Trelew

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El Ministerio Público Fiscal presentó acusación a involucrados en banda de abigeato y otros delitos

  Mas de noventa páginas conforman el escrito presentado por el Ministerio Público Fiscal, en el cuál se detallan los hechos imputados a un grupo de personas, a la que se denominó "banda de abigeato", vinculada además  con delitos investigados en el ámbito federal

   Mediante la fiscal general Mirta Moreno y el funcionario de fiscalía Gustavo Núñez, presentó la acusación correspondiente para los  involucrados en casos de presunta asociación ilícita, abigeato  y robo en poblado y en banda.

      Se investiga en el presente caso, el accionar criminal efectuado por un grupo de personas que en forma organizada y planificada han llevado a cabo una serie de hechos contra la propiedad, en zonas de chacras de las localidades de Gaiman, Dolavon, Rawson, teniendo como principal objetivo delitos de  “abigeato”, robo y/o hurto de ganador mayor y menor.

            Es a partir de las tareas de investigación llevadas a cabo por la Brigada de Investigaciones de esta ciudad, que dan cuenta que los hechos de referencia se vienen produciendo con asiduidad desde mediados del año 2012, que presentan características comunes y donde se repiten tanto los autores, la modalidad y patrones de conducta delictual.

            Que, de las intervenciones telefónicas efectuadas en relación al caso “RAIN MARIO EDUARDO P.S.A. INFRACCION A LA LEY 23.737 – TRELEW” (Expte. Nro. 324 F 127 año 2.013-P), con intervención del Juzgado Federal con asiento en la ciudad Capital de Rawson, y por la cual se llevara a cabo el procedimiento policial denominado “Verano Blanco”, surgieron escuchas telefónicas como asimismo mensajería de texto relacionados con diversos hechos contra la propiedad, especialmente de abigeato.

            Que,  de los datos obtenidos, en forma conjunta la Brigada de Investigaciones de la Policía de la Provincia del Chubut como la Brigada de Investigaciones de la Policía Federal, ha podido establecerse que en fecha que no puede ser precisada con exactitud, presumiblemente a partir de mediados del año 2012, y hasta el presente, un grupo integrado por al menos diez personas,  entre las que se encuentran Mario Rain (a) “gordo”,  Mariela Lefimi,  Rene Arraigada (a) “Remisero”; Daniel Figueroa (a) “Caballo”; Ernesto Alejandro Roberts (a) “Galenso”; Julio Otero (a) “Catunga”; Tulio Daniel Casal; Miguel Angel Sanchez, (a) “Tato, Tatin, Rene”; un menor (a) “Galensito”; (menor de edad), Juan Carlos Valenzuela, entre otros,  han combinado esfuerzos acordando tácitamente asociarse para cometer ilícitos indeterminados, dedicándose a la sustracción de ganado mayor y menor –abigeato- en zonas de Gaiman, Dolavon y Rawson, como al apoderamiento de distintos bienes contra propiedad, entre otros.

            Que esta banda delictiva cuenta con características distintivas, a saber:

            1°) Clara división de roles y funciones predelictivas (diagramación, inteligencia, logística, “informadores o dateros”, etc.), durante su iter criminal (a través de usos de medios de movilidad, participación de tres o más personas en cada hecho, rapidez en la ejecución, uso de herramientas para facilitar el sorteo de los medios de seguridad);

 2°) Medios y/o sitios seguros para ejecutar el atraco, ocultarse y/o asegurar sus resultados, esto es el uso de viviendas ajenas a sus propios domicilios –comúnmente denominados “aguantaderos”, 

            3°) La participación en el evento de menores de edad.

            4°) El objetivo común chacras de las zonas de Gaiman, Trelew y Rawson.

            5°) El apoderamiento de los animales se efectúa mediante arriado a corrales improvisados, en algunos casos utilizando de armas de fuego tipo rifle, procediendo en el lugar al faenado y posterior traslado en vehículos.

            6°)  Participación de los denominados “reducidores” de los distintos bienes mal habidos.

            7°) La existencia de Compradores o consumidores finales del producto mal habido, sea a particulares o locales comerciales como aquellos que se dedican a la venta de productos cárneos.

            8°) La permanencia en el tiempo, lo que ha generado capital dinerario a través de las ventas del ganado sustraído al mejor costo, y de esta forma invertirlo para la compra de estupefacientes, principalmente.

   En mérito a lo expuesto, a tenor del conjunto de elementos de cargo hallados en contra de los  imputados:

1) MARIO RAIN, Abigeato Agravado (9 hechos), Robo en Despoblado (2 hechos), Robo (5), Daño (1 hecho) , Tenencia de arma de fuego (2 hechos), Asociación Ilícita en carácter de Jefe, todo ello en concurso real, agravado por la participación de menor de edad (Art167 ter 2 parrafo, 167 quater inc 1 y 6°, 167 quinque párrafo 2°, 181, 189 bis, 210, 41 quater, 45 y 55 del CP).

