Sobre el Código Procesal de la Provincia.
El procurador General Jorge Miquelarena y el fiscal jefe de Puerto Madryn Daniel Báez fueron invitados a disertar en las ciudades de Santa Fe y Rosario. Actualmente, la provincia de Santa Fe se encuentra en proceso de reforma de sus leyes para avanzar un sistema acusatorio como el que utiliza Chubut y es por ello que organizó un seminario taller dirigido a los aspirantes a ser fiscales de esa provincia.
Marcelo Hidalgo, Director de la Escuela de Capacitación del Ministerio Público de la Acusación de la Provincia de Santa Fe, explicó que se “organizaron encuentros con fiscales con el objeto de conocer el trabajo en el contexto de sistemas más avanzados, ya que el sistema santafecino se encuentra en un proceso de reforma que platea el tránsito hacia un sistema acusatorio”.
El día 20 de Mayo el fiscal jefe de Puerto Madryn, Daniel Báez disertará en Santa Fe, y el día siguiente, el Procurador General de Chubut, Jorge Miquelarena, hará lo mismo en Rosario. Cada fiscal realizará una breve exposición y responderá a preguntas de los asistentes.
El Código de Chubut, un ejemplo que siguen otras provincias
El actual Código Procesal Penal de Chubut fue sancionado bajo la ley 5478 el 7 de abril de 2006. Una de las principales características es que es un sistema acusatorio donde está estrictamente dividida la función de quién debe investigar, en mano de los fiscales, y quién debe juzgar, en cabeza de los jueces de garantías. Actualmente, la mayoría de las provincias aún conserva un sistema donde el mismo juez que investiga también juzga. “En Chubut, los fiscales son los impulsores del proceso penal, llevando adelante la investigación; cuestión que no sucede en todas las provincias ”, indicó el procurador Jorge Miquelarena. En este punto, explicó que lo importante es que la diferenciación de roles permite que no se vulneran los derechos y garantías de las personas sometidas a un proceso judicial; a la vez que las víctimas tienen a los fiscales como sus representantes. Las audiencias en el proceso chubutense son orales y públicas y esto “garantiza el principio de inmediación, promueve mayor celeridad y asegura el respeto por las garantías procesales y los derechos de los imputados, amén de que conlleva la publicidad del proceso y así permite que la ciudadanía observe y participe en la administración de justicia”, destacó Miquelarena.
Asimismo, otra de las características que se destacan del sistema chubutense son los sistemas alternativos de solución de conflictos, como ser la reparación y la conciliación, y que la víctima tiene un rol activo en el proceso, incluso pudiendo constituirse como querellante autónomo.
Prisión preventiva
Uno de los puntos que establece el Código Procesal Penal son los requisitos para dictar una medida de prisión preventiva. La "medida de coerción" es solicitada por el Ministerio Público Fiscal en una audiencia pública. Pero la Defensa podrá oponerse y el juez resolverá, después de escuchar a ambas partes, si están dadas las condiciones para su aplicación. Los requisitos son tres: Que el hecho sea grave y tenga prevista una pena de prisión de efectivo cumplimiento; que exista el peligro que el imputado se fugue o entorpezca la investigación tratando de ocultar pruebas o influyendo sobre testigos.