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Audiencia de revisión de la prisión preventiva para un imputado por abuso sexual

Audiencia de revisión de la prisión preventiva de un imputado abuso sexual contra un sujeto de veinte años detenido en la provincia de San Luis

 

Por pedido del Ministerio de la Defensa Pública, se realizó una audiencia de revisión de la medida de prisión preventiva, aplicada contra un sujeto de veinte años, imputado como presunto autor de abuso sexual simple y abuso sexual agravado

El tribunal revisor de la medida de coerción fue integrado por los jueces Alejandro Soñis y Mariano Nicosia de Comodoro Rivadavia.

En este marco, los magistrados hicieron lugar parcialmente a las peticiones del abogado de la Defensa Pública, Marcelo Catalano. En consecuencia, indicaron al Ministerio Público Fiscal, que en el plazo de un mes, debe perfeccionar su imputación y avanzar en las medidas de investigación. Asimismo, resolvieron imponer treinta días de prisión preventiva para el sospechoso.    

 

Al inicio de la audiencia, el abogado defensor Marcelo Catalano, cuestionó los elementos presentados por la fiscalía para establecer el grado de probabilidad requerido para sostener que el imputado es autor del hecho que se investigará.

En consecuencia, consideró arbitraria la medida impuesta en la resolución dictada por el juez Alejandro Rosales.

También sostuvo que carecen de fundamentación los riesgos procesales invocados por el Ministerio Público Fiscal. En este orden de ideas, cuestionó el plazo de tres meses de prisión requerido por los investigadores. Por otra parte, reiteró el pedido de implementación de medias alternativas a la aplicación de la prisión preventiva.  

Finalmente, solicitó al tribunal revisor que declare arbitraria la resolución del magistrado de Sarmiento.

Por su parte, la fiscal Laura Castagno, señaló que no debe prosperar el planteo del defensor público. En este sentido, destacó el equilibrio de la decisión del juez de garantías.

En este marco, sobre el riego procesal de falta de arraigo, indicó que el 18 de mayo, al momento de ser notificado de una orden de prohibición de acercamiento, el imputado no se encontraba en la localidad de Sarmiento. A ello, agregó que, al no contar con precisiones respecto de su paradero, solicitaron una orden de detención.    

Luego de un cuarto intermedio, el tribunal revisor explicó el análisis de la situación. Así las cosas, refirieron todo lo que compone el concepto de arraigo, para señalar su coincidencia con la decisión del juez Rosales. También consideraron que los hechos que se investigan son graves y confirmaron la presencia del riesgo procesal del peligro de fuga.

En tanto, expresaron diferencias respecto al peligro de entorpecimiento de la investigación. Asimismo, indicaron a los representantes de fiscalía, que en el plazo de un mes deben perfeccionar su imputación y avanzar en las medidas de investigación pendientes. Luego deberán peticionar una nueva audiencia a los fines de fundamentar el mantenimiento de la prisión preventiva.

Por último, resolvieron que la medida de coerción se debe imponer hasta el próximo 29 de septiembre de 2022 a las 12:00 del mediodía.

En la audiencia de revisión de la prisión preventiva, la fiscalía estuvo representada por la fiscal Laura Castagno y el funcionario Ezequiel Castro Albornoz. El imputado, participó de la audiencia desde el Juzgado de Garantías de la provincia de San Luis y recibió el asesoramiento legal del abogado del Ministerio de la Defensa Pública, Marcelo Catalano. También asistió al acto judicial el Asesor de Familia, Tomás Malerba.

Qué hacer ante un caso de abuso sexual

Romper el secreto. Al tomar conocimiento de una situación de abuso es importante resguardar la seguridad físico-psíquica de la víctima. El modo de hacerlo es aportando inmediatamente esa información a la justicia, para que se activen los protocolos de abordaje.

 El Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (S.A.V.D) cuenta con profesionales especializados en la temática que acompañarán en el proceso al niño o niña y los adultos de referencia. En Sarmiento, las oficinas del S.A.V.D, están ubicadas sobre la calle 28 de julio n°430. El teléfono de contacto es (0297) 4898327.

¿Por qué los chicos tardan en contar que están siendo abusados?

La guía elaborada por UNICEF para tomar acciones y proteger a los niños y niñas del abuso sexual infantil, refiere una serie de motivos que garantizan el “secreto”:

  • El niño y su familia reciben amenazas de daño físico o de muerte.
  • Tienen miedo de las consecuencias que sus dichos puedan ocasionar en el agresor y su familia.
  • Callan por temor a ser acusados de complicidad y complacencia con el abuso sexual que padecieron.
  • Evitan ser estigmatizados y rechazados.
  • Sienten culpa, vergüenza y desvalimiento.
  • Muchas veces, al padecimiento sufrido se suma otro: carecen de interlocutores válidos dispuesto a creer en sus palabras.

Los niños, niñas y adolescentes víctimas de abuso sexual requieren de un entorno conformado por adultos que sean comprensivos y contenedores, que les brinden acceso a los servicios asistenciales y los protejan tanto de posibles represalias como del proceso de revictimización. Dependen de los docentes, psicólogos, médicos, policías y operadores del sistema de protección integral y operadores judiciales, que deben estar capacitados para ofrecer un abordaje apropiado al trauma que atraviesan.

Educación Sexual Integral (E.S.I) como modo de prevención y protección

Hablar de conocimiento y cuidado del propio cuerpo, formar a los niños y adolescentes en sexualidad, ofrece un marco de referencia, claridad, mayor confianza en sí mismos, conocimiento de sus derechos y, entre otros aspectos, los habilita a hablar con mayor naturalidad de lo natural y también a identificar sin dudas y denunciar lo que no lo es.

La denuncia 

Según el artículo 9 de la Ley 26.061, cualquier persona que sospeche o tome conocimiento de malos tratos o situaciones que atenten contra la integridad psíquica, física, sexual o moral de un niño, niña o adolescente, lo mismo que cualquier otra violación a sus derechos tiene la obligación de comunicarlo al organismo de protección. Los adultos que tienen a cargo la responsabilidad parental y quienes se desempeñan en organismos asistenciales, educativos y de salud del ámbito público o privado no solamente deben comunicar al organismo de niñez la situación de abuso para que puedan tomarse las medidas de protección necesarias, sino que además tienen la obligación legal de realizar la denuncia judicial. El primer organismo interviniente debe denunciar el hecho y para hacerlo no es necesario cumplir con ninguna condición. Para formular la denuncia no se requiere el pedido de autorización de un superior jerárquico ni la asistencia de un abogado.

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