El Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general jefe Arnaldo Maza informó en una audiencia de revisión sobre las novedades dadas a través de las pericias realizadas, fundamentalmente la confirmación de rastros dactilares pertenecientes a Jorge Oscar Muñoz, de 33 años, presuntamente implicado en el robo perpetrado en el cajero del supermercado Carrefour, ubicado en 25 de mayo entre Corrientes y México de Trelew.
El fiscal señaló que dichos datos ya fueron informados a la defensa, ejercida por Abdón Manyauik, tratándose de rastros palmares que fueron confirmados como de Muñoz, que se encontraron en uno de los muebles del lugar, de difícil acceso al público. Aclaró el doctor Maza que aún restan realizarse pericias de ADN y también exámenes sobre el calzado, teniendo en cuenta los elementos recogidos, considerando que se fortalece la hipótesis sobre la participación del imputado, solicitando la mantención de la prisión preventiva que venía llevando adelante desde hace un mes.
La detención de Muñoz, alias "pichalao", se produjo luego de un seguimiento tras producirse el hecho entre las 23 del 6 de septiembre de este año y la madrugada del día siguiente. En aquellas circunstancias, según el relato del fiscal, habrían ingresado tres personas armadas, entre ellas el imputado, quienes permanecieron en un sector de mueblería, para actuar luego en el primer piso, donde cubriéndose los rostros amenazaron y sometieron al empleado de seguridad, a quien trasladaron y ataron en el baño de damas, dejándolo bajo vigilancia de uno de los actuantes.
Luego procedieron a llevar adelante tareas en el sector del cajero, para lo que habrían utilizado diversas herramientas, detalladas por el doctor Maza, entre ellas una maza y un taladro, logrando destruir el sistema de alarmas allí dispuesto. Una vez que accedieron al depósito, se hicieron de aproximadamente 653.400 pesos.
El hecho fue calificado como robo agravado por el uso de arma en poblado y en banda, artículos 166, 2do. párrafo en concurso con el 167, 2do y 3er párrafo del Código Penal, en calidad de coautor.
Una llamada telefónica efectuada por una persona que dijo haber escuchado una conversación, previa al suceso, donde planeaban un robo al cajero, forma parte de los elementos utilizados para llevar adelante otros procedimientos relacionados con la causa, complementado con rastros levantados en el sitio donde no hay acceso del público, confirmando allí la presencia de Muñoz. Por otro lado, en los allanamientos llevados adelante se secuestró un arma calibre 32, equipos de comunicaciones, taladros, guantes y calzado que guardaría relación con huellas también ubicadas en el sector.
La fiscalía indicó que estaba señalada la materialidad y probable autoría, exponiendo sobre el peligro de fuga y entorpecimiento, teniéndose en cuenta la gravedad del hecho, la expectativa de pena, que sería de 3 a 10 años en caso de condena y la posible influencia en declaraciones de testigos, para solicitar la prisión preventiva de Muñoz, al menos mientras dure la realización de medidas anunciadas, esto sería un mes.
El defensor Manyauik puso énfasis en aclarar los antecedentes penales de su cliente, informando que él mismo había cumplido una condena del año 2008, tratando de cambiar la calificación impuesta por el Ministerio Público Fiscal.
El Juez José García consideró que estaban dadas las condiciones para mantener la prisión preventiva, ya que nada ha variado en la situación del imputado, sino que se confirma el indicio de las huellas, lo que profundiza la probable autoría, dictando la medida de coerción por un mes, sin perjuicio que si finalizan antes las medidas restantes a realizar, pudiera llevarse adelante una nueva revisión.
Sin embargo, el defensor que había pedido la libertad para su defendido, solicitó una revisión por dos jueces de la resolución de García, la que se llevó adelante con los doctores Sergio Piñeda y César Zaratiegui, quienes luego de oír a las partes respecto a las fundamentaciones esgrimidas para cada postura, decidieron confirmar lo resuelto por el magistrado natural de la causa, quedando vigente la prisión preventiva por el término de un mes.