Trelew

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Acusado de homicidio agravado recibió sentencia a diez meses de producido el hecho

  Un grave hecho enmarcado como homicidio agravado, tuvo un proceso que permitió sustanciar la sentencia correspondiente, luego del juicio oral, a diez meses de cometido el delito. En el debate intervinieron por el  Ministerio Público Fiscal, la doctora María Tolomei, mientras la asistencia técnica del acusado fue asumida por  María Angélica Gómez Lozano.

Hecho acreditado

  De acuerdo a la investigación desarrollada y la acusación fiscal, los hechos ocurrieron el 16 de enero de 2014, aproximadamente a las 22,45, cuando Denis De San Martín, alias “poke” o “pokemon”, se dirigió decidido a acabar con la vida de Juan Carlos Valenzuela, hasta un domicilio de la calle William Davies del barrio Don Bosco de Trelew,  munido de un arma de fuego plateada, presumiblemente un revólver.

  Esa noche Valenzuela se encontraba en el lugar lavando su vehículo en la vía pública, acercándose De San Martín, esgrimiendo el arma, y tras increparlo por la devolución de la casa que él mismo había vendido a la víctima, le manifestó: “te voy a matar”, y con clara intención de darle muerte disparó directamente a la cabeza desde una distancia no inferior al metro, provocando su deceso por un paro cardiorespiratorio causado por daño neurológico, desplomándose al piso y golpeándose fuertemente en su cara.

  Mas allá de esto, al estar tirado en el suelo, De San Martín siguió disparándole, impactando uno de los proyectiles en el antebrazo izquierdo de Valenzuela, afectándole solo tejidos blandos. Al momento que ocurrían estos hechos, se encontraban presentes la hija del agredido, de 14 años, su novio de 17, una niña de apenas un año y en el interior de la vivienda otro niño de 13 años.

  El novio de la menor intentó defender a la víctima y fue entonces cuando el acusado le disparó con el arma de fuego, provocándole una herida en cara lateral del glúteo izquierdo y un cuadro lesión abdominal, siendo trasladado al hospital zonal, donde ingresó con requerimiento de respiración artificial y debió ser intervenido quirúrgicamente. Tras haber dado muerte a Valenzuela y herido gravemente al novio de su hija, De San Martín se dio a la fuga con dirección hacia la avenida de los trabajadores.

Solicitudes de las partes

  Luego de  la presentación de las pruebas documentales y testimoniales, la fiscal María Tolomei culminó su acusación sosteniendo que se ha acreditado y no ha sido controvertido el hecho, reafirmando cada uno de los detalles escuchados durante el transcurso del juicio, tanto por parte de los testigos directos, como los peritos que certificaron lo sucedido Solicitó el Ministerio Público Fiscal se condene a Adrián De San Martín como autor del delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego en concurso real con lesiones agravadas por haber sido cometidas con arma de fuego, ambos en carácter de autor, en los términos de los artículos 79, 90, 41 bis, 55 y 45 del Código Penal., pidiendo la imposición de una pena de 16 años de prisión, luego de evaluados los atenuantes y agravantes respectivos.

  Por su parte la defensa, una vez conocido el veredicto de culpabilidad, solicitó que se fije el mínimo de 10 años y 8 meses, que según expresara, superaba ampliamente lo que significaba un homicidio simple

Fundamentación del tribunal

  Los jueces Darío Arguiano, Fabio Monti y Patricia Asaro establecieron en una amplia fundamentación que el dolo homicida se desprende del hecho objetivo de efectuar un disparo con un arma de fuego en dirección a la cabeza de la víctima, que conforme a la experiencia común puede causar la muerte de una persona (como efectivamente ocurrió), sin perjuicio de que el autor efectuó al menos otro disparo que impactó en el antebrazo izquierdo del occiso. Por otra parte, la ubicación de las lesiones en el cuerpo de la víctima se encuentra acreditada mediante el informe de autopsia y testimonio explicativo en el juicio.

  En resumen, el medio empleado, la dirección y cantidad de disparos efectuados por el imputado en zonas vitales de la víctima, contribuyen a abonar este razonamiento que el agresor representó el resultado mortal y quiso quitarle la vida a Juan Carlos Valenzuela. En tanto, merituando las heridas causadas en el joven que intentó ayudar a quien resultara víctima, indicaron que se encontraba acreditado el carácter doloso de dichas lesiones en orden al medio empleado para causarlas (arma de fuego), encuadrando en el artículo 90 del Código Penal.

15 años de prisión

  Hallándose conformada por unanimidad la voluntad de este tribunal, se pronunció en un fallo que condena a Denis Adrián De San Martín a la pena de quince años de prisión, accesorias legales y costas, como autor del delito de homicidio y lesiones graves en concurso real agravados por el uso de un arma de fuego, artículos 12, 79, 90, 41 bis, 45 y 55 del Código Penal, por el hecho acaecido en Trelew el día 16 de enero de 2014 en perjuicio de Juan Carlos Valenzuela y del joven de 17 años, que resultó con heridas graves..

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