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SE RECHAZARON SOLICITUDES DE SOBRESEIMIENTOS Y SE ELEVO A JUICIO ORAL Y PUBLICO EL CASO DE HOMICIDIO DE ANA FONTANA

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Son tres los acusados involucrados en el hecho La Jueza, Dra. Ana Laura Servent, resolvió elevar a juicio oral y público el caso en el que se investiga el homicidio de la docente jubilada de Gaiman, Ana María Fontana, ocurrido entre el 21 de agosto y 7 de septiembre de 2009, fecha en que fue encontrado su cuerpo en inmediaciones de la ruta 8, camino a Telsen.  La magistrada decidió, de acuerdo a la lectura resolutoria, rechazar los sobreseimientos solicitados por los defensores de René Arriagada y Jorge Domínguez.   A partir de esta elevación a juicio, se da lugar a la acusación efectuada por Fiscalía, en la que se enrostra a Diego Armando Domínguez y Jorge Daniel Domínguez el delito de Homicidio Calificado, en carácter de coautores (arts. 80, inciso 7mo., 45 y 55 del Código Penal. En tanto René Arriagada será juzgado públicamente por homicidio calificado, en carácter de partícipe secundario (arts. 80 inciso 7mo., 46 y 55 del Código Penal).   Con relación a este último, el Ministerio Público Fiscal ofreció como imputación alternativa de los hechos que se endilgan, la figura penal de Encubrimiento Agravado, en carácter de autor (arts. 277 inciso 1B en inciso 3 A, 45 del Código Penal), lo cuál fue aceptado por la Jueza en su decisión.   El Doctor Fabián Gabalachis había pedido el sobreseimiento del remisero de Gaiman, René Arriagada, al entender que no existían elementos que involucraran a su cliente, mientras el Dr. Abdón Manllauix, a su vez hizo lo propio con su cliente Jorge Domínguez. También fue rechazado el cese de la medida de coerción que había sido solicitado por la Dra. Angélica Gómez Lozano para su representado, Diego Domínguez, quien junto a su hermano deberán permanecer en prisión, al  menos hasta la realización del Juicio.  La magistrada determinó que la Oficina Judicial deberá abocarse a la conformación del Tribunal de enjuiciamiento, de acuerdo al artículo 71 del Código Procesal Penal, y a partir de allí se impondrá la fecha de realización del debate. Consideró además como admisibles las pruebas presentadas por las partes.

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