Trelew

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Sorpresiva internación de un acusado que estaba siendo juzgado pone en duda continuidad del juicio

  En los tribunales de Trelew se estaba llevando adelante un juicio oral y público, donde el acusado Ariel Rojas enfrentaba una imputación por el delito de homicidio simple agravado por el uso de arma, en perjuicio de Miguel Angel Salazar, ocurrido en una zona del barrio San Martín de Trelew el día 3 de febrero de 2013.

  En el cuarto día del debate, tras haber depuesto cerca de 20 testigos, el tribunal y las partes se encontraron con la ausencia de Rojas, informando luego la doctora Ivana González sobre la existencia de un certificado donde constaba un problema de salud serio que afectaría uno de sus pulmones, teniendo que ser internado en forma urgente.

  El fiscal Fabián Moyano se mostró sorprendido por la situación, pidiendo que se solicite a los médicos  que atienden a Rojas un informe diario con la evolución del paciente, sumándose en tal sentido el querellante particular Abdón Manyauik. En tanto el defensor Gustavo Latorre dijo que extraoficialmente sabía de algún problema de su cliente pero no tenía información concreta, enterándose también en el recinto del parte anunciado, acordando con la fiscalía y querella sobre la necesidad de los informes.

Las normas y la suspensión

   El problema se suscita en lo fijado por las normas, mas precisamente el artículo 316 del Código Procesal Penal que explica: "el tribunal decidirá la suspensión del debate, por resolución fundada, cuando alguna catástrofe o algún hecho extraordinario tornare imposible su continuación... siempre que la suspensión exceda el plazo máximo fijado, todo el debate deberá realizarse nuevamente. El tribunal se integrará con otros jueces cuando fuere necesario preservar su imparcialidad..."

  Esto significa que en caso de mantenerse lo dispuesto por más de diez días, el juicio oral y público, del cuál había transcurrido ya gran parte, restando solo la convocatoria de dos testigos, el ofrecimiento de prueba y los alegatos, puede caerse, dando lugar a la convocatoria de un nuevo debate, el cuál debería realizarse con un nuevo cuerpo colegiado, con todo lo que ésto significa. En este juicio, los jueces eran Ivana González como presidenta, acompañada por Adrián Barrios y Sergio Piñeda como vocales.

Explicación a familiares

  El fiscal general Fabián Moyano le pidió a la doctora González si podría explicar a los familiares de la víctima, presentes en el recinto sobre el particular, a lo que la Jueza agradeció resaltando del fiscal su excelencia como persona y profesional, al permitir dirigirse a los afectados, indicándoles que es imposible la realización de un juicio sin la presencia del ajusticiado democráticamente, y las leyes así refieren, manifestando que sostener la suspensión en el término fijado por el código implica la necesidad de que todo deba recomenzar con las complicaciones que ello implica.

  Lo sorprendente es que el juicio se desarrolló sin inconvenientes durante los días 27, 28 y 29 de noviembre, con activa participación del imputado, y el 2 de diciembre cuando fueron convocadas nuevamente las partes, enterarse de esta imposibilidad

El hecho

 El día 3 de febrero del año 2013, momentos previos a las 20:20 hs. aproximadamente, en circunstancias en que Miguel Angel Salazar se presentó en compañía de su pareja en el Kiosco que gira bajo la razón social Ta Te Ti, sito en calle Crucero General Belgrano 236, (esquina Santiago del Estero ), Barrio San Martin con el objeto de comprar cigarrillos y galletitas.

  Son atendidos por Ariel Rojas, quien le recrimina a Salazar una deuda que supuestamente tenía su hermano, concretamente le dijo “...Todos Uds. son lo mismo...vos y tu hermano son la misma mierda y ese gil me deba plata, y alguno de los dos va a tener que pagar...” En esas circunstancias se origina una discusión entre Miguel Salazar y Rojas, lo que motivó la intervención de su concubina, quien tomó del brazo a la víctima y lo condujo hacia la esquina. En ese momento el encartado sale del Kiosco y dirigiéndose a Salazar, le manifiesta “Puto, cornudo...te voy a matar a tu hija...”, lo que provoca la reacción de la víctima que vuelve hacia el Kiosco donde se encontraba el victimario, y cuando se encontraba a una distancia aproximada de dos metros, el encartado munido con un arma de fuego, sabiendo lo que hacía, conociendo el poder vulnerante del arma de fuego que portaba  y con la clara intención de provocarle la muerte, efectúa varios disparos en dirección a la humanidad de Salazar, impactando algunos de ellos en zona craneana y pectoral, lo que le produjo lesiones a nivel encefálico y cardiaco, y su fallecimiento en forma casi inmediata.

Posiciones de las partes

   El fiscal Moyano anunció que la calificación era homicidio simple agravado por uso de arma, adhiriendo en tal sentido el querellante Manyauik. El defensor había mencionado que no se objetaba la materialidad y no había discusión sobre la utilización de un arma de fuego, pero que justificaría durante el debate el accionar de su defendido.

   El delito esta enmarcado en los artículos 79, 41 bis y 45 del Código Penal y tiene una pena que va de los 10 años y 8 meses a los 25 años de prisión.

El fiscal general Fabián Moyano

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