Trelew

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Quedó en prisión preventiva por robo agravado en perjuicio de anciana

  En la sala primera del tercer piso de tribunales se llevó adelante la audiencia de control por un hecho ocurrido el 5 de julio cerca de las 22 en un domicilio de la calle A.P.Bell en esta ciudad, siendo imputado Cristian René Almendra, quien registra además diversas condenas como antecedentes.

Hecho

  El funcionario de fiscalía Rubén Kholer informó que el día y hora mencionados, el imputado sabiendo lo que hacía y con intenciones de hacer mella de la propiedad ajena previo sobrepasar un paredón de 2,33 metros de altura y ganar el patio de la vivienda, arrancó una reja de color blanco de aproximadamente 1,50 por 160 metros, que se encontraba amurada a una ventana en sus cuatro puntos. Seguidamente ingresó con su rostro cubierto a la casa, sorprendiendo y reduciendo a su propietaria, una mujer de 81 años que estaba sola, procediendo a atarla con una campera de hilo negro y advirtiéndole que se quedara sentada en el comedor bajo amenazas de conducirla al baño.

  En esas circunstancias, y mientras el intruso buscaba elementos en una de las habitaciones, aprovechando un descuido, la damnificada logra comunicarse telefónicamente con una familiar alertando de la situación, y es ella la que logra avisar a personal policial que llega al lugar, poniendo en fuga a Cristian Almendra. Intenta huir por los patios traseros tras escalar nuevamente el paredón, sustrayendo la suma de 71.500 pesos mas otros elementos de valía, para ser aprehendido posteriormente en calle Ameghino al 500, secuestrándose en el sitio una pulsera presuntamente también perteneciente a la víctima.

Calificación

  El doctor Kholer señaló que la calificación provisional escogida es robo agravado por haber sido cometido con escalamiento y con efracción, artículos 167 incisos 3 y 4 que remiten al 163 y 45 del código penal, y estará a cargo de la investigación la fiscal general Silvia Pereira, pidiendo la apertura de investigación, según lo establecido en el artículo 274. Añadió que existe la plena convicción para sostener razonablemente la probabilidad, a partir de los dichos de la víctima y testigos que describieron y vieron a la persona cuando intentaba irse del lugar, detallando fehacientemente la forma en que estaba vestida, además de prácticamente cruzándose con la persona cuando emprendía la huida.

Antecedentes

   Pero también agregó los antecedentes que registra Cristian René Almendra, con una sentencia condenatoria del año 1998 por un robo agravado a una distribuidora, otra condena con fecha 1 de octubre de 2001 por privación ilegítima de la libertad y otros delitos, una sentencia condenatoria el 20 de septiembre de 2010 por abuso sexual a menor de edad con ocho años de prisión en juicio abreviado dictada por el doctor Barrios y una resolución de condena del año 2014 por un robo sucedido el 25 de marzo de 2013 con una pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, habiendo sido perjudicada también una mujer. El 11 de junio de 2014 el doctor César Zaratiegui determinó la unificación de pena respecto de Almendra, condenándolo a diez años de prisión manteniendo la condición de reincidente.

Solicitud fiscal

  El Ministerio Público Fiscal entiende que existe el peligro de fuga, teniendo en cuenta las circunstancias del hecho, la vulnerabilidad de la víctima, una mujer de 81 años sola en su hogar y los procedimientos llevados adelante por el imputado para poder ingresar a la vivienda. La pena para este tipo de delitos tiene una escala de tres a diez años, siendo de efectivo cumplimiento y no admite condicionalidad, sumado a los antecedentes. Por otro lado, restan medidas a llevar adelante, tales como reconocimiento de objetos y la declaración en anticipo jurisdiccional de quien resultó víctima, por lo cuál el funcionario de fiscalía expuso que la medida de coerción no podía ser menor a los tres meses de prisión preventiva.

Argumentos defensivos

  Por su parte, el defensor Lisandro Benítez no puso objeciones a la apertura de investigación, pero indicó que su defendido no fue violento al actuar, ya que no la golpeó e incluso pudo llamar por teléfono. También rechazó que sean tenidos en cuenta los antecedentes ya que los mismos no pueden ser merituados en esta etapa del proceso y deberían ser cuestiones a resolver en una instancia de juicio. Especuló con que no existe el peligro de fuga, pudiéndose neutralizar cualquier riesgo con medidas sustitutivas a una tan gravosa como la prisión.

Tres meses de prisión

  Oídas que fueron las partes, el Juez Sergio Piñeda anunció la apertura de investigación, de acuerdo a lo informado y calificado por el Ministerio Público Fiscal, y aseveró que se encontraban dadas las condiciones para el dictado de la prisión preventiva, por lo que valoró los testimonios obtenidos. Además existe el peligro de fuga, artículo 221 inciso 2, por las características del hecho ya que se trata de una persona mayor, de 81 años, con un grado de vulnerabilidad alto y fácil de dominar, además de confirmar que la pena no puede ser de ejecución condicional por la cantidad de sentencias condenatorias.

  En consecuencia dispuso la prisión preventiva por el plazo de tres meses, y ordenó el secuestro de las pertenencias del imputado, dado que entre ellas se encontraría lo sustraído, además de la requisa y el secuestro de la vestimenta que lucía al momento de la audiencia Cristian René Almendra.

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