Puerto Madryn

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RESOLUCIÓN POR EL CESE DE PRISIÓN PREVENTIVA DE UN ABUSADOR SEXUAL

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El Tribunal resolvió a favor de la Fiscalía y el condenado seguirá en prisión preventiva.

 

Se realizó la audiencia para resolver el cese de prisión preventiva del condenado por abuso sexual a niños solicitado por la Defensa Pública. El Tribunal resolvió a favor de la Fiscalía y el condenado seguirá en prisión preventiva. Recordando el caso, días pasados la Defensora Pública Gladys del Balzo había solicitado la libertad de un condenado por abuso sexual a menores señalando que “el plazo máximo de prisión preventiva eran 2 años y 6 meses y su defendido lleva dos años y ocho meses detenido”, por lo que debía quedar en libertad. La Fiscalía se opuso al planteo de la defensa afirmando que el plazo de duración máxima de la prisión preventiva es de tres años. Cabe recordar que el imputado fue condenado a 25 años de prisión por abuso sexual a niños, además de tener una condena por homicidio, lo cual no le permitiría la libertad condicional.   “DEBE SALVAGUARDARSE EL INTERÉS COLECTIVO” Durante el mediodía del martes, el Tribunal conformado por los jueces Dr. Leonardo Pitcovsky, Dr. Rodolfo Blanco y Dr. Néstor Lorenzetti resolvió la cuestión a favor de la Fiscalía. Citando a la Corte Suprema de Justicia, los Jueces se expresaron sobre la necesidad de salvaguardar el interés público. “Los derechos de las personas están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común en una sociedad democrática” expresó el Tribunal. A su vez, el Juez Pitcovsky afirmó que se debe propiciar una aplicación integral y armónica de la legislación, “sin apartarse de los fines que motivaron la elaboración de las leyes”. De esta manera, se rechazó el plante de la Defensa Pública, por lo que “la prisión preventiva durará mientras subsistan los motivos que justificaron su adopción, sin que se exceda el plazo máximo que fija la propia ley, siendo este plazo de 3 años” La Defensora Pública Gladys del Balzo apeló la medida y planteó una recusación contra los miembros de la Sala Penal para que resuelvan esta cuestión.   EL CONDENADO PODRÍA QUEDAR EN LIBERTAD Tal como lo expresaron los jueces, vencidos los tres años sin que exista el pronunciamiento correspondiente por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, el inculpado deberá quedar en libertad. “Si vencido el plazo legal, de tres años de prisión preventiva, la Sala Penal de Rawson aún no se pronuncia sobre la sentencia a 25 años de prisión emitida en el año 2006, el imputado deberá quedar en libertad” expresó el Tribunal. Es decir, si bien el imputado fue condenado a 25 años de prisión y encarcelado preventivamente en el año 2006, todavía la sentencia no se encuentre firme. "Aún la prisión preventiva está dentro de los plazos legales, pero después de tres años de prisión preventiva sin sentencia firme por la Sala Penal, el condenado deberá quedar en libertad".

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