Comodoro Rivadavia

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Audiencia de control de detención y formalización por el homicidio de Omar Salpu (video)

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[youtube]http://www.youtube.com/watch?v=0kh6wGQSFnk[/youtube] El hecho investigado aconteció el pasado 16 de enero de 2011, siendo aproximadamente las 07:00 horas, cuando se produce una discusión fuera del local bailable “Gigante”, sito en calle Ameghino, entre calles Alem y Alvear de esta ciudad, siendo dispersados los intervinientes por personal policial que se encontraba en el lugar cubriendo adicional, motivando así que el grupo en el que se encontraba la víctima –Omar Alejandro Salpu- se alejara del lugar por calle Alvear, y el otro grupo antagónico en el que se encontraba el imputado lo hiciera por calle Alem. Al llegar la víctima y sus amigos a Avda. Rivadavia y comenzar a caminar por la misma hacia calle Alem fueron interceptados por Navarro y el grupo que lo acompañaba, de aproximadamente quince a veinte personas, quienes les arrojaron piedras y botellas persiguiéndolos. En tal ocasión y mientras los agredidos huían del lugar, el imputado en proximidades de calle Rivadavia y Alem, sobre el boulevard allí existente, se acercó a Omar Alejandro Salpu que se encontraba con su novia y otros amigos, y mediante la utilización de un arma blanca le asestó una puñalada en el pecho del lado izquierdo, acometiendo asimismo a otra de las personas que se encontraba con la víctima para posteriormente emprender la huída. La víctima herida caminó por calle Alem hacia calle San Martín huyendo de las agresiones y ya casi a una cuadra del lugar donde resultara lesionado cayó al piso, allí fue auxiliado por su novia y las personas que lo acompañaban y trasladado en auto particular al Hospital Regional, ingresando a cirugía y falleciendo posteriormente a las 12:45 horas de aquel día. A raíz del hecho la víctima sufrió una herida penetrante en hemitorax izquierdo, espacio intercostal que lesiona pulmón izquierdo en lóbulo inferior, ventrículo izquierdo y arteria coronaria, que derivó en un shock hipovolémico y su fallecimiento en el Hospital Regional, según las conclusiones de la autopsia realizada a la víctima. El imputado accedió a hacer ejercer su derecho a declarar, reconociendo que tuvo un problema esa noche en Gigante y que se “defendió de un ladrillazo en la cabeza”, pero negando haber tenido un arma. Por su parte el Dr. Cabral se refirió a la legalidad de la detención, ya que fue ordenada por un Juez Penal, “de acuerdo a los elementos de convicción que existen en el legajo”. También solicitó la prisión preventiva del imputado basando su requerimiento en los “peligros de fuga y entorpecimiento de la investigación”; y la “existencia de elementos de convicción suficientes para sostener que el imputado es con probabilidad, el autor o partícipe del hecho”. Mencionando diversas entrevistan que obran en el legajo de personas que sindican al imputado como el autor del hecho. En contraposición la Dra.Silvia García Vilte, defensora particular, solicitó la libertad de su pupilo “ya que no tiene antecedentes penales ni causas en trámite” y porque no coincide con la descripción mencionada por el Fiscal. Aludió a que si defendido “no tiene motivos para entorpecer la investigación ni darse a la fuga, ya que es inocente”, solicitando su libertad y en forma alternativa la prisión domiciliaria.

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