Comodoro Rivadavia

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Prisión preventiva de un mes para el imputado Víctor Reynoso

 

Audiencia de control de detención y formalización por el homicidio de Diego Epulef

Pasado el mediodía del viernes, se desarrolló en sede de los tribunales penales del barrio Roca la audiencia de control de detención y apertura de la investigación por el hecho acontecido el pasado jueves 24, en el cual perdiera trágicamente la vida Diego Epulef. Al finalizar el acto se formalizó por el delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” y se estableció la prisión preventiva del imputado por el término de un mes, tal como lo solicitara el fiscal del caso.
El acto fue presidido por José Rago, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal asistieron Adrián Cabral y Stella Maris Prada, fiscal y funcionaria de fiscalía respectivamente; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado de confianza del mismo.

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Luego de las presentaciones de las partes la funcionaria de fiscalía se refirió al hecho a investigar cuando el pasado jueves 24 de octubre del corriente año, aproximadamente a las 19 hs., Nadia y Diego Epulef se encontraban en la casa de sus padres. Arriba al lugar el imputado Víctor Reynoso como acompañante a bordo de un automóvil color rojo, se baja empuñando un arma de  fuego y efectúa siete disparos en contra de la vivienda referida. En ese momento sale del domicilio la víctima, Diego Epulef y recibe un disparo en su ojo derecho. La víctima es trasladada al Hospital Regional y luego derivada al Sanatorio la Española donde finalmente fallece, por paro cardio-respiratorio traumático por herida de arma de fuego. Calificando provisoriamente el hecho como “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” en calidad de autor para Reynoso.
El acusador público se refirió a los elementos de convicción para sostener con alto grado de probabilidad la autoría del imputado, ya que el mes pasado se produjo el homicidio de Franco Epulef, hermano de Diego, en el cual éste último había sido testigo en rueda de reconocimiento. Solicitando se declare legal su detención ya que fue realizada por orden del juez penal competente.
Por su parte el defensor cuestionó que “el relato del hecho no se ajusta a la calificación legal ya que no está relatado el dolo directo que se requiere para la figura” de homicidio. Se refirió a una “tendencia animosa en perjuicio del imputado”. Por su parte Reynoso accedió a prestar declaraciones negando su participación en el hecho, afirmando que “yo no tengo nada que ver, soy inocente”.
Seguidamente el fiscal solicitó la prisión preventiva por un mes del imputado en base a los peligros procesales de fuga y entorpecimiento y los elementos de convicción suficientes con que cuenta la fiscalía para sostener con probabilidad la autoría de Reynoso en el hecho. Solicitando el plazo de ley, seis meses, para finalizar con la investigación.
Por su parte la defensa no cuestionó la detención ni la prisión preventiva ya que “conoce el criterio de su Señoría” y que le parece razonable el plazo solicitado por el acusador público. Ello con el objeto de darle todas las herramientas al fiscal para que investigue.
Finalmente le juez penal resolvió formalizar la apertura de investigación preparatoria del caso por el delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”, dar por anoticiado al imputado del hecho y la calificación que se le imputa y por asegurada su defensa técnica. Estableciendo la prisión preventiva de Reynoso por el término de un mes en base a los elementos de convicción reunidos por la fiscalía, y los peligros de fuga y entorpecimiento de la investigación. Declarando legal su detención.

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