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DEBERA PERMANECER EN PRISION HASTA EL JUICIO ORAL ACUSADO DE ABUSO SEXUAL

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Fue resuelto en audiencia de revisión

  En una audiencia de revisión, la Dra. Ivana González, jueza de la causa, junto a quien actuó como conjuez, Dr. Javier Romero, decidieron la continuidad de la medida de coerción dictada oportunamente contra una persona acusada de abuso sexual con acceso carnal en menor de 13 años, en el marco del artículo 119, 3er párrafo del Código Penal.    En primer término, el voto de la magistrada indica que se encuentran razonadamente fundados por la Sra. Fiscal, Dra. Susana Vilaseca, los presupuestos expresamente previstos en la legislación formal. La falta de arraigo, el antecedente corroborado de anteriores conductas procesales de no sometimiento voluntario al proceso en curso por parte del imputado, las graves consecuencias del hecho endilgado perpetrado contra una menor de edad y la expectativa de pena, sostienen la valoración del peligro procesal de fuga.   Considera la Dra. González que ninguna medida sustitutiva de las contempladas en el art. 227 del Código Procesal Penal evita razonablemente el peligro invocado, pues conforme la sana crítica, las constancias del caso no permiten así considerarlo. En este sentido, aduce que existen constancias de permanentes cambios de domicilios por parte del imputado, incluyendo traslados de una ciudad a otra y datos falsos o inexistentes sobre el tenor, la experiencia común, la psicología y la lógica inclinan a considerar que el imputado no permanecerá en el domicilio aportado en la ciudad de Rawson, ni se presentará voluntariamente al juicio oral y público, el cuál,  se encuentra muy próximo a su realización. En esto, se coincide con el Ministerio Público Fiscal, en la argumentación que refuerza el peligro procesal de fuga.   En esta misma línea, el Dr. Javier Romero en su voto explicó que la proximidad de la audiencia de debate, ya con fecha fijada y tribunal integrado, es un elemento objetivo más que permite interpretar que los peligros procesales subsisten y poseen entidad suficiente como para concluir válidamente que la medida debe proseguir.   De esta forma el Tribunal Colegiado de Revisión, habiendo alcanzado unanimidad resolvió mantener la continuación de la prisión preventiva que pesa sobre el acusado de abuso sexual, en orden a los fundamentos vertidos en cada uno de los votos.   El acusado, un hombre de unos 48 años, habría abusado de una niña de 11 años en un hecho ocurrido en septiembre de 2008, cuando sabiendo lo que hacía y conociendo la edad de la menor, la habría conducido en su vehículo particular hasta su domicilio en la ciudad de Rawson y una vez allí produjo el aberrante hecho. Para llegar a tal acreditación, el Ministerio Público Fiscal se basa en las pruebas periciales presentadas por los especialistas en el tema, además del testimonio de la niña.   Cabe destacar que en el momento de su aprehensión el actualmente detenido, quien estuvo defendido por el Dr. Javier Reuter, se encontraba fugado en la ciudad de El Bolsón, provincia de Río Negro, previéndose la realización del Juicio Oral para los primeros meses del año próximo.

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