Trelew

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Caso Aballay: Los jueces impusieron penas de cumplimiento efectivo solo a dos de los policías responsables aunque quedaron todos en libertad

  El Tribunal de Enjuiciamiento, integrado por los Jueces Alejandro Defranco, Ivana González y Ana Laura Servent, dieron a conocer hoy las penas para los encontrados autores responsables de diversos delitos, enmarcados en los apremios ilegales padecidos por los hermanos Aballay, causa que se ventiló en el Juicio oral y público donde también se absolvió a cinco policías por la muerte del jóven Julián Antillanca, ambos hechos ocurridos el 5 de septiembre de 2010.

  Al comunicar las decisiones tomadas, el presidente del Cuerpo Colegiado efectuó diversas consideraciones, donde principalmente acordó con la defensa en cuanto a la severidad de las penas, dando una mayor responsabilidad a los acusados Rey y Abraham, quienes equipararon los merecimientos, según lo actuado por cada uno de ellos y teniendo en cuenta la edad, la antiguedad como policías y la experiencia en tal sentido.

  En definitiva, para Jorge Abraham y Diego Rey, los magistados determinaron una pena de cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento, mas el doble de tiempo de inhabilitación especial para cada uno. A Martín Solís le impusieron una pena de un año condicional, con inhabilitación de dos años y a Analía Di Gregorio, un año y dos meses, inhabilitándola para cumplir funciones por el término de tres años.

  Por su parte, el comisario Carlos Omar Sandoval, como responsable de encubrimiento, según lo expresado por el Tribunal, merecía un reproche mayor al de Di Gregorio, teniendo en cuenta el grado que ostentaba al ser titular de la comisaría cuarta. Así se le dió una pena de dos años en suspenso e inhabilitación por tres años.

  Si bien el Ministerio Público Fiscal, a través de César Zaratiegui solicitó la prisión preventiva para Abraham y Rey, los únicos con penas de cumplimiento efectivo, ante la oposición de la defensa, ejercida por Fabián Gabalachis y Gustavo Latorre, el mismo Tribunal acordó una vez mas con estos últimos, rechazando toda posibilidad de medida de coerción, considerando entre otras cosas, que las condenas no están firmes, ya que tienen la posibilidad de utilizar los recursos que les permite la debida apelación, de acuerdo a las normas dispuestas en ese aspecto.

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