Comodoro Rivadavia

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Declaran penalmente responsable a Pallalaf por el hecho (audio)

 

Parte resolutiva del fallo por el homicidio de Yasmin Chacoma

En horas del mediodía del lunes el tribunal integrado por los jueces Nicosia, Juárez y Caviglia resolvió por unanimidad declarar penalmente responsable a Miguel Pallalaf por los delitos de “abuso sexual agravado, en concurso real con homicidio criminis causae”. Asimismo absolvieron al imputado por el delito de “rapto”, manteniendo su prisión preventiva. El próximo viernes 10 de abril, a las 8.00 hs., se realizará la audiencia de cesura  o imposición de pena.

El tribunal de debate fue presidido por Mariano Nicosia e integrado por Hugo Juárez y Miguel Caviglia, jueces penales; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Liliana Ferrari, Adrián Cabral, fiscales generales, Martín Cárcamo, funcionario de fiscalía; y la defensa de Pallalaf fue realizada por Cristina Sadino, defensora pública. También se encontraba presente en la sala la madre de Yasmin, Daniela Bilich, acompañada por profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima del delito de fiscalía.

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Los jueces entendieron que ha quedado acreditado a lo largo del debate la materialidad y autoría del hecho en cabeza de Miguel Pallalaf en cuanto autor del hecho acontecido el pasado 14 de septiembre de 2013 cuando la víctima, Yasmin Chacoma, no regresa a su hogar, en las 1008 viviendas, luego de haber ido a comprar al supermercado La Anónima de la avenida Roca. Seguidamente una cámara de seguridad la capta caminando detrás de un hombre rumbo al terreno de Radio Nacional. Dos días después el cuerpo de la niña es encontrado sin vida en dicho predio y la autopsia arrojó que había sido sometida sexualmente y estrangulada.

En cuanto al rapto sostuvieron que se ha comprobado materialmente pero no su autoría, existiendo orfandad probatoria al respecto. Absolviendo al imputado por ello.

Sobre el abuso sexual agravado mencionaron la confesión del imputado y que no hubo contradicción de la defensa sobre ello. También se refirieron a la abundante evidencia científica que confirma la autoría de Pallalaf, junto a otra persona aún no identificada. La muerte por estrangulamiento de la víctima ocurrió inmediatamente después del abuso y Pallalaf tuvo el dominio funcional del homicidio, cualquiera fuera su rol, hubo dolo directo en ello, consideraron los jueces.

El tribunal también hizo alusión a un planteo de la defensa sobre la declaración de inimputabilidad de su pupilo, resolviendo rechazar éste planteo ya que del examen psiquiátrico se infiere que Pallalaf comprende la criminalidad de sus actos, sabe distinguir entre el bien y el mal y no tiene síntomas para sospechar que padece alguna enfermedad mental.

Para el próximo viernes 10 de abril se espera la realización de la audiencia de imposición de pena.

Audio editado parte resolutiva fallo, Mariano Nicosia: click aquí

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