Comodoro Rivadavia

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Admiten la constitución de la Defensa Pública como querellante

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Audiencia de constitución de querellante por vejaciones

Se realizó en la sala de audiencias de los Tribunales Penales locales el acto por el cual se dispuso tener como querellante a la Dra. María de los Ángeles Garro, abogada adjunta de la Defensa Pública, en la causa que investiga el Ministerio Público Fiscal acontecida el pasado 8 de agosto del presente año en el Casino de la calle Rivadavia al 1900 de nuestra ciudad. Presidió el acto el Dr. José Rago, Juez Penal de la circunscripción, en representación de la Fiscalía actuó la Dra. Ana Carolina Lovera, Funcionaria de Fiscalía y estuvieron también presentes en la sala la madre de la víctima y otro familiar que la acompañó. La causa se encuentra en la etapa de investigación preliminar y todavía no posee formalización. En el inicio de la audiencia, luego de la presentación de las partes, el Juez penal le concedió la palabra a la Dra. Garro quién se presentó como parte querellante en la causa en representación de la víctima y su madre. Se refirió al hecho investigado ocurrido el pasado 8 de agosto cuando la víctima y un amigo se reúnen a jugar con su madre en el interior del casino de la calle Rivadavia. Luego se retira del lugar su madre y seguido su amigo. El damnificado sigue jugando hasta el momento que se le acerca el Jefe de Sala de Juegos junto a un efectivo policial y le refieren que debía retirarse por las risas y gritos de festejo. Les solicita que le dejen llevar su campera y que le cambien los tickets por dinero en efectivo que había ganado; sin embargo lo obligan a salir del recinto sin sus pertenencias. Siente un fuerte golpe en la espalda y se desvanece. Se despierta tirado en la vereda del Casino y logra ver a tres policías alrededor suyo, uno de ellos encapuchado, que le propinan golpes en todo su cuerpo. Logra huir como puede hasta el domicilio de un conocido cerca del lugar y luego aparece refugiado en un automóvil estacionado en la vía pública. Asimismo argumentó que están reunidos todos los requisitos para la constitución como parte querellante ya que así lo establece la Ley en cuanto a la Defensa Pública que la autoriza a presentarse en “representación en causa penal de cualquier víctima de tortura, tratos crueles, inhumanos y/o degradantes”. Por su parte la Funcionaria de Fiscalía acompañó la presentación de la Defensa Pública como parte querellante en la causa basándose en los mismos argumentos ya citados. Finalmente el Juez Penal dispuso tener como parte querellante a la Dra. Garro en representación de la víctima y su madre.

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