En una audiencia desarrollada en horas de esta mañana, las partes decidieron imponer el instituto de juicio abreviado, previsto en el artículo 355 del Código Procesal Penal, mediante el cuál quien estaba acusado reconoció los hechos endilgados en la correspondiente imputación, recibiendo una condena observada dentro de la escala penal correspondiente.
Se trata de un profesor de la localidad de Dolavon, acusado por el delito de grooming, artículo 131 del Código Penal, desempeñándose como docente de tecnología y ciencias naturales en la escuela Tir Haden, de 28 de Julio, ecuela a la que concurría la joven que resultara víctima, de 15 años, a la vez que el mencionado era director de la escuela nro. 781 de Dolavon, ciudad en la que reside la menor.
Es así, que sabiendo lo que hacía, conociendo el significado de su conducta y la edad de la joven, desarrolló una serie de actos perversos, aprovechando la condición de profesor, intentando beneficiarla con notas o trabajos, teniendo un trato preferencial al resto de sus compañeros. A tal fin, utilizaba la PC ubicada en su domicilio, o las existentes en los establecimientos educativos donde prestaba servicios, contactando a la menor en distintos horarios del día y la noche, sea que la víctima estuviera en su domicilio o mientras la misma se encontraba en la escuela.
De esta forma, le proponía encuentros en la institución educativa, como por ejemplo en la biblioteca o bien que la buscaría con una excusa para sacarla del aula. Del mismo modo, le sugería a la perjudicada encontrarse en su vivienda, a sabiendas que era el único que vivía en dicho lugar, para asegurarse la intimidad necesaria y tratar de aprovecharse. Otra de las formas de comunicación fue mediante el teléfono celular, utilizando el docente varios aparatos telefónicos con distintos números de abonados.
La fiscal general Silvia Pereira dio detalles sobre los hechos denunciados, señalando que se proponía una pena de dos años de prisión en suspenso, dentro de una escala penal que va de los seis meses a los cuatro años, sumándose a esto la prohibición de acercamiento, el concurrir dos veces a la oficina de ejecución penal y la prohibición para trabajar con menores dentro del período que dure la pena impuesta.
El defensor Fabián Gabalachis confirmó el acuerdo con la postura fiscal, en tanto consultado por el Juez César Zaratiegui, el acusado dijo conocer los alcances del juicio abreviado, reconociendo los hechos tal cuál fueran comunicados durante la audiencia. También se encontraba presente el denunciante, padre de la menor afectada, informando la fiscal, que aún sin ser un requisito obligatorio, aceptaba el acuerdo alcanzado.
El magistrado deberá resolver sobre lo expuesto en el plazo de tres días, considerando que se cumplen con los requisitos de rigor, el acusado no cuenta con antecedentes condenatorios y la pena es de carácter excarcelable.