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CASO GERSI: EL TRIBUNAL CONDENÓ A GARAY POR HOMICIDIO AGRAVADO Y A MEDEL Y TAGLIANI COMO PARTICIPES SECUNDARIOS

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 Durante el mediodía del miércoles, el Tribunal realizó la lectura de veredicto con respecto a los imputados por el homicidio de Jorge “Cebollón” Gersi, donde el Tribunal condenó por unanimidad a Sixto Ezequiel Garay como “autor material de homicidio simple, agravado por el uso de arma de fuego con respecto a Jorge Gersi, en concurso con la tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en relación a Ángel Gersi”. Con respecto a Tagliani y Medel, se produjo una disidencia dentro del Tribunal, ya que los jueces Blanco y Trincheri votaron por mayoría condenarlos “como participes secundarios en orden al delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego”. En cambio, el juez Yangüela eligió en minoría votando la absolución de ambos imputados por el beneficio de la duda.

Fundamentos por el fallo a Garay El Tribunal afirmó que en conformidad a la prueba, surgió la certeza sobre la autoría de Garay “en donde resultara Jorge Gersi como victima de homicidio y Ángel Gersi como victima de tentativa de homicidio”; pero los jueces cambiaron la calificación pedida tanto por la Fiscalía y la Querella, “desechando el homicidio agravado por concurso de dos o más personas” que tenia como pena máxima la prisión perpetua, por “el tipo penal de homicidio simple agravado por arma de fuego en relación a Jorge Gersi, en concurso por homicidio simple agravado por arma de fuego en tentativa en relación a Ángel Gersi”, que posee una pena máxima de 50 años.

Fundamentos de el fallo a Tagliani y Medel Los jueces afirmaron que “la participación secundaria quedó determinada por las discusiones previas. Hubo una clara actitud de acompañamiento, una ayuda para intimidar a la victima. No solo desde el inicio de la secuencia sino durante las instancias previas al homicidio”. En este caso, los jueces también desecharon “la aplicación de homicidio agravado por el concurso de dos o más personas” pedido por el Ministerio Público Fiscal y la Querella, “ya que no se pudo acreditar”

La disidencia del juez Yangüela El juez Yangüela, en disidencia con sus pares, afirmó que “la actitud de Tagliani y Medel solo fue pasiva. Solo tengo acreditado que estuvieron en el hecho, pero estas conductas no encuadran en delito. En cuanto a la orfandad probatoria, si las acreditaciones no hacen fluir una certeza y se genera la duda, esta debe favorecer a los imputados”. Por lo cual el juez votó por la absolución de Medel y Tagliani: “Debe absolverse a los imputados por homicidio agravado por el concurso de dos o más personas, como así también por la participación secundaria que eligieron los colegas”. El viernes 16 a las 9 horas, los jueces  valorarán las pruebas que ofrezcan la Fiscalía, la Querella y la Defensa para determinar la condena de los imputados. Dicha condena, en base a la nueva calificación dictada por el Tribunal, no podrá exceder los 50 años para Garay.

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