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Condenan a tres años de prision a Carlos Alberto "El Peruano" Salazar Quispe

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Condenan a Carlos "El peruano" Salazar Quispe a tres años de prisión  condicional

Por pedido de la Fiscalía y el abogado particular Fabio Cambarieri, el juez Roberto Casal resolvió unificar las condenas firmes impuestas a Carlos Alberto Salazar Quispe e imponerle una pena de tres años de prisión de ejecución condicional. El imputado se encuentra detenido en la Republica del Perú, y deberá someterse a reglas de conducta que le impondrán las autoridades judiciales de su país de origen.

En la sala de audiencias de la oficina judicial de Sarmiento, se desarrollo una audiencia de lectura de sentencia. El acto judicial fue presidido por el juez Roberto Casal. El Ministerio Publico Fiscal, estuvo representado por la Fiscal Laura Castagno. En tanto, el detenido fue asistido legalmente, por el abogado particular  Cambarieri.

En la oportunidad, el magistrado indico que en una audiencia celebrada el viernes 13 de diciembre, las partes requirieron que se unifiquen las penas, imponiéndole al condenado la pena de tres años de prisión, de cumplimiento efectivo.

Las condenas

En este contexto, explico que el 22 de marzo del año 2010, Salazar Quispe fue condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, por resultar coautor penalmente responsable del delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda, en grado de tentativa. Este hecho, había ocurrido el 17 de junio del año 2008.

En tanto, el 13 de octubre del 2010, quedo firme otra sentencia de tres años de prisión de ejecución condicional, por un robo agravado registrado el 19 de junio del 2009, en la plaza San Martin.

Finalmente, el 13 de diciembre de este año, recibió una condena de tres meses de prisión de cumplimiento efectivo, por resultar autor responsable de los delitos de daño agravado y lesiones leves, por los hechos ocurridos el 9 de enero del año 2009 en perjuicio del Hospital de Sarmiento.

En cuanto al modo de ejecución de la pena, Casal sostuvo que resulta conveniente que la misma,  sea de ejecución condicional. En este sentido, argumento su convencimiento de que las penas privativas de la libertad de corta duración, no conducen a la recuperación social del incuso.   

Asimismo, el magistrado compartió los argumentos  de la doctrina española, quienes sostienen que "las penas de prisión de corta duración, evidencian dos inconvenientes: el primero, que estas penas antes desocializan que favorecen la resocialización, puesto que permiten ya el contagio del pequeño delincuente al entrar en contacto con otros más avezados y en cambio no posibilitan el tiempo necesario para emprender un tratamiento eficaz. El segundo motivo es que las penas cortas de prisión se prevean para delitos pocos graves, para los cuales bastaran penas menos traumáticas".

En este marco, señalo que Salazar Quispe se encuentra detenido en la Republica del Perú, desde el 14 de febrero de este año.

Antes cumplió un periodo de prisión preventiva de 3 meses y 8 días. Es decir, que al presente lleva en detención un total de 1 año, 1 mes y 12 días.

De haberse encontrado a derecho en nuestro territorio, a los 8 meses de detención habría tenido el derecho de obtener la libertad condicional y a los 18 meses, la remisión a su país dándose por cumplida la pena.

También considero que trasladarlo a territorio nacional para que a poco de su ingreso solicite  su libertad condicional o después su expulsión y regreso a su país de origen significaba un despropósito. No solo porque se opone a los fines de la pena, sino que además genera al Ministerio Publico Fiscal, un gasto excesivo que no tiene justificación alguna.

Así las cosas, el juez Casal resolvió unificar las condenas firmes impuestas a Carlos Alberto Sala Quispe, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional. Durante la duración de la condena, deberá fijar residencia en la Republica del Perú  y someterse al control de las autoridades judiciales que ejerzan el patronato de liberados del citado país.

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