Comodoro Rivadavia

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Otorgan prisión domiciliaria sin custodia a imputada

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Audiencia para tratar Habeas Corpus correctivo Por solicitud de una abogada particular se realizó en una de las salas de audiencia de la Oficina Judicial del barrio Roca la audiencia en donde se resolvió la presentación de un recurso de Habeas Corpus correctivo ante una medida cautelar dictada en la jurisdicción de los Juzgados Penales Ordinarios de la ciudad de Trelew. Así lo resolvió la Juez Penal Raquel Tassello luego de escuchados los argumentos de las partes, e hizo lugar a lo solicitado por la Dra. Verónica Heredia y la Defensora Pública, Dra. Iris Moreira, disponiendo la prisión domiciliaria de Tamara Elizabeth Bolívar. La Dra. Stella Maris Prada, representando al Ministerio Público Fiscal, por su parte planteo dos cuestiones, la primera relacionada a la resolución de la situación procesal de la imputada, la cual consideró ajena a esta circunscripción y por lo tanto que no debía ser resuelta por la Dra. Tassello sino por la Juez natural de la causa en Trelew. Entendiendo que no se dan las condiciones para que un Juez revise las decisiones adoptadas por otro de distinta jurisdicción en relación a la solicitud del cese de la prisión preventiva. El Habeas Hábeas correctivo fue presentado por la Dra. Heredia en virtud de las condiciones de detención de la imputada y que las Leyes “no habilitan a Gendarmería, ni Prefectura a tener personas detenidas a su disposición”; ello está “prohibido por resolución del Ministerio de Justicia y derechos Humanos de la Nación” consideró. Solicitó sea revisada la legalidad de la detención de la imputada ya que le fue dictada la prisión preventiva en una causa en Trelew por considerar la existencia del peligro de fuga, al no tener arraigo en la localidad del valle. Luego al establecerse la prisión domiciliaria de la imputada en la casa de su madre en Comodoro, no se evaluó correctamente la situación, que debería ser con custodia permanente de la Gendarmería Nacional. Finalmente solicitó a la Juez revise la legalidad de la detención y se deje sin efecto la prisión preventiva ya que no están dadas las condiciones para su cumplimiento. Por su parte la Dra. Moreira adhirió en todo lo planteado por su antecesora refiriendo a que ante la visita efectuada por la Dra. Lucía Pettinari y el Lic. Goyenechea al lugar de detención de Bolivar en Gendarmería, éste era un lugar sumamente inapto para mantener privado de libertad a una persona. Finalmente luego de un cuarto intermedio, la Juez Penal resolvió mantener el arresto domiciliario dispuesto por la juez natural de la causa, pero en el domicilio de María Millacura, presente en la sala y para lo cual prestó su conformidad, revocando la decisión de que dicha medida fuera a cargo de la custodia de Gendarmería o Prefectura Nacional. El arresto domiciliario deberá ser bajo la custodia de la Sra. Millacura hasta el 29 de junio del presente año, tal como lo dispusiera la Juez natural de la causa, y la revisión de tal medida deberá ser solicitada ante ella concluyó.

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