Trelew

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Destrozó vivienda como inquilino y deberá reparar económicamente a la propietaria

Durante una audiencia desarrollada en sala de oficina judicial ubicada en tercer piso de los tribunales en Trelew, el Ministerio Público Fiscal representado por el fiscal general Gustavo Núñez acordó con las partes la aplicación del instituto de suspensión de juicio a prueba, previsto en el artículo 76 bis del código procesal penal en un caso de daño y hurto, a partir de los destrozos provocados por un inquilino en la vivienda que alquiló durante un determinado tiempo.

El hecho es el ocurrido el 4 de febrero de 2020 a las 14,20 aproximadamente cuando Mario Genaro Ramos, en aquel momento arrendatario de la vivienda sita en calle Pasaje Posadas de esta ciudad, previo a realizar entrega de las llaves del domicilio mencionado a su propietaria, sabiendo lo que hacía y con ánimo de menoscabar la propiedad ajena cortó caños de gas que correspondían al quincho, dejando tirados los mismos en el patio y provocando los siguientes daños: desprendimiento de mesada de cocina, rotura del mueble bajo mesada, rotura de espejo de baño, rotura de espejo de la puerta del placard de uno de los dormitorios y vidrio de ventana.

También en la misma fecha, hora y lugar consignados, Mario Ramos sin ejercer fuerza sobre las cosas se apoderó ilegítimamente de dos calefactores, una parrilla de hierro, un termotanque, un extractor de cocina, dos puertas de interior, un tanque de agua, un aire acondicionado, artefactos de luz y una llave de paso de agua. A su vez, pero esta vez ejerciendo fuerza el denunciado se apoderó de zócalos de cerámicos, un techo de chapa correspondiente a un quincho, varios metros de cañería de gas, rejas frontales y una puerta de reja de acceso peatonal. También se apoderó de las rejas de ventana frontal de la vivienda y de ventana correspondiente a la escalera de la casa.

La iniciativa de la probation fue informada por la defensora Zulma Manyauik y aceptada por la fiscalía y querella por parte de la víctima, representada por el doctor Fabián Gabalachis. La reparación hacia la propietaria consiste en el pago de 1.600.000 pesos y veinticuatro cuotas de 40.000 pesos cada una, teniendo en cuenta el delito calificado como daño, hurto y robo en concurso real en calidad de autor. Asimismo, el imputado deberá firmar cada tres meses en sede judicial, además de regirse por las reglas de conducta previstas en el artículo 27 bis del código procesal.

De acuerdo a la resolución de la Jueza Mirta Moreno, se hizo lugar a la suspensión de juicio a prueba, cuyas pautas tendrán una vigencia por dos años, cumpliéndose con los requisitos observados para la aplicación del instituto.

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