Trelew

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Caso de estafa con autos: confirmaron prisión preventiva para imputados pero por el término de tres meses

  Los Jueces Ana Laura Servent y Marcelo Nieto Di Biasse resolvieron confirmar la prisión preventiva para tres de los imputados en la causa donde se investigan diversos delitos cometidos en la comercialización de automotores, pero por el plazo de tres meses. La decisión fue adoptada tras otra extensa jornada que culminó cerca de las 22 del día domingo en la sala de la cámara penal, ubicada en el sexto piso de los tribunales.

  La revisión había sido solicitada el sábado por los defensores Oscar Romero, Federico Massoni y Javier Romero, una vez conocida la decisión del doctor César Zaratiegui, que procedió a la apertura de investigación imprimiendo el trámite de causa compleja y al determinar la prisión preventiva de los cuatro imputados por el término de seis meses.

  Cabe destacar que en la audiencia solo se revisó la situación de Roberto Nicolás, Patricia Sendín y Guillermo Nicolás, debido a que el defensor Oscar Romero debió viajar en forma urgente, por lo que solicitó la revisión sobre la situación de su cliente, Emiliano Nicolás, para los próximos días.

   El Ministerio Público Fiscal, representado por los fiscales generales María Tolomei y Marcos Nápoli , acompañados por el funcionario de fiscalía Enrique Kaltenmeier, expusieron los elementos que permitieron la respectiva imputación, para argumentar sobre las solicitudes efectuadas y que fueron tenidas en cuenta por el doctor Zaratiegui al momento de tener que resolver en el caso.

  Los defensores manifestaron los agravios que surgirían en la decisión adoptada por el Juez, entendiendo que no existen antecedentes respecto de sus defendidos, a la vez que cuentan con arraigo en la zona y no están dadas las condiciones para la existencia de un peligro de fuga ni un entorpecimiento, ya que una vez secuestradas las armas, no hay elementos para tener en cuenta esa situación, descartando las posibilidades económicas para tal fin.

Prisión preventiva por tres meses

  Sin embargo, los doctores Servent y Di Biasse repasaron la resolución del Juez Zaratiegui y observaron que la misma no puede más que ser confirmada, considerando que se ajusta al estado de derecho y no es arbitraria. Indicaron que no puede desconocerse lo que explica el magistrado en su resolutorio y manifestaron que los imputados son solventes económicamente y los medios económicos permiten llevar adelante acciones de fuga. Por otro lado también señalaron que si bien se secuestraron armas, se puede infuenciar sobre determinadas personas con o sin ellas.

   Queda evidenciada la probable autoría, prevista en el artículo 220 del código procesal penal y los parámetros analizados para endilgar los presuntos delitos alcanzan a todos por igual. Los dos jueces revisores al confirmar la prisión preventiva de Roberto Nicolás, Patricia Sendín y Guillermo Nicolás, evaluaron de todos modos que seis meses era un plazo excesivo, determinando que ese término deberá ser de tres meses, dando lugar a revisar la situación de los detenidos en ese tiempo, estimado por los magistrados como proporcional y razonable.

  El doctor César Zaratiegui, a instancias de la postulación efectuada por el Ministerio Público Fiscal, autorizó la apertura de investigación en los términos del artículo 274, ya que están dadas las condiciones cumpliéndose con los requisitos exigidos, a la vez que imprimió el trámite de causa compleja, de acuerdo al artículo 357 del código, debido a la pluralidad de hechos y tratándose de un  caso donde participaron varias personas en forma organizada. Confirmó la existencia del peligro de fuga, enumerando los elementos presentados por la fiscalía a través de la existencia de nueve hechos acumulados, viendo las características de los mismos, lo que afecta el orden público y la tranquilidad pública, la expectativa de pena que sería de efectivo cumplimiento y el daño causado.

  Expuso sobre el delito de asociación ilícita, artículo 210 del código penal, distinguiendo la existencia de esta figura delictiva con lo que se considera una banda y entendió que estaba presente el inciso segundo del artículo 222, peligro de entorpecimiento, por lo que los imputados podrían llegar a influir sobre víctimas y otras personas.

   El Juez había considerado excesiva la pretensión del Ministerio Público Fiscal de otorgar 18 meses de prisión preventiva, determinando la misma en seis meses, lo que ahora, luego de la revisión llevada adelante queda fijada en tres meses, tal lo resuelto por los Jueces Laura Servent y Marcelo Nieto Di Biasse.

 Imputaciones

  El Ministerio Público Fiscal atribuye a Roberto Nicolás hechos que se califican provisionalmente en los delitos de asociación ilícita en carácter de organizador, estafas reiteradas, cuatro hechos en concurso real entre sí en carácter de coautor, estafas reiteradas en carácter de coautor en concurso real con coacción, dos hechos, estafas reiteradas en carácter de coautor en concurso real con coacción agravada por el uso de armas, en carácter de autor, dos hechos en concurso real entre sí y tenencia ilegítima de arma de uso civil en carácter de coautor, un hecho.

  A Patricia Sendín se le endilgan la asociación ilícita, estafas reiteradas, ocho hechos en concurso real entre sí, en carácter de coautora, adulteración de documento privado, tres hechos en carácter de autora y en concurso real entre sí, tenencia ilegítima de arma de uso civil, en carácter de coautor, un hecho.

  Los hechos atribuidos a Guillermo Nicolás se califican en los delitos de asociación ilícita, en concurso ideal con estafas reiteradas, cuatro hechos en concurso real entre sí en carácter de coautor.

  Emiliano Nicolás, cuya situación en cuanto a las medidas de coerción aún debe ser revisada, está imputado por asociación ilícita, estafa en carácter de coautor, estafa en carácter de coautor, en concurso real con coacción, en carácter de autor.

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