Juicio oral y público por administración fraudulenta agravada
En la sala de audiencias de la Cámara del Crimen se llevó a cabo un debate oral y público en el que se ventiló un hecho ocurrido en perjuicio de la Administración Pública Municipal el pasado 14 de abril de 2008 cuando luego de un arqueo se detecta un faltante de efectivo. Presidió el acto la Dra. Mariel Suarez, Juez Penal; el Dr. Marcelo Cretton, Fiscal General por el Ministerio Público Fiscal y la Dra. Luciana Ferreira en representación de Damián Barrientos, quién se desempeñaba en esos momentos como “cajero pagador” contratado del Municipio. Declararon seis testigos que en aquel momento tuvieron conocimiento del hecho y que prestaban funciones en la corporación Municipal; también un testigo que brindó detalles de su labor pericial contable. Luego de incorporada la prueba documental, Barrientos prestó declaración negando el hecho. En la etapa de los alegatos el Dr. Marcelo Cretton solicitó el juzgamiento del imputado encuadrando su conducta en los delitos de administración fraudulenta y alternativamente calificó al hecho como estafa y por último lo tipificó en el delito de hurto. Fundamentó en su exposición como encuadraba la conducta de Barrientos en cada una de las figuras aportando jurisprudencia al respecto solicitó la pena de dos años de prisión. La defensa admitió la materialidad del hecho pero no compartió la visión del Fiscal en cuanto a la autoría del hecho, o sea al apoderamiento del dinero por parte de su defendido. “El acceso a los fondos no era exclusivo de su asistido” afirmó, cuestionando también la “inexistencia de arqueos diarios”. Solicitó la absolución de su defendido por el “beneficio de la duda”. Finalmente, luego de un cuarto intermedio, la Juez Penal condenó a Barrientos a la pena de dos años de prisión en suspenso por el delito de administración fraudulenta (art. 173, inc. 7° C.P.) agravada por el perjuicio a la Administración Pública (art. 174, inc. 5° C.P.).