Trelew

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Se procedió a la apertura de investigación con medida de coerción para imputado de homicidio

  En horas del mediodía se llevó adelante la audiencia de control en la que se imputó a Benito Antonio Romero Acuña el delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, en perjuicio de Marcos Cisterna, hecho ocurrido el 25 de noviembre cerca de las 20, de acuerdo al relato de la representante del Ministerio Público Fiscal, la funcionaria Mónica Carlassare, quien estuvo acompañada por Anya Puchetta.

  En la sala 2 del tercer piso de tribunales, la funcionaria expresó que aquel día el imputado se habría acercado con un arma calibre 22 a una zona ubicada en Gobernador Costa y Dolavon, barrio Inta de Trelew, encontrándose Marcos Cisterna bebiendo cerveza con unos amigos. El agresor extrajo el arma y apuntó directamente a la cabeza de la víctima diciendo: "que te pasa, que te pasa a vos...", para luego descerrajarle al menos dos disparos, lo que causó la muerte del jóven.

Entrevistas

   Los elementos presentados como indicios para determinar la autoría de Romero Acuña tienen que ver con las actuaciones policiales, de donde se desprenden varias entrevistas que indican la forma en que pudieron observar el desarrollo de lo acontecido. También se informó que la autopsia respectiva determinó dos orificios de bala, uno en la parte encefálica y otro en el tórax, certificando una hemorragia severa que concluyó con el deceso de Cisterna.

  Entre los entrevistados hay quienes ratifican lo dicho por el presunto imputado, a la vez que también dejan entrever sobre manifestaciones previas de la víctima, en el sentido de haber tenido algún altercado con una persona,  a la vez de manifestar que alguien seguro lo iba a venir a buscar.

  El Ministerio Público Fiscal señaló que los dichos recogidos en las entrevistas marcan una probabilidad de autoría, a la vez de fundamentar sobre los peligros de fuga y entorpecimiento, remarcando las características del hecho, la expectativa de pena de cumplimiento no condicional, el uso de un arma aún no hallado, la frialdad del imputado para actuar y el riesgo corrido por terceras personas. También pidió se permita tomar anticipo jurisdiccional de prueba en cámara gessel, previendo el testimonio de un menor de 15 años.

  En consecuencia, solicitó la apertura de investigación por el delito enmarcado en los artículos 79 y 41 bis del código penal, alegando en la necesidad de una prisión preventiva por el término de cuatro meses. Por otro lado, expuso sobre la necesidad de realizar ruedas de reconocimiento y otras medidas con posibles testigos.

Defensa

  El defensor, Lisandro Benítez, si bien no se opuso a la apertura de investigación, rechazó categóricamente la probable autoría de su defendido indicando que en las entrevistas se pueden notar ciertas contradicciones, no sirviendo como elementos de probabilidad. Pidió la libertad de su cliente, y subsidiariamente, si la jueza lo estimaba, la realización inmediata de ruedas de reconocimiento y la prisión hasta ese momento, en que se revisaría nuevamente la situación.

Prisión preventiva

  La Jueza Patricia Asaro resolvió la apertura de investigación bajo la calificación fijada por la fiscalía por el plazo legal de seis meses, considerando que en los dichos de entrevistados esta fundamentada la probable autoría, y entendió que se daban los riesgos de fuga y entorpecimiento, para determinar una prisión preventiva de un mes, es decir hasta el 27 de diciembre.

  En ese lapso se llevarían adelante los procedimientos informados por el Ministerio Público Fiscal, y autorizó el anticipo jurisdiccional de prueba con el testimonio del menor, tal lo pedido oportunamente.

Aspecto general de audiencia de control por homicidio

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