Trelew

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EN UN JUICIO ABREVIADO LE IMPUSIERON OCHO AÑOS DE PRISION A UN ACUSADO POR TENTATIVA DE HOMICIDIO

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Se le acumularon dos hechos   Una audiencia preliminar presidida por la Doctora Ivana González, derivó en un Juicio Abreviado, con acuerdo de las partes, por lo que debió ampliarse el número de Jueces, agregándose los Doctores Alejandro Defranco y Fabio Monti, debido al monto de la pena establecida, que alcanzó los ocho años de prisión. El condenado resulta ser Héctor Javier Millapi, de 36 años, a quien se le acumularon dos hechos por tentativa de homicidio, a la vez que el Juez de Ejecución de pena deberá establecer el tiempo que deberá permanecer en prisión, teniendo en cuenta los antecedentes y que al momento de los delitos traídos a este juicio se encontraba gozando de libertad condicional.   El Doctor Arnaldo Maza, en subrogancia de la Dra. Mirta Moreno, junto a la Funcionaria Fiscal, Dra. Mariela Wild, informaron al Tribunal acerca de los sucesos por los cuales se acusa al detenido. La primera de ellas refirió a un hecho ocurrido el 17 de mayo de 2009, cuando Millapi le asestó puñaladas en distintas partes del cuerpo a Gustavo Aballay, reaccionando violentamente luego de haber derrapado el auto que conducía el último en la intersección de Avenida de los Trabajadores y Ruta Nacional Nro. 25. La víctima pudo dar aviso a la policía y luego fue internada con lesiones de diversa consideración.   El otro hecho fue el que tuvo lugar el 24 de octubre de 2009, siendo alrededor de las 23,30, cuando el imputado Héctor Javier Millapi se levantó del lugar que ocupaba en la barra de un bar, ubicado en San Martín al 1700 de Trelew y se dirigió al baño. Fue cuando regresaba que se acercó hacia donde se encontraba Paulo Pazos, y sin mediar palabra alguna, le apuntó con un arma de fuego que portaba, presumiblemente calibre 32, y encontrándose a una muy corta distancia efectuó un disparo que impactó en la zona de la cabeza, causando graves heridas.   A partir de allí, la víctima cae al piso y sin posibilidades de defenderse, el imputado continuó con su agresión aplicándole golpes de puntapiés en su cuerpo, para luego retirarse del lugar a bordo de un vehículo color blanco, según los testimonios.    Ambos episodios descriptos se encuadran en la figura de tentativa de homicidio en carácter de autor, previsto y reprimido en los artículos 79, 42, 41 bis y 45 del Código Penal.   El representante de la defensa, Dr. Matías Cimadevilla, acordó aceptar la imposición de ocho años de prisión, ante el reconocimiento efectuado por su cliente ante el Tribunal, que finalmente homologó el mismo. Por otra parte, el defensor insistió en la necesidad de llevar adelante un tratamiento sicológico ambulatorio, cosa que había resuelto el Juez Barrios en una Audiencia anterior, a la vez de efectuar otras solicitudes que los Jueces resolvieron que sean expuestas en una audiencia futura, mientras que la acumulación de penas, llevará a una fijación única por parte de un Juez a designar que entender la ejecución de la misma.

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