2) DANIEL FIGUEROA Abigeato Agravado (2 hechos),  tenencia de arma de fuego (1 hecho), Robo en despoblado (1 hecho),   Asociación Ilícita en carácter de miembro, en carácter de autor, todo ello en concurso real, agravado por la participación de menor de edad (Art167 quater inc 1 y 6°, 167 ter párrafo 2, 189 bis, 210, 41 quater, 45 y 55 del CP).

3) ALEJANDRO ROBERTS Abigeato Agravado (1 hecho), Robo en Despoblado (1 hecho),  Daño (1 hecho) Asociación Ilícita en carácter de miembro, en carácter de autor, todo ello en concurso real, agravado por la participación de menor de edad (Art167 quater inc 1 y 6°, 167 quinque 2 parrafo, 167 inc 1, 181,  210, 41 quater, 45 y 55 del CP).

4) Un menor de edad: acusado por Abigeato Agravado (5 hechos), Robo (3 hechos), Asociación Ilícita en carácter de miembro, en carácter de autor, todo ello en concurso real, (Art167 quater inc 1 y 6°, 167 ter 2 parrafo, 164,  210,  45 y 55 del CP).

5)  RENE ARRAIGADA  Abigeato Agravado (4 hechos), Robo (2 hechos), Asociación Ilícita en carácter de miembro, en carácter de autor, todo ello en concurso real, agravado por la participación de menor de edad (Art167 ter 2, 167 quater inc 1 y 6°, 167 quinque párrafo 2,  164,  210, 41 quater, 41 quater, 45 y 55 del CP).

 6) JULIO OTERO Abigeato Agravado (2 hecho), Robo en Despoblado en carácter de partícipe necesario (1 hecho) , Robo,  Asociación Ilícita en carácter de miembro, en carácter de autor, todo ello en concurso real, agravado por la participación de menor de edad (Art167 ter 2, 167 quater inc 1 y 6, 164, 167 inc 1,  210, 41 quater, 45 y 55 del CP).

7)  TULIO CASAL Abigeato Agravado en calidad de partícipe necesario (1 hecho), Abigeato Agravado, Robo en calidad de autor, Asociación Ilícita en carácter de miembro, todo ello en concurso real, agravado por la participación de menor de edad (Art167 ter 2 parrafo, 167 quater inc 1 y 6, 164, 167 inc 1,167 quinque párrafo 2,  210, 41 quater, 45 y 55 del CP).

8) MARIELA LEFIMI: Robo en Despoblado (1 hecho) en carácter de partícipe necesario,  Asociación Ilícita en carácter de miembro, en carácter de autor, todo ello en concurso real, agravado por la participación de menor de edad (Art167 inc 1, 164, 167,  210, 41 quater, 45 y 55 del CP).

TRIBUNAL COMPETENTE

                          Teniendo en cuenta la pretensión punitiva, que en estos folios se pide para los imputados, corresponde que el Tribunal competente para entender en el mismo resulte ser colegiado (artículo 71 inc B-II) del CPP).

 

 DETERMINACIÓN DE LA PENA .

        Remitiéndome a las pautas mensurativas de los Arts. 40 y 41 del Código de fondo, a los fines de determinar la pretensión punitiva, tengo en cuenta la naturaleza del hecho, el medio empleado para su comisión, los motivos que lo llevaron a cometerlo, las circunstancias de tiempo, modo, lugar y ocasión en que el suceso tuvo lugar y finalmente la extensión del daño causado, provocando el mayor grado de inseguridad al operar de manera indiscriminada en el ambito de la ciudad.

 

 PRETENSIÓN PUNITIVA:

            En cuanto a la pretensión punitiva, el tipo penal escogido para encuadrar la conducta, teniendo en cuenta los antecedentes condenatorios de los encartados este MPF entiende que la misma no será inferior, para el caso de

1) MARIO RAIN, 9 años de prisión de efectivo cumplimiento, en atención a los antecedentes condenatorios.

2) DANIEL FIGUEROA 6 años de prisión de efectivo cumplimiento, en atención a los antecedentes condenatorios.

3) ALEJANDRO ROBERTS 6 años de prisión de efectivo cumplimiento, en atención a los antecedentes condenatorios.

4) Al menor de edad se le pide tratamiento tutelar por el término de 1 año.

5)  RENE ARRAIGADA  5 años de prisión de efectivo cumplimiento, en atención a los antecedentes condenatorios.

6) JULIO OTERO 6 años de prisión de efectivo cumplimiento, en atención a los antecedentes condenatorios

7)  TULIO CASAL. 6 años de prisión de efectivo cumplimiento, en atención a los antecedentes condenatorios

8) MARIELA LEFIMI 4 años de prisión de efectivo cumplimiento, en atención a los antecedentes condenatorios.

     Póngase la presente en conocimiento de la Oficina Judicial de Trelew, a efectos de que otorgue intervención en legal forma al juez penal, corra los traslados correspondientes y fije fecha para la celebración de la audiencia preliminar conf. Art 295 del CPP.

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