Trelew

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Abrieron investigación por falso testimonio para dos imputados

   El Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal general María Tolomei, solicitó la apertura de investigación, imputando a una mujer de haber declarado falsamente durante un juicio oral donde se juzgó la responsabilidad de varias personas en un homicidio ocurrido en Trelew, situación que incidió en la decisión que finalmente tomaron los Jueces integrantes del tribunal.

  En efecto, la fiscal detalló que la testigo declaró bajo juramento el 11 de septiembre de 2014, cerca de las 10,40, durante el transcurso del debate desarrollado en el sexto piso de los tribunales, en una causa cuyo legajo lleva el número 43901, donde se ventila la muerte de Rubén Loscar en una zona denominada “la calera”. Manifestó la doctora Tolomei que pese al juramento de rigor y haber sido advertida sobre las consecuencias que acarrea el no decir la verdad, la deponente sabiendo y conociendo que afirmaba cosas de manera falsa, se expresó sobre la participación de quienes estaban considerados coautores del hecho, excluyendo en sus dichos a uno de los principales implicados en cuanto a su manera de actuar.

  “Afirmando falsamente estos hechos, negó la verdad de lo que ella sabía”, dijo la fiscal, informando que durante uno de los procedimientos realizados en la etapa de investigación, una inspección ocular, donde detalló lo sucedido, siendo sus declaraciones totalmente diferentes a lo sostenido durante el juicio, justificando su proceder, indicando que en aquel momento pudo haberse sentido confundida por la presencia de un policía.

  Lo cierto es que el 2 de octubre de 2014, el cuerpo colegiado integrado por los doctores Gabriel Castro, Marcela Pérez y Sergio Piñeda, dictaron la sentencia que resuelve no haberse probado en debate la coautoría o participación necesaria de los presuntos responsables, quedando como único autor un menor inimputable.

  Se entiende desde la fiscalía que la modificación de la verdad fue sustancial al momento de evaluar su decisión los jueces, lo cuál motiva a pedir esta apertura de investigación por el hecho de falso testimonio como autora, habiéndose perjudicado la administración pública en general y la de justicia en particular.

  El doctor Darío Arguiano determinó la correspondiente apertura, siendo defendida la imputada por el doctor Carlos Pericich, quien a su vez aclaró que se hará cargo el defensor particular Fabián Gabalachis. El magistrado señaló que se tiene en cuenta para la imputación la cantidad de elementos colectados durante la etapa preparatoria por el Ministerio Público Fiscal, los cuales han sido contrastados con los dichos emitidos durante el juicio por la ahora imputada de falso testimonio.

Otro imputado

  En otra audiencia del mismo tenor se imputó el delito de falso testimonio a una persona por el hecho ocurrido el 15 de septiembre de 2014, aproximadamente a las 9, en circunstancias de prestar declaración como testigo ante el tribunal mencionado anteriormente, en el transcurso del mismo juicio oral. En la oportunidad referida, conociendo cabalmente la falsedad de sus dichos y queriendo beneficiar a los implicados, el declarante afirmó falsamente haber visto que aquellos solo se defendieron de los golpes de quien finalmente resultara víctima.

  Asimismo, en el mismo acto, expresó haber sido amenazado aquel 20 de enero por la tarde, cuando un policía se apersonó a su casa, si no decía que había visto como los presuntos sospechosos le pegaron con piedras a Rubén Loscar. De esta manera, la fiscalía interpreta que el testigo negó la verdad de los hechos que había percibido con sus sentidos, tras haber declarado que en la fecha y lugar antes referidos, los tres involucrados habían golpeado con piñas, patadas y piedras a Rubén Aníbal Loscar, mientras éste se encontraba caído, habiendo utilizado las piedras para pegar con ellas en la cabeza.

  Como surge de la sentencia absolutoria, la decisión unánime de los señores jueces se sostuvo en no haberse podido probar en debate la coautoría o participación necesaria, siendo la modificación de la verdad lo fundamental en punto a la decisión o resolución final del caso. Por tanto, el Ministerio Público Fiscal establece como calificación legal el falso testimonio en carácter de autor, previsto en el artículo 275 y 45 del Código Penal, quedando a cargo de la investigación la fiscal general María Tolomei y la funcionaria de fiscalía Verónica Van Vliet.

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