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Audiencia de debate de la pena contra Carlos Mansilla

Audiencia de debate de la pena contra Carlos Mansilla condenado por los delitos de resistencia a la autoridad, agresión y lesiones leves

Luego de la audiencia de cesura de pena desarrollada en la sala de audiencias de la oficina judicial, el juez penal Alejandro Rosales, informó que el miércoles 06 de octubre a las 12:00, se dará a conocer la sentencia.

Durante el juicio por la pena, la Procuradora fiscal Marisol Sandoval, requirió que se le imponga a Mansilla la pena de un año y ocho meses de prisión efectivo cumplimiento.

En tanto, el abogado del Ministerio de la Defensa Pública, Gustavo Oyarzun propuso la imposición de una pena de dos meses de cumplimiento efectivo y que la misma sea sustituida mediante la realización de trabajos comunitarios no remunerados, en el área de obras públicas de la Municipalidad de Sarmiento.    

El último lunes, el magistrado declaró Carlos Mansilla (25) autor penalmente responsable de los delitos de resistencia a la autoridad en concurso ideal con agresión con toda arma, en concurso real con lesiones dolosas leves (dos hechos).

En el inicio de la audiencia, la Procuradora Sandoval incorporó el informe del Registro Nacional de Reincidencia. En tal sentido, señaló que Mansilla registra una sentencia condenatoria a dos años de prisión en suspenso por los delitos de usurpación, amenazas agravadas por el uso de arma de fuego, en concurso ideal con daño simple, lesiones leves y tenencia de arma de fuego. Este veredicto fue dictado por el juez Ricardo Rolón en 2019.

Luego, Sandoval, explicó que de acuerdo a la escala penal, los delitos cometidos por Mansilla, prevén un mínimo de un mes de prisión y un máximo de tres años de encarcelamiento.

En este marco, la representante de fiscalía sostuvo que el Ministerio Público Fiscal, considera como agravante el informe de antecedentes penales computables que registra el condenado.

También mencionó el peligro generado porque los hechos se desarrollaron en el marco del festival de doma y folclore, organizado por el Club Deportivo Sarmiento. A ello, agregó que una de las testigos resultó lesionada por un proyectil de una posta de goma, por la intervención de la policía, cuando Mansilla atacó con su cuchillo a dos efectivos policiales. Asimismo, refirió que otro agravante a tener en cuenta es el daño generado.   

En tanto, la investigadora indicó que la edad del condenado y su escaso nivel de escolaridad, deben ser tenidos en cuenta como atenuantes.

Para concluir, la Procuradora solicitó que se condene a Carlos Mansilla a la pena de un año y ocho meses de cumplimiento efectivo y las costas del proceso.

En este contexto, el abogado defensor indicó que el requerimiento de la fiscalía solo bajo dos meses al pedido de pena original.     

En esta línea de argumentación, señaló que el único agravante que puede prosperar es el referido al número de víctimas.

En tal sentido, realizó una propuesta vinculada a evitar el encarcelamiento de Mansilla. En consecuencia, solicitó que le aplique al condenado una pena de dos meses de prisión de efectivo cumplimiento. También requirió que esta pena sea sustituida mediante la realización de trabajos comunitarios no remunerados.    

 

 

 

Los hechos

El caso se registró el 08 de febrero de 2020, a las 01:20 horas en el predio del Club Deportivo Sarmiento. Allí se desarrollaba el “Festival Interprovincial de Doma y Folclore” organizado por esa institución.

En este marco, dos efectivos policiales observaron que en el sector de la cantina más próxima a la calle 13 de diciembre, Carlos Mansilla trataba de agredir a una persona que se alejaba del lugar. En tanto, el grupo de amigos del acusado intentaba-sin éxito- que Mansilla desistiera de su actitud.

Así las cosas, los encargados del operativo de seguridad decidieron retirarlo del lugar. Para ello, lo tomaron de los brazos y lo trasladaron hasta el acceso principal del predio.

Al llegar a la puerta principal de ingreso- ubicada en la intersección de calle 13 de diciembre y Angulo- los efectivos policiales dejaron al joven junto al grupo de personas que lo acompañaban y se retiraron.

En este contexto, Carlos Mansilla agredió verbalmente al subcomisario y a un cabo de policía, quienes lo habían retirado del lugar. Luego, el acusado se zafó del grupo de personas que intentaba contenerlo y extrajo de su cintura un cuchillo.

Con el arma en la mano se dirigió hacia el lugar en el que se encontraban los dos efectivos policiales que habían participado de la maniobra. Al advertir la situación, los uniformados le dieron la voz de alto. También le exigieron que tirara el cuchillo y que deponga su actitud.

No obstante,  Mansilla continúo acercándose. En tanto, el cabo de policía, cubrió a su superior y recargó la escopeta anti tumulto que portaba. Mansilla continuó acercándose a ellos. Por esta razón, el Subcomisario ordenó al cabo que dispare el arma.

El primer disparo fue efectuado al aire. El segundo en dirección al piso. Las postas de goma impactaron en la pierna de Mansilla, debido a la corta distancia en la que se encontraba.

En este marco, el imputado escapó corriendo en dirección al estacionamiento de vehículos ubicado sobre la calle 13 de diciembre. Fue perseguido por dos policías.  

Cuando Mansilla quiso saltar el alambre perimetral del lugar, uno de sus perseguidores  lo tomó de las prendas de vestir. Allí, el acusado giró y con un elemento de filo cortó el brazo izquierdo del cabo de policía. Finalmente, un agente logró darle alcance y tomarlo por la espalada. Mansilla, continuó resistiéndose al arresto y también agredió al empleado policial provocándole heridas en su mano derecha. Finalmente fue reducido y trasladado a la comisaría local.  

Ficha de la audiencia

Juez: Alejandro Rosales

Ministerio Público Fiscal: Procuradora Marisol Sandoval – Abogada Luciana Coppini

Ministerio Público de la Defensa: Abogado Gustavo Oyarzun

Imputado: Carlos Mansilla

Calificación legal:   Resistencia a la Autoridad en concurso ideal con Agresión con toda Arma y Lesiones Leves agravadas por ser cometidas a miembros de la fuerza policial, por su función, dos hechos en concurso real (Artículos 239, 54, 104 último párrafo y artículo 92 en función de lo previsto en los artículos 89 y 80 inciso 8°, 55 y 45 del C.P)

Fecha del hecho: 08/02/2020

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