En una colmada sala de audiencias ubicada en el sexto piso de tribunales, con mucho público en las adyacencias y un fuerte operativo policial, se dictó la resolución del tribunal de enjuiciamiento tras realizarse el juicio oral y público a raíz de los sucedido en la seccional segunda de policía en Trelew el día 18 de enero de 2012, donde resultó víctima el joven Maximiliano Almonacid, que contaba en ese momento con 16 años de edad.
Los jueces Marcelo Nieto Di Biase, Fabio Monti y Ana Laura Servent determinaron por unanimidad la culpabilidad de Aníbal Muñoz, a quien hallaron autor penalmente responsable de torturas en concurso real con vejaciones, artículos 45 y 55, 144 bis inciso 2 y 144 ter inciso 1ro. del código penal, indicando que no existe un concurso real con la figura de abuso gravemente ultrajante, tratándose de un concurso denominado por la doctrina como aparente, puesto que el tipo penal de torturas consume o agota el contenido prohibido del tipo de abuso.
En tanto, los magistrados encontraron culpables por vejaciones a Carlos Treuquil y Carlos Pato, artículos 45 y 144 bis inciso 2 del código penal, indicando que no se pudo acreditar la participación en los delitos endilgados de Sergio Castillo y Héctor Ortiz, resolviendo la absolución de los mencionados en este caso. Señalaron que cuando den a conocer las sentencias definitvas darán a conocer los fundamentos de lo resuelto y convocaron para la cesura o debate de pena a llevarse adelante el martes 26 a las 8,30.
En tanto, dadas las características y gravedad del delito que le cabe a Muñoz, la fiscal general María Tolomei solicitó la prisión preventiva del acusado, por entender que la expectativa de pena es de 8 a 35 años, y subsiste el riesgo de fuga a partir de la certeza determinada durante el juicio, a lo que adhirió el querellante Germán Kexel. Esto fue rechazado por los defensores de Muñoz, Gustavo Castro y Carlos Del Mármol, quienes dijeron que tal petición no estaba debidamente fundamentada, esgrimiendo la posibilidad de una medida sustitutiva para neutralizar ese riesgo.
Los jueces, luego de un cuarto intermedio, dieron a conocer sus votos haciendo valer los argumentos fiscales e imponiendo la prisión preventiva de Aníbal Muñoz, aunque los defensores solicitaron la nulidad de esa decisión entendiendo que se violaban normas del código procesal penal y los jueces habían tomado el lugar de los fiscales para argumentar. Tras otro breve cuarto intermedio, los doctores Di Biase, Monti y Servent indicaron que deberá convocar la oficina judicial a otros dos jueces para que revisen lo resuelto, manteniéndose por el momento la posición adoptada.
De esta manera, culmina el segundo juicio llevado adelante en relación a lo sucedido en la secciona segunda de Trelew, tras la denuncia presentada por los padres de la víctima en enero de 2012. Dejaron constancia los integrantes del cuerpo colegiado que existe una coherencia interna y externa en el relato de Maximiliano Almonacid, el cuál no se modificó con el paso del tiempo, valorando y dando relevancia a las pruebas presentadas durante el debate, y fijando como documentos importantes las pericias médicas expuestas oportunamente sobre las lesiones, principalmente en la zona anal de quien por aquel momento era menor.
Luego del primer juicio realizado durante 2013, donde los policías fueron absueltos, la parte acusadora impugno aquella sentencia emitida por los doctores Darío Arguiano, Ivana González y Adrián Barrios, accediendo en forma parcial la cámara penal del Superior Tribunal de Justicia, reenviando la causa para la realización de un nuevo juicio oral donde se juzgara lo actuado en el traslado de Almonacid en el móvil policial y lo ocurrido en el interior de la dependencia policial. Por otro lado, cabe recordar que otros tres integrantes de la fuerza, los policías Carballo y Bevaqua, además del médico de la fuerza Zaguis, habían acudido al instituto del juicio abreviado, reconociendo la participación en los episodios y recibiendo penas de hasta tres años mas el doble de inhabilitación como funcionarios públicos.