntad del imputado, lo que implica que no se asegure la garantía de cumplir el debido tratamiento.

"Que se cure por sus hijos"

  La voz de la víctima se escuchó fuerte en la sala de audiencias: "que él esté bien porque es el padre de mis hijos, que puedan charlar en algún momento y que no aparezca borracho con violencia  a cualquier hora. Quiero lo mejor para mis hijos y su papá no está en condiciones , no los puede ayudar, aunque sea por sus hijos que se cure..." manifestó la mujer al ser invitada por la jueza a expresarse.

Resolución

  La doctora Ivana González, al momento de resolver, aclaró que lo penal es la última instancia en situaciones de esta naturaleza,  y en ese sentido debía asegurarse el fin del proceso, lamentando no poder tomar decisiones que pudieran llevar  a resolver una situación que tiene que ver con un flagelo social. Así, consideró que no estaban dadas las condiciones para una internación en el centro de atención ofrecido, ya que debía evaluar un caso de violencia moral y física tomando medidas de protección de personas.

  Remarcó que en lo estrictamente penal se le habían exigido medidas de prohibición de acercamiento de diferentes maneras y desde los diversos fueros intervinientes, pero siempre violó tales exigencias, y estuvo permanentemente al tanto de los riesgos que corría de proceder en esa forma.

   Mas adelante aseveró que se da una situación muy compleja, muy difícil, pero no se puede dejar en manos de una internación que no sabe sus resultados en el futuro. Hay que tener en cuenta que ni en su propio ámbito familiar mas íntimo pueden lograr la contención, no pudiéndose tomar una medida menos grave, aún con las buenas intenciones de todas las partes. De momento y hasta tanto surja una posibilidad, la jueza determinó 15 días de prisión preventiva, confirmando el exámen a efectuar el 7 de marzo en Puerto Madryn y como ya se dijera, elevando la causa a juicio oral, de acuerdo a la acusación fiscal.

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