En una audiencia desarrollada en sala de oficina judicial ubicada en tercer piso de los tribunales en Trelew, el Ministerio Público Fiscal, a través de la fiscal general Carolina Marín y el defensor público Custodio Gómez, informaron sobre el acuerdo por el cuál Alexis Emanuel Arroyo aceptaba la posibilidad de aplicación del juicio abreviado en una causa donde se encuentra acusado de homicidio.
En tal sentido, la doctora Marín expresó que estaban dados los requisitos para la implementación del instituto previsto en el código procesal penal, al indicar que Arroyo no cuenta con antecedentes penales ni causa alguna en trámite, por lo que se estaba en condiciones de imponer una condena de ocho años de prisión, siendo esta pena la mínima establecida en el código para este tipo de delito. Consultado por el Juez Gustavo Castro, el imputado confirmó estar al tanto y aceptó la realización de este juicio abreviado con la pena mencionada.
. El hecho por el que se lo condena refiere a lo ocurrido el 26 de agosto de 2021 aproximadamente a las 19 en la zona de Pasaje San Luis entre Mitre Norte y Gardel de Trelew, cuando Arroyo mantuvo una discusión con su tío José Fabián Alvarado, que se fue intensificando de manera tal que el imputado terminó asestando cuatro puñaladas en la humanidad de Alvarado, dos de las cuales perforaron el pulmón y corazón, causándole la muerte. La calificación legal es la de homicidio simple, de acuerdo al artículo 79 del código penal.
Luego de escuchar a las partes el doctor Castro adelantó que homologará el acuerdo, por lo que confirmará en el término de cinco días la sentencia que impone ocho años de prisión para Alexis Emanuel Arroyo, que se encuentra cumpliendo prisión preventiva, por el delito de homicidio simple.