Comodoro Rivadavia

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Prisión preventiva de dos meses para Sotomayor

Audiencia de control de detención y formalización por el homicidio agravado de Maximiliano Paredes

En horas de la mañana del miércoles se desarrolló en sede de los tribunales penales ordinarios del barrio Roca la audiencia de control de detención y formalización de la investigación preparatoria por el hecho acontecido el pasado 11 de marzo del corriente año que tiene como víctima a Maximiliano Gastón Paredes y como único imputado a Héctor Alejandro Sotomayor. Al concluir la misma se estableció la legalidad de la detención, se formalizó la apertura de investigación del caso y se estableció, por solicitud del fiscal, la prisión preventiva del imputado por el término de dos meses.

Presidió el acto Mariel Suárez, juez penal, por el Ministerio Público Fiscal intervino Adrián Cabral, fiscal general, en tanto que la defensa del imputado estuvo a cargo de Lilian Bórquez, abogada particular de Sotomayor.

El fiscal solicitó se formalice la apertura de la investigación preparatoria por el hecho ocurrido el pasado 11 de marzo de 2012, cuando la víctima y un testigo subían las escaleras que terminan en las calles Los Duraznos y Gansos Verdes, momento en que el imputado con claras intensiones de dar muerte a la víctima, efectúa un disparo de arma de fuego impactando en el cráneo de Paredes. Dicho disparo provoca el óbito de la víctima. Calificando provisoriamente el hecho como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” en calidad de autor para Sotomayor.

El acusador público solicitó se declare legal la detención del imputado ya que fue realizada mediante una orden de allanamiento y detención, solicitada por la fiscalía y emitida por un juez penal. Como también solicitó la prisión preventiva por dos meses de Sotomayor, basando su pedido en los elementos de convicción suficientes que obran en el legajo, para tener al imputado como probable autor del hecho, por las características gravísimas del mismo, como así también por los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación.

En contraposición la defensora solicitó la libertad de su pupilo, planteando la ilegalidad de la detención y la nulidad de la orden de allanamiento, ya que del oficio no surgen los elementos esenciales para su realización y con ello se viola el derecho a una legítima defensa. Negando la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento, proponiendo subsidiariamente medidas sustitutivas a esta como la prohibición de acercamiento a los testigos.

Finalmente la juez penal resolvió declarar legal la detención de Sotomayor, formalizar la apertura de investigación preparatoria del caso, dando por anoticiado al imputado del hecho y la calificación legal que se le enrostra; y por asegurada su defensa técnica. Resolviendo la prisión preventiva del mismo, tal como lo fuera requerido por el fiscal, por los elementes de convicción suficientes para tenerlo como probable autor del delito y por los peligros de fuga y entorpecimiento de la investigación.

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