Puerto Madryn

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LOS MENORES EN HECHOS VIOLENTOS

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Nota de Opinión Por Miriam Pazos *

 

¿Qué hacer con los menores que participan de hechos violentos o delictivos? La respuesta es compleja. La respuesta más fácil y tentadora es aquella que terminaría por excluir al menor de la sociedad: cárcel, institutos, instituciones.

Pedir más sanciones y más duras no garantiza la transformación de nadie y da por perdido a alguien que aún tiene una vida por vivir. Una vida a lo largo de la cual bien podría redimir un episodio cruel. El problema es que el menor no lo puede hacer sólo y necesita que los adultos estén dispuestos a trabajar para que él, y miles como él, encuentren un sentido en la vida.

Lo más fácil es penalizar duramente a los chicos que, como un espejo, reflejan la sociedad adulta.

La sociedad adulta es violenta, discriminadora y egoísta, es la sociedad del "primero yo" y muchos chicos  hacen lo que ven hacer a los adultos: buscar el camino fácil y rápido. Pero lo hacen “sin caretas”. Por eso chocan.

Debemos preguntarnos por que hay tantas personas que quieren transgredir las leyes, entre ellas, menores.

Es verdad que ahora hay más violencia que antes. Pero también actualmente hay más sectores de la sociedad que están expuestos a una tremenda vulnerabilidad social, sobre todo, las personas que están sometidas a situaciones de pobreza. La pobreza y la desigualad social están muy relacionadas con los crecientes índices de delitos. Al caminar por la calle, vemos que hay chicos durmiendo en la calle, y es muy probable que estén dispuestos a cometer algún delito por la situación extrema a la que están sometidos. Entonces ¿qué hacemos? ¿los metemos en la cárcel?

¿Una sociedad de elegidos?

Echar a un chico de la sociedad es empezar a construir una sociedad de "elegidos", de los que se consideran puros y autorizados para juzgar. Construir una sociedad de “unos pocos buenos" contra los “muchos de malos" nunca ha funcionado. La historia tiene ejemplos múltiples y trágicos.

Hoy no hay soluciones acabadas, hay que trabajar en ellas. No las habrá hasta que los adultos no se muestren como modelos de vida de los jóvenes, hasta que no se comprometan no sólo con sus hijos, sino con todos los chicos.

Si lo que se pide es sólo castigo y más castigo, se terminará por darle la razón a un tétrico refrán. Aquel que dice: "El que pega para enseñar, sólo enseña a pegar".

Quienes cometen delitos deben tener sanciones, sin duda. Sin sanciones la noción de responsabilidad desaparece. Y la responsabilidad es un valor que falta en nuestra sociedad. Los chicos con su violencia nos hacen a los adultos una pregunta cuya respuesta no podemos omitir, aunque nos incomode y aunque pretendamos ensordecerla con castigos.

 

* La Dra. Miriam Pazos es Fiscal General de la Agencia de Respuestas Judiciales Rápidas del Ministerio Público Fiscal de Puerto Madryn

 

 

Entrevista LOS MENORES EN HECHOS VIOLENTOS Por Miriam Pazos *

 

¿Como actúa la Fiscalia en los casos en los cuales se encuentran involucrados menores?

En los casos en que se encuentran involucrados menores desde la Fiscalía pretendemos, en la medida en que se nos permite, realizar una actividad preventivo/educadora. 

Peticionamos al Juez una audiencia para hacerle conocer al joven que el Ministerio Público Fiscal investiga un delito que lo involucra y que por tal actividad ilícita se puede accionar civilmente contra sus progenitores, etc.  

Pero la ley indica que a los menores de 18 años se los debe sobreseer Sin perjuicio que corresponde el sobreseimiento –cierre definitivo del caso- en atención a la edad (menores de 16 o mayores de 16 y menores de 18 en delitos leves)  se los pone en conocimiento de que el hecho es un delito y que se encuentra penado por la ley.

Si se advierte que el joven se encuentra en situación de vulnerabilidad se pide al juez que de intervención a los organismos especializados.

¿Como es el proceso en los jóvenes punibles?

En los jóvenes punibles –de 16 a 18 años- se tiende a la aplicación de la “suspensión de juicio a prueba”, que permite el seguimiento del menor, solicitándose en general como regla de conducta la continuación de estudios primarios o secundarios, o la realización de algún curso que le permita adquirir una especialidad que le sirva para insertarse laboralmente.

¿Como se actúa frente a jóvenes adictos?

En el caso de jóvenes con adicciones el problema se profundiza. La realización de tratamiento exige –para obtener un buen resultado- la conformidad del adicto y la compañía de su grupo familiar.  Lo que no es sencillo ni simple. Y tal tratamiento puede imponerse como condición en la “suspensión de juicio a prueba”, ya que una de las normas de conducta previstas por nuestro Código Penal cuando regula este instituto es “no abusar de bebidas alcohólicas y abstenerse de usar estupefacientes”; por lo que a fin de que no violen tal obligación la aplicación del tratamiento resulta correcta.

El problema se profundiza en casos graves donde resulta necesaria la internación y ésta solo puede disponerla la Justicia de Familia, porque es una medida que no puede tomarse desde la Justicia Penal.

¿Se puede prevenir desde la Justicia?

El sistema penal –como su nombre lo indica- impone penas cuando se realizan acciones que se encuentran previstas en el código; la prevención no es su tarea específica. Pero la prevención es una tarea social que debemos encarar entre todos, con educación, tolerancia, perseverancia… para empezar a caminar una sociedad mejor    

 

* La Dra. Miriam Pazos es Fiscal General de la Agencia de Respuestas Judiciales Rápidas del Ministerio Público Fiscal de Puerto Madryn

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