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Trelew

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Una mujer fue imputada y quedó en prisión por homicidio agravado

En una audiencia de control de detención desarrollada en sala de oficina judicial, tercer piso de tribunales en Trelew, durante las últimas horas de la tarde del domingo, el Ministerio Público Fiscal representado por el fiscal general Enrique Kaltenmeier imputó a Elida Viviana Antenado por un hecho de homicidio agravado en perjuicio de quien era su pareja conviviente Fabián Pereyra.

Según lo relatado por el fiscal el hecho ocurrió el sábado 7 de mayo cerca de las 5 de la mañana en una vivienda ubicada en calle José Mármol de esta ciudad, cuando la mencionada le propinó una estocada a su pareja con un cuchillo de grandes dimensiones, lo que provocó una profunda herida que comprometió varios órganos y derivó en su posterior muerte. Comentó que la víctima pudo salir tambaleando del lugar y recorrió varios metros hasta la casa de un vecino ubicada al frente, donde pidió ayuda. Fue así que quienes lo atendieron observaron que estaba seriamente lesionado y se desvanecía, por lo que llamaron a la policía y la ambulancia, que tardaron quince y cuarenta minutos respectivamente, falleciendo cuando se lo trasladaba al hospital. La policía siguió el hilo de sangre que fue dejando en su recorrido Pereyra y de esa manera accedió al domicilio en cuestión, encontrando a Antenado junto a otra persona.

La calificación legal es homicidio agravado por el vínculo, artículo 80 inciso 1ro. del código penal y quedará a cargo de la investigación el fiscal Arnaldo Maza. Pidió la apertura de investigación por el plazo legal de seis meses y solicitó el mismo lapso de prisión preventiva, al argumentar sobre los peligros procesales de fuga y entorpecimiento. Además enfatizó sobre los elementos colectados para determinar la autoría de la imputada, destacando los testimonios dados por personas cercanas y otras que estuvieron al momento del incidente, aún sin haber observado lo ocurrido.

Posteriormente, la defensa ejercida por Flora Mollard negó el protagonismo como imputada de su defendida y remarcó que la fiscalía debería investigar mas profundamente lo ocurrido, dado que había otros individuos en el sitio. Si bien no se opuso a la apertura, consideró que no había peligro de entorpecimiento y sugirió que en caso de dictarse medidas coercitivas, las mismas sean de carácter domiciliario.

En su resolución, la doctora Ivana Gonzáles dispuso la apertura de investigación y estimó que el descargo efectuado por la defensa no resulta suficiente confirmando la existencia del peligro de fuga, fundado en el artículo 221 inciso 2do., donde se tiene en cuenta la característica grave del hecho y una expectativa de pena que será de efectivo cumplimiento. Observó que de acuerdo a la autopsia y las pericias realizadas no existía ningún signo visible de que pudiera ser una estocada defensiva. El hecho está basado en la mas grave de las acciones humanas posibles y se establece una relación entre la acción y la consecuencia que es la muerte. Valoró los elementos y subrayó el testimonio de dos personas, que sin vinculación alguna con la pareja o con las otras personas presentes, dicen que Pereyra alcanzó a decir quien lo había apuñalado, y decidió de esta manera la prisión preventiva de la imputada por el tiempo que dure la investigación, en principio sería por el término de seis meses.

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