Trelew

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Caso Colihuinca: tres meses de prisión para quien se declaró autor del homicidio

Se realizó en sala de cámara penal ubicada en el sexto piso de los tribunales en Trelew la audiencia de control de detención, donde el Ministerio Público Fiscal presentó la imputación respecto a Brian Emanuel Huenchullan Muñoz, quien se había declarado como autor del homicidio de Rodrigo Colihuinca en un hecho ocurrido en el año 2012. La fiscalía estuvo representada por el fiscal general Fabián Moyano acompañado por la funcionaria de fiscalía Florencia Pallucchini, en tanto que la novedad estuvo dada en la representación legal del imputado que estuvo a cargo del abogado particular Facundo Bonavitta.

Hecho

De acuerdo al relato del doctor Moyano, se le imputa a Brian Emanuel Huenchullan Muñoz de 16 años de edad al momento de lo sucedido que el día 15 de marzo del año 2012 en horas de la tarde, con la finalidad de sustraerle elementos personales y no dejar rastros, ni testigos, ni evidencia que lo involucre, esto es para poder consumar el robo y lograr su impunidad, y actuando acompañado de al menos una o dos personas mas que hasta la fecha no se han podido identificar, interceptaron a Rodrigo Colihuinca en la calle Mosconi entre Soberanía Nacional y Julio A. Roca de Trelew, y allí con una evidente repartición de roles le quitaron la vida estrangulándolo con un lazo de tela y lo golpearon con un trozo de roca que fue secuestrada en el lugar y posteriormente con la utilización de un cuchillo lo decapitaron arrojando la cabeza por detrás de un paredón y le sustrajeron a la víctima una mochila con útiles escolares y un teléfono celular, el que fue recuperado en la vivienda de otra persona ya que fue activado tiempo después con otro chip.

Calificación

La calificación jurídia es de homicidio críminis causa en calidad de autor, artículo 80 inciso séptimo del código penal y artículo 45 del mismo código, sin perjuicio que en su momento se pueda ampliar el caso y quede en carácter de coautor. Se explayó posteriormente sobre las evidencias, mencionando los elementos colectados durante la investigación respecto de las pericias efectuadas y solicitó la apertura de investigación, para luego pedir la medida de coerción por los peligros de fuga y entorpecimiento.

Tres meses de prisión

Luego de escuchar a las partes el Juez Marcelo Nieto Di Biase rechazó la posibilidad de invalidar la declaración efectuada por el imputado en sede policial, ya que la defensa había utilizado tal argumento indicando que su cliente se había apersonado fuera de si habiendo consumido estupefacientes. Para el magistrado puede ser válida o no, pero no puede determinar su invalidez toda vez que la persona no fue coaccionada para hacerlo y por otra parte marcó la contradicción del defensor, ya que por un lado invalida los dichos por el estado en que se encontraba, pero por otro lado dice que no entorpecerá el proceso porque se presentó espontáneamente. Aseguró además, tal como lo hizo saber la fiscalía, que otro motivo que le da validez a sus expresiones son los detalles manifestados que solo podría haberlo hecho con una participación en lo sucedido, puesto que de otra manera no podrían conocerse. Es así que para el doctor Di Biase se puede considerar válido para imputar y determinar la apertura de investigación, ya que el Ministerio Público cuenta con esa declaración y con la cercanía del domicilio donde vive la familia Muñoz y el terreno donde fue encontrada la víctima. Enfatizó en la existencia del riesgo de fuga por la gravedad y expectativa de pena y por esta vez tuvo también en cuenta el entorpecimiento y resolvió la prisión preventiva de Bran Emanuel Huenchullan Muñoz por el término de tres meses, lapso en el cuál se evaluará la situación de acuerdo al avance de la investigación respectiva.

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