![]() |
Oscar Oro y querellante- Las víctimas pidieron no ser retratadas |
Lo decidió el juez Javier Allende a pedido del fiscal Oscar Oro, luego de haber declarado legal la detención y de formalizar la investigación por el delito de homicidio. El imputado estuvo representado por Daniel Sandoval. El letrado se opuso a la medida y adelantó que analizará con su defendido la posibilidad de solicitar una audiencia de revisión.
1_Control_y_apertura_fiscal.wma
2_Pedido_de_prisin_preventiva.wma
En la audiencia se ventilaron problemas previos que enfrentaron desde hace tiempo a la familia de Millanahuel con la de Ruperto Jaramillo. Varios organismos intervinieron en esas diferencias, y de hecho ya se encontraban muy próximos a una resolución en manos del IAC. Los conflictos se referían al lugar por el que debía tenderse el alambrado sobre el que unos y otros mantenían diferencias.
El imputado, un hombre de 32 años, se trenzó en lucha con el damnificado en un predio de un campo ubicado en la Costa de Ñorquinco sur, a aproximadamente 20 km de Cushamen, sacó un cuchillo e hirió de varias puñaladas a su rival. Posteriormente, a las 12:10 hs. se presentó en el destacamento policial, saludó al oficial pero se negó a darle la mano porque según dijo la tenía manchada con sangre. Se reconoció responsable de la muerte de Millanahuel y entregó voluntariamente el arma que habría utilizado. El uniformado le dijo que tenía derecho a hablar con un abogado antes de decidirse a dar su versión de lo sucedido. Jaramillo quedó aprehendido y fue llevado al día siguiente ante los tribunales.
La audiencia
Además de familiares de la víctima, asistieron a la audiencia varios medios de comunicación. La familia estuvo representada por el abogado Alexis Pantaenius, anticipando su intención de constituirse en querellante.
No hubo planteos de la defensa en relación a la detención, ni a la formalización de la investigación. Las diferencias surgieron en torno al pedido fiscal de prisión preventiva. Oro sostuvo que, pese a la actitud manifestada por el imputado de someterse al proceso evidenciada con su colaboración al presentarse en comisaría, puede presumirse un riesgo de fuga y de entorpecimiento procesal. La presunción de fuga la fundó en la alta expectativa de pena y las características del hechos, resaltando también la conflictividad latente entre las familias, el riesgo latente de la producción de nuevos hechos violentos y la necesaria protección del único testigo.
Por su parte el defensor acusó a la Fiscalía de falta de objetividad en su pedido, señalando que su defendido tuvo una conducta incuestionable de colaboración con la justicia y no existe ningún indicio objetivo de peligro de fuga o entorpecimiento